Connect with us

Opinión

ALGO IMPOSIBLE… SI TODO SIGUE ASÍ EN LA ESPECTRO DEL SERVICIO DE TV ABIERTA DIGITAL…

Published

on

Como destacaron en octubre de 2017 los ingenieros Miguel Ángel Pesado y Roberto Lauro, en un informe técnico elaborado a pedido del director del Enacom Guillermo Jenefes, la norma técnica ISBD-T que eligió Argentina en 2009 para avanzar con el despliegue de la TDT permite transmitir un máximo de 23 Mbit/s, de los cuales 19 Mbit/s están destinados estrictamente a la transmisión de contenidos, pero la resolución 1047/14 fija un tope de 12 megabits por segundo. Esa planificación es cuestionada por ambos especialistas porque sostienen que entra en contradicción con las bases técnicas de planificación establecidas por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (ITU) que recomienda la canalización de 6 MHz para América. De hecho, subrayan que la reducción que impuso el gobierno anterior y mantiene el actual no se realiza en ningún otro país de América o Europa.

“Esta metodología de limitación de la información impuesta por la normativa argentina implica además una regresión en el desarrollo de las mejoras tecnológicas y de servicios que permitirán a la TDT poder competir con otras tecnologías de mejor calidad o de mayor disponibilidad de velocidad de transmisión como el caso de la fibra óptica o ciertas emisiones satelitales que ofrecen servicios con una máxima definición de imagen”, remarcan en su informe Pesado y Lauro, quienes de este modo dejan claro, por ejemplo, que en las actuales condiciones los licenciatarios no podrían brindar televisión 4K a través de la TDT. 

Fuente: Fernando Krakowiak

 

Miembro del Programa de Industrias Culturales y Espacio Público (UNQ).

………………………………………………………………………………………………………………

El otro caso de la posible utilización completa del canal radioeléctrico es el del  CANAL ORBE 21 en su futuro digital (autorizado en su momento mediante el Decreto del P.E.N. 1314/01) ya que se trata también de brindar total libertad de expresión al mismo en el espectro de frecuencias de la TV ABIERTA, el cual es administrado por el ESTADO NACIONAL.

 

Por ejemplo, sin las limitaciones actualmente existentes respecto del ancho de banda del mismo (ref. Res. ENACOM 1631/17), lo que implica una verdadera responsabilidad actual ante la sociedad con vistas al futuro, ya que sería así como una suerte de “plataforma digital” en Buenos Aires de múltiples expresiones, a través de señales digitales de 24 horas.

 

Así, existiendo la posibilidad que nos brinda esta tecnología digital en materia de TV ABIERTA, no se correría el riesgo que en el futuro le esté vedado a una Persona Jurídica de Carácter Público en el AMBA todo el ancho de banda autorizado del canal radioeléctrico 21 que, por derecho adquirido, tiene esa Institución desde el Decreto del P.E.N. del año 2001, considerando, además, que es el único canal de TV ABIERTA de una Institución Pública no estatal en dicha área lo cual tendería, de esta manera, a una cierta EQUIDAD en el uso del espectro (que es patrimonio de la comunidad).

 

Con lo aquí expuesto muy brevemente, que es conforme a la legislación vigente en materia de la administración internacional y, por supuesto de nuestro Estado Nacional, en materia de espacios de frecuencias abiertas para cada canal de 6 MHz. asignado, como es el 21, abierto, directo y gratuito para toda la gente, y cuando en el futuro se puedan ir dando las factibilidades concretas, sería posible aprovechar todo ese “terreno espectral” ya logrado y sostenido con tanto esfuerzo.

De lo contrario, lo anterior no sería posible en el futuro, debido a las limitaciones del ancho de banda mencionadas.

Para mayor información entrar en el sitio web www.telemision21.com.ar  (ítem “informes”)

…………………………………………………………………………………………….

ALGUNAS PAUTAS DE SOLUCIÓN EN EL CAMINO DE ALGO MEJOR:

Sin perjuicio de una solución más detallada y mejor en el camino de la restauración del espectro del servicio de la TV ABIERTA y la consecuente planificación del mismo, se presenta el siguiente razonamiento:

Teniendo en cuenta la RES. 84 DEL 2018 – ENACOM donde se manifiesta:

“…Que, sin embargo, dichas normas deberán seguir regulando las situaciones emergentes de la escasez de dicho recurso, tal como se registra en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y su zona de influencia (AMBA), que ha exigido optimizar las herramientas que brinda la modulación digital, a través de la multiplexación, tal y como se refleja en la distribución dispuesta por la Resolución N° 10.090- ENACOM/16 y sus modificatorias, necesaria para hacer convivir a los sujetos que detentan derechos en la explotación de servicios de televisión digital abierta…”

…. ARTICULO 5°.- Condiciones de transmisión para los titulares de licencia. Para la prestación de sus respectivos servicios:

  1. Cuando mediara disponibilidad de espectro suficiente al efecto, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, respetando el área de cobertura asignada a las licencias. Al efecto se definirán los parámetros técnicos adecuados al formato de transmisión.
  2. Cuando no resultara técnicamente factible la asignación de un canal radioeléctrico, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONESasignará a los titulares de licencias un canal digital como parte de un múltiplex digital, según lo definido en el artículo 2°del reglamento aprobado por la Resolución N° 1047-AFSCA/14, en la redacción que le acuerda su similar N° 1394-AFSCA/14, el cual tendrá la capacidad necesaria para emitir el mismo contenido de su servicio analógico a través del servicio digital, con definición como mínimo de Full HD 1080i (1920×1080) o hasta 12 Mbit/s y el servicio de transmisión a dispositivos móviles (one-seg) para su propia programación en su condición de sujeto obligado.”

 

COMENTARIOS:

Vemos que el ENACOM evidentemente reconoce que la canalización de frecuencias en TV ABIERTA es de un ancho de banda de 6 MHz (canal completo), como lo establece la Normativa. Por lo tanto, en la planificación de cada servicio se debe pasar inexorablemente por una cuestión de observancia correcta de las normas establecidas en el ámbito nacional (SECOM) e internacional (UIT ó ITU), si no queremos entrar en una ilegalidad manifiesta.

En cuanto a la transición hacia la TV abierta digital la titularidad de las frecuencias televisivas abiertas ya asignadas con anterioridad, éstas tampoco deben ser menores a “canales de 6 MHz.” de ancho de banda, respetando por supuesto, los derechos adquiridos de las personas jurídicas privadas y públicas en dicha transición hacia esa TV abierta digital, no restringiendo así la libertad de expresión en todo ese “terreno espectral”, ya asignado con anterioridad por la administración de frecuencias de nuestro país.

Sabemos que la reducción del espectro de la banda de frecuencias de UHF en el AMBA y en otras áreas, se fue reduciendo sucesivamente desde los años 1980 (canales 70 al 83), 1986 (canales 14 al 20) y 2014 (canales 52 al 69) con el cambio de atribución de banda respectivo, y además, con los sistemas de TV CODIFICADA (asignados directamente en esa Banda como sistemas “multicanal” desde el año 1987), los cuales, estos últimos llegaron a saturar la misma, destinada (atribuida primariamente) a la TV ABIERTA, con más de 2000 asignaciones en todo el país. Todo esto permitido en su momento por el mismo Estado a través de sus sucesivos organismos administradores de dicho espectro, de tal modo que lo fueron reduciendo paulatinamente sin dejar ninguna reserva para la expansión futura de ese servicio (ni mucho menos).

Con relación a la TV CODIFICADA en la banda de UHF, el espectro de esta última se empezó a restaurar, para el arribo de la TV ABIERTA DIGITAL, con los antecedentes dados por la primera asignación en el AMBA (Capital Federal y Gran Buenos Aires) de un canal radioeléctrico de tipo analógico (el 21), autorizado mediante el Decreto del P.E.N. 1314 del 23 de octubre de 2001, en el cual se diferenciaban (por la atribución de banda) los servicios PRIMARIOS abiertos al público en general (ya sea analógicos o digitales), respecto de los servicios SECUNDARIOS cerrados (para un público determinado por suscripción como es el de la TV CODIFICADA). Los primeros debían tener prioridad frente a los segundos en dicha banda.

 

COMENTARIOS RESPECTO DE LA TRANSICIÓN DE LOS SERVICIOS ANALÓGICOS A LOS DIGITALES EN EL  ESPECTRO DE LA TV ABIERTA:

Desde el punto de vista de la administración del espectro de frecuencias, las emisoras de TV ABIERTA que emiten en el sistema analógico, ya autorizadas con la legislación anterior, implican un servicio “monoseñal” con un sistema de transmisor y antena de emisión para un solo licenciatario o autorizado para  el uso  de un solo canal de  6 MHz. de ancho de banda, en cada uno de los casos. En la transición actual de dichas emisoras hacia la TV digital, no debe cambiar esa autorización con relación a la cantidad de espectro utilizado (ancho de banda)

Más aún, si tenemos en cuenta la normativa nacional e internacional (UIT – ITU) en materia de canalización para la TV ABIERTA,  ésta  tampoco ha cambiado respecto a ese ancho de banda a asignar en las nuevas emisoras de TV digital. El Organismo Nacional de Administración de Frecuencias siempre admite un solo titular por cada canal radioeléctrico asignado (es decir: el licenciatario o autorizado poseedor del sistema de transmisor y antena). Por lo tanto, se debe asignar por canales de 6 MHz. (no menores).

En cuanto a la llamada TV CODIFICADA analógica (sistema “multiseñal” cerrado por suscripción) se trata de algo distinto, ya que se le asignaban, por ejemplo, de a 10 canales radioeléctricos de 6 MHz. por cada licenciatario. Dicho sistema se implementaba con 10 transmisores que se “multiplexaban” (es decir, se unían) en un solo irradiante, con lo cual había 10 señales emitidas al aire con una sola antena, pero “codificadas” (sólo accesibles a los suscriptores) en una banda de frecuencias (UHF) reservada para la TV abierta al público en general.

Esto, como vemos, representaba 10 canales de 6 MHz. (en total 60 MHz. de espectro disponible para cada licenciatario). Debido a que esta situación representa un gran dispendio de un recurso espectro sumamente reducido y, algo peor, atribuido por normativa nacional e internacional a la radiodifusión abierta televisiva (TV ABIERTA al público en general, directa y gratuita), el sentido común indica que, en este tiempo de transición hasta la migración definitiva de esos servicios por suscripción a una banda de frecuencias adecuada (donde la canalización es otra), sería lógico autorizar “provisoriamente” a este tipo de sistemas con la misma cantidad de “señales” de 24 horas, pero con una menor cantidad de “canales”.

Lo anterior es con el fin de ir recuperando espectro radioeléctrico (muy reducido por servicios de otro tipo en desmedro de la TV abierta actual y futura, ya sea analógica o digital), a los efectos de un cierto el resarcimiento del servicio “multiseñal”. En el caso del ejemplo: 10 (diez) canales de 6 MHz. con 10 señales analógicas, sólo harían falta 2 (dos) canales de  6 MHz., también con 10 señales digitales.

 

ALGUNAS PROPUESTAS ACTUALES AL RESPECTO:

En ese sentido, la restauración de la banda de UHF para el servicio de TV abierta para todo el país (y en particular el AMBA) lo está encarando paulatinamente el ENACOM, por supuesto, teniendo en cuenta los derechos adquiridos por las asignaciones efectuadas anteriormente por el mismo Estado y la situación económica que conlleva la migración a otra banda de frecuencias.

Con el propósito de contribuir en esta tarea de restauración de un recurso natural, muy escaso, finito, no renovable, como es el espectro para el público en general, destinado o atribuido sobre la base de la legislación internacional para un servicio abierto, directo, gratuito, y definido por el ítem 2012 de la Ley 23.478 que aprueba un Convenio Internacional (la U.I.T. y nuestro país), y respetando los derechos de los titulares de las emisoras de TV ABIERTA existentes, parcialmente perjudicadas en su transición al sistema digital, es que se propone una posible tarea inmediata de reordenamiento, como inicio de una restauración posterior del mencionado espectro.

Ya, en el año pasado, un grupo de profesionales expertos con una larga trayectoria en el tema relativo al servicio de Telecomunicaciones y, dentro del mismo, el de la Radiodifusión Sonora y Televisiva, especialmente integrados en la multifacética problemática de este último servicio en nuestro país, firmaron una presentación (firmada también por el suscripto), ingresada el 7/AGO/17, en los organismos estatales de control del espectro radioeléctrico, que es patrimonio de la comunidad, pero administrada por el Estado, a través del Organismo correspondiente que asigna la titularidad de la porción de espectro.

En la misma se consideró particularmente el Área Metropolitana Buenos Aires (AMBA) con relación a las recientes asignaciones de “señales digitales” efectuadas en los canales correspondientes al servicio de TV abierta, directa y gratuita (en transición hacia la digitalización a partir del Decreto del P.E.N. 1148/09), dentro de un contexto que avala totalmente a dicho servicio, que tiene identidad propia, ante el avance de otros en desmedro de éste y que, además, poseen otras características.

Al respecto, en dicha presentación se hizo un breve análisis comparativo de los cuadros correspondientes a dicha área que figuran como sendos Anexos de dos recientes Resoluciones del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM) en donde se consideraron dos ejemplos concretos que tienen ribetes que están fuera de la legislación vigente.

De su texto se extracta lo siguiente:

– “Debido a la carencia de espacio espectral (no atribuible a los licenciatarios y autorizados), las Resoluciones 10090 del 29/DIC/16 y la 1631 del 9/MAR/17, ambas de ENACOM, implican que, en menos de dos meses y medio, han tenido que recurrir a cambios, insistiendo en el NO respeto a los derechos adquiridos provenientes de las anteriores Resoluciones 35 y 38 del 26/FEB/15 de la ex AFSCA, ya que, desde el 23/OCT/01, mediante el Decreto PEN Nº 1314, se había asignado el canal radioeléctrico 21 a una Institución jurídica de carácter público como lo es la Iglesia Católica, que tiene el derecho de hacer uso de TODO ese canal radioeléctrico, conforme a la normativa vigente en materia de TV ABIERTA DIGITAL.

– Con la Resolución 1631 ENACOM del 9/MAR/17 todos los canales 33, 34, 35 y 36, cuyos titulares son empresas privadas (LS85 CANAL 13, LS84 CANAL 11, LS83 CANAL9 y LS86 CANAL 2, respectivamente), por imposición del Estado, deben transportar una señal de 24 horas que, en los casos indicados específicamente, corresponden a personas jurídicas de carácter público, como lo son el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la Universidad Nacional de Buenos Aires y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, no permitiendo así la utilización de cada canal en forma completa para la TV ABIERTA DIGITAL.”

 

CONTINUANDO CON ESE PROPÓSITO, SE TIENE EN CUENTA LO SIGUIENTE:

A fin de recuperar el espectro de la TV ABIERTA, patrimonio de la comunidad, pero administrado por el Estado y hasta tanto se vaya resolviendo, aunque sea parcialmente, un tema técnico-legal y de derechos adquiridos tan complicado, sería dable considerar lo siguiente:

Teniendo en cuenta la potestad del mismo Estado, y su debida transparencia como administrador de un espectro que es patrimonio de la comunidad toda y a fin de evitar el incumplimiento de la legislación en materia de canalización de frecuencias radioeléctricas y considerando posibles conflictos (incluso judiciales) a veces innecesarios en la planificación de un espectro en donde no hay disponibilidad del mismo, se proponen (por lo menos provisoriamente) ciertos conceptos básicos como simple lógica.

 

EN EL CASO DEL AMBA:

Teniendo en cuenta entonces, el grado de saturación de la banda de UHF destinada a un SERVICIO PRIMARIO (Ref.: Decreto del P.E.N. Nro. 1314/01), para el caso que ya vimos anteriormente, por ejemplo, de los 10 canales analógicos asignados para el entonces servicio de TV CODIFICADA (actualmente un servicio nuevo de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación  denominado “TIC”), en donde puede haber un resarcimiento administrativo o judicial, con el fin de no restringir la cantidad de señales al titular de ese servicio por suscripción que brindaba con modulación analógica, podrían asignarse, en este caso, en forma provisora y como máximo, 2 canales de 6 MHz. (12 MHz. en total), ya que cada uno de los mismos pueden albergar 5 señales simultáneas de 24 horas de excelente calidad en cada canal, lo que implicaría incluso una mejoría del servicio analógico anterior.

Podemos considerar también (en dicho espectro del AMBA que va del canal radioeléctrico 21 al 36 de la Banda de UHF), que, según la Res. 10090 ENACOM/16 y su modificatoria, Res. 1631 ENACOM/17, existen 4 tipos concretos de Personas Jurídicas: pública estatal, pública no estatal, privada con fines de lucro y privada sin fines de lucro.

Entre los mismos se encuentran cuatro canales radioeléctricos cuya titularidad es del Estado (22, 23, 24 y 25), con capacidad espectral para albergar un número considerable de señales abiertas digitales simultáneas con buena definición de imagen.

El titular de esa porción de espectro (24 MHz.) posee la potestad de compensar en lo posible las falencias producidas en su momento por el mismo Estado, detalladas anteriormente, lo que produjo en su momento la reducción del espectro disponible. Sin perjuicio de otras posibilidades, dicha potestad la tiene actualmente, de manera de brindar un servicio a la comunidad, mediante la asignación (de tipo experimental) dada por el Decreto del P.E.N. 1010 /10.

 

BREVE ANÁLISIS RESPECTO DE LOS CANALES RADIOELÉCTRICOS 21, 33, 34, 35 y 36 DEL AMBA CON UNA POSIBLE SOLUCIÓN PROVISORA:

Analizando la situación por orden de número de canal radioeléctrico, en el caso del canal 21, la Res. 1631 ENACOM/17, a partir de sus considerandos, se ve claramente que se le tuvo que modificar su titularidad dada por la Res. 10090 ENACOM/16, ya que un licenciatario recién adjudicado tuvo que recurrir al ENACOM, ya que no poseía en su momento planta transmisora para dar el servicio (¿?), con lo cual recurrió a dicho Organismo, el cual le posibilitó la titularidad del canal 21, cuya titularidad pertenece a una Persona Pública, pero no estatal (¿?), que incluso ya había sido restituida (por lo menos en su titularidad) cambiada por las anteriores Resoluciones 35 y 38 de la ex AFSCA del 2015, con lo cual, con esta última Resolución le cambió nuevamente esa titularidad del canal, concediéndola a una persona jurídica de carácter privado (¿?).

Recordemos también que, en el AMBA, el único canal abierto con la categoría analógica mínima en UHF es el 21 y que, además, no posee canal “espejo digital”, tal como los restantes canales abiertos en funcionamiento en la misma área, los cuales, en función de la igualdad de servicios para el público en general en la misma área, sus coberturas (categorías radioeléctricas) tendrían que ser iguales.

Por lo tanto, el sistema estatal TDA debería compensar esta situación, por lo menos hasta tanto ese canal posea su propia planta transmisora digital. Este espacio radioeléctrico, que ocuparía por ahora una sola señal, estaría dado actualmente ya que, por ejemplo, en la misma AMBA existe “repetición de señales de televisión abiertas en una misma área de recepción” que están emitidas en forma privada (con planta de emisión propia) y simultáneamente por el sistema público TDA. Esto sería algo redundante e inequitativo como vemos.  Esta situación de recepción simultánea se puede comprobar fácilmente con una antena y un televisor en dicha área.

Algo también inequitativo sucedería con la persona física que, como ya se dijo, había sido asignada como titular del canal radioeléctrico 21, a efectos de continuar con su proyecto de emisión – por no tener planta de emisión (¿?) – por lo cual, provisoriamente y como compensación del mismo Estado, el mismo debería proveerle un lugar en el sistema estatal TDA.

Con esto se dejaría, a su vez, dicho canal radioeléctrico 21 completo, pero libre, no condicionado, a fin de que en un futuro puedan emitir múltiples señales, teniendo en cuenta que su titular es la única Persona Jurídica Pública no estatal, con emisión abierta, en el AMBA.

Respecto de los canales radioeléctricos 33 y 36, en forma similar, también en su momento sería posible migrar las dos señales correspondientes a las personas jurídicas públicas de los Gobiernos de la Ciudad y de la Provincia de Buenos Aires, respectivamente, a un canal radioeléctrico de la TDA. Respecto de los canales radioeléctricos 35 y 34, las dos restantes asignaciones (Universidad Nacional de Buenos Aires y una reserva, respectivamente), el tratamiento podría ser semejante. Esto se podría implementar paulatinamente, en la medida del momento de salida al aire de cada señal, que no sería igual para cada una.

Vemos así que esto permitiría dejar libre, en forma no condicionada, para un futuro, la posibilidad de emisiones en muy alta definición (por ejemplo 4K), que implica ocupar todo un canal radioeléctrico de 6 MHz. completo, para todas las emisoras de TV privadas abiertas (33 al 36), si así lo disponen, a fin de permitir desarrollar el servicio de TV ABIERTA con todas sus posibilidades potenciales en cuanto a su calidad integral.

 

CONCLUSIÓN:

Lo expuesto está realizado desde un punto de vista que tiene relación con la administración de un espectro de frecuencias regulado internacionalmente por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (U.I.T.), de la cual la República Argentina, que integra la Región II (las tres Américas), adhiere a través de un Convenio Internacional, aprobado por la Ley 23.478.

 

Ing. Alberto César Cravenna (M.N. del COPITEC N° 1352) 

Buenos Aires, 10 de diciembre de 2018.

Continue Reading

Judiciales

No fue lawfare: mentiras y trampas en el juicio de Vialidad que condenó a Cristina

Published

on

Abogados que ocultaron tramos de documentos oficiales en que basaron las defensas porque lo omitido hundía a sus clientes. O que le enrostraron a la Fiscalía haber lanzado afirmaciones que en realidad nunca lanzó para confundir al tribunal o a la opinión pública. O que denunciaron la violación del derecho de defensa por no haber sido notificados sobre la incorporación de una prueba al expediente cuando sí fueron notificados. O varios peritos de parte y testigos que orillaron el falso testimonio con afirmaciones sesgadas. O empleados de Vialidad que… la lista continúa.

El Tribunal Oral Federal que condenó a la vicepresidenta Cristina Kirchner en la “causa Vialidad” reflejó en el fallo que difundió este jueves múltiples episodios en los que las defensas intentaron jugadas, como mínimo, polémicas. Tanto, que el tribunal le notificó lo ocurrido al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal para que “fiscalice las temerarias intervenciones profesionales” y, acaso, aplique sanciones disciplinarias.

Esas “temerarias intervenciones” de los abogados reflejaron un contraste notorio entre las acusaciones de lawfare y lo que salió a la luz, con evidencias concretas, durante las audiencias del juicio oral, según surge de la sentencia de 1616 páginas que rubricaron los magistrados Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.

De hecho, el tribunal remarcó a lo largo del fallo que algunas defensas incurrieron repetidas veces en una “actitud estratégica de elegir los presupuestos de la acusación para luego poder defenderse de dichos extremos inexistentes”, lo que calificó como “una verdadera y despiadada lucha contra los molinos de viento”. ¿Por qué? Porque para algunas defensas, según el estimó el tribunal, lo más importante no se dirimía en las audiencias del juicio, sino en “la instalación de una narrativa en el plano extraprocesal”. Es decir, la difusión de un relato ante la opinión pública a través de los medios de comunicación y propaganda afines.

La lectura del fallo aporta numerosos ejemplos. Entre ellos, cuando los defensores de Cristina Kirchner, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, remarcaron que no había mensajes directos entre la entonces Presidenta y su secretario de Obras Públicas, José López, y esgrimieron esa ausencia como una prueba irrefutable de la inocencia de su defendida. “¿Esperaban que la Presidenta de la Nación chateara personalmente con López?”, se preguntó el tribunal. “¿Quién más que la entonces Presidenta, a través de su asistente personal, podría ordenarle a un Secretario de Estado que se hiciese presente en la quinta de Olivos o en Casa de Gobierno a una hora determinada?”, plantearon Gorini, Giménez Uriburu y Basso, para luego indicar que esa jugada defensiva era “realmente llamativa” y “manifiestamente endeble”.

El letrado de Lázaro Báez, Juan Martín Villanueva, fue, sin embargo, el que protagonizó más episodios cuestionablesc como cuando sostuvo que su cliente había sido un empleado bancario que ascendió en el escalafón hasta convertirse en el máximo ejecutivo del Banco de Santa Cruz, y le enrostró al fiscal Diego Luciani haber dicho que era mero “cajero” bancario.

Pero eso era falso. Luciani jamás lo dijo, aclaró el tribunal. “Si alguien utilizó ese término fue la propia defensa de Báez, la que puso ese concepto en boca de los Fiscales para luego poder cuestionarlo y probar un pretenso yerro tanto en el plano procesal como en el mediático”. Y más allá de eso, el tribunal le recordó que lo esencial del debate pasó por otro lado: ¿tenía Báez experiencia en la obra pública? Y allí tropezó su defensa: “El intento de la defensa técnica de Báez de presentarlo como un avezado directivo de una empresa constructora es directamente una farsa”, concluyeron los magistrados. Una y otra vez, empero, Báez y sus letrados incurrieron en “falsedades” o “falacias”, según el tribunal. Por ejemplo, cuando quisieron sostener que Austral Construcciones se constituyó en abril de 2003 y acusaron a los fiscales de “falsear” el acta constitutiva porque “no les servía la verdad”, lo que también levantó y difundió la maquinaria de difusión cercana al kirchnerismo. Pero en realidad, según verificó el tribunal, la Fiscalía tenía la razón, apoyado en un documento que así lo demostró y que conocían todas las partes. “Nos enfrentamos, una vez más, frente a un artilugio defensista cimentado en una nueva falsedad”, estimó el tribunal.

La diferencia entre el relato y las evidencias también quedó expuesta cuando se analizó cómo fue el proceso de recálculo en las obras otorgadas a Báez. La defensa invocó un informe que aportó la Dirección Nacional de Vialidad que calificó como “una prueba central” que demostraba “dos mentiras” de la Fiscalía y cuya solidez era “incontrovertible”. Pero, ¿qué pasó? Según el tribunal, la defensa incurrió en un “berenjenal comparativo” que lo llevó a esbozar conclusiones erróneas o, peor, “opuestas” a las reales.

“La treta”

Lo mismo, aclaró el tribunal, ocurrió cuando se analizaron la ampliación del plazo o las redeterminaciones de precios en las obras, entre otros ejes. “Una vez más, las defensas escogieron ellas mismas los ejes sobre los que ejercer su defensa, y en ese afán realizaron estruendosas y simbióticas alegaciones sobre la licitud del procedimiento, el acierto en los cálculos y el sacrificio económico que resultaba su aplicación para las empresas”, destacaron los magistrados, cuando en realidad lo nuclear pasaba por otro lado. “El yerro en el que caen las defensas […] se encuentra íntimamente vinculado al escandaloso sistema de aprobación de las ampliaciones de plazos y modificaciones de obras (por su automaticidad, inmotivación, falta de acreditación, justificación, control y fundamento, etc.) que lo antecedió, pues ahí residía la treta”.

Lejos de amilanarse, sin embargo, las defensas redoblaron la apuesta. También buscaron relativizar la importancia de que Báez tuviera tanta preponderancia en el reparto de la obra pública en Santa Cruz. Para eso plantearon que en cada provincia suele haber una constructora con mayor peso porque, por ejemplo, está localizada allí, con sus maquinarias y personal, lo que buscó probar el letrado de Báez con un documento que, según alertó el tribunal, “no cuenta con la totalidad del universo de obras financiadas y/o ejecutadas por la Dirección Nacional de Vialidad en el período en cuestión”.

El tribunal requirió entonces más información oficial y lo que obtuvo, lejos de beneficiar a los acusados, los complicó aún más. “La comparación completa y fundamentada en datos es apabullante”, destacaron Gorini, Giménez Uriburu y Basso, que se apoyaron en datos “objetivos y verificables” para evaluar la distribución de sus negocios, y deploraron lo que calificaron como “pseudos conocimientos especiales” que invocaron los letrados y que fueron levantados por los medios de comunicación más afines al Frente de Todos.

Testigos y peritos de parte

En otros tramos de la sentencia, el tribunal también criticó la actuación de varios testigos y peritos propuestos por las defensas. Entre ellas, una ingeniera designada como perito por la defensa de la actual vicepresidenta, Adriana Alperovich, quien para apoyar a quien la había contratado llegó a utilizar “bibliografía estudiantil guatemalteca, peruana y colombiana, sin precisar sus antecedentes, calificación y rigurosidad técnica”. Eran tesis de grado.

Eso no fue todo. “Sobrepasando los límites de la tarea pericial que le fuera encomendada”, Alperovich “omitió deliberadamente su abordaje completo y recurrió a normas, dictámenes y antecedentes que no resultan ni remotamente aplicables al caso”, indicó el tribunal, hasta ofrecer “una versión exculpatoria que no resiste el menor análisis técnico”. Pero su relevancia en los tribunales fue lo de menos. Su testimonio fue ensalzado por la defensa y levantado por los medios de comunicación afines como “la única que hizo un estudio serio” y “quien de manera fundada descartó la acusación de sobreprecio. En la misma línea, varios testigos quedaron bajo la lupa, como Daniel Semino o Laura Hindie, que durante el juicio intentó relativizar lo que ella misma, como jefa de Legales del Distrito 23° de Vialidad, había sostenido apenas nueve meses después de ocurridos los hechos. ¿Qué pasó en el medio? Que asumió como diputada por el Frente de Todos. Para el tribunal, su giro resultó una “calculada y casi frívola mutación” que la llevó a modificar “su percepción de los hechos de manera infantil y con un sentido de la oportunidad asombroso”. Pero en las usinas de propaganda fue presentada como “una testigo fundamental”.

Como el de Hindie, los defensores y medios afines al kirchnerismo también propalaron el testimonio de Justo Pastor Romero, un auditor de Vialidad Nacional que al declarar durante el juicio oral “escondió en su fundamentación un error de base” conceptual, según el tribunal, y lanzó “temerarias interpretaciones” sobre un informe, “totalmente opuestas a las aclaraciones que realizaron sus hacedores en relación a sus alcances”. Y otra vez se repitió la dinámica: los magistrados desconfiaron de su credibilidad, al punto de indicar que les pareció que estaba “constantemente repitiendo un libreto”. ¿Y los medios de propaganda oficialistas? Lo definieron como “otro testigo demoledor”.

Columnas y notificaciones

Sin embargo, el tribunal estimó que no sólo ciertos testigos parecieron seguir un libreto propio. También la defensa de Báez editó el contenido de los “reporte por certificación de obra” que expuso durante el juicio. “Para empezar, [el material] se trata de una muestra parcializada del informe en cuestión”, alertaron los magistrados, que lo compararon con el informe completo. “Como puede verse de una simple comparación, 6 columnas han sido suprimidas del documento en ciernes”.

Pero si el uso de información parcial o manipulada durante un juicio resulta cuestionable, casi todas las defensas incurrieron en otro error, decisivo en el resultado final del proceso. Ocurrió cuando se incorporó a la “causa Vialidad” evidencias de otra investigación, la 12.441/2008. Es decir, el contenido de los teléfonos de José López; en particular, los mensajes que el exsecretario de Obras Públicas cruzó con los secretarios privados de Cristina Kirchner, Máximo Kirchner, Báez y su alfil en Austral Construcciones, Julio Mendoza.

La tormenta se desató cuando el fiscal Luciani usó esos mensajes en su alegato de manera intensiva. Las defensas clamaron que se violaba el principio de defensa en juicio de sus clientes y que jamás habían sido notificados sobre el eventual uso de ese material, lo que amplificaron sus canales habituales de difusión y propaganda, donde se afirmó que era “una prueba introducida silenciosamente en el juicio”, sin que las partes pudieran objetar su inclusión.

La realidad fue, otra vez, distinta. Así lo expuso el tribunal en su sentencia: “Las alegaciones introducidas por algunas defensas en torno a la supuesta sorpresa que habría significado para esas partes el hecho de conocer el contenido de esa prueba recién durante el alegato de clausura fiscal resultan completamente inadmisible”. ¿Por qué? Porque la Fiscalía pidió incorporar ese material al expediente mucho antes del inicio del juicio, todas las partes fueron notificadas de su interés e invitadas a compulsar ese material, que quedó a disposición de todos desde noviembre de 2017, tanto en la sede del tribunal como en forma digital.

Dicho de otro modo: las defensas sí fueron notificadas sobre el eventual uso de los teléfonos de López como prueba, pero no reaccionaron. Para el tribunal, la conclusión es tan clara como tajante: “Independientemente de si se trató de una decisión deliberada o una negligencia en el ejercicio del ministerio de la defensa, lo que de ninguna manera puede permitirse es atribuir ni vincular esa supuesta sorpresa con el comportamiento procesal que ha tenido este tribunal”.

 

 

Hugo Alconada Mon para La Nacion

canalxfn.com no se hace responsable del contenido de los artículos generados por terceros.

Noticiasxfn.com no se hace responsable del contenido de los artículos generados por terceros.

Caprica.org.ar no se hace responsable del contenido de los artículos generados por terceros.

 

 

 

 

 

 

 

Continue Reading

Opinión

Langostino: mediar entre la sobreabundancia, la especulación y la impaciencia

Published

on

En Chubut la zafra de langostino en aguas provinciales sumaba 95 mil toneladas por estos días y va camino a superar las 100 mil toneladas cuando termine.

La flota amarilla de Rawson, costeros y artesanales, resisten las presiones del resto de las cámaras, lease CAPECA y CAPIP, para mantener abierta una pesquería que sigue mostrando una abundancia extraordinaria. El miércoles hubo barcos que completaron 1100 cajones en el día.

La 2023 es la zafra de la cola. A partir del contexto complejo, con un mercado internacional que no demanda langostino entero y las cámaras frigoríficas con mucho stock de las capturas de la flota tangonera congeladora en aguas nacionales 2022, todo marisco que se descargó en Rawson terminó hecho cola.

La super abundancia provocó que empresas como Iberconsa se salieran de todo cálculo. Supongamos, si pensaban producir no más de 5 mil toneladas para toda la zafra, al primer día de febrero ya habían superado las 5200 toneladas.

A partir de entonces Iberconsa ya no hace más cola sino langostino entero que siguió coleccionado en cámara. Mientras tanto en Mar del Plata sus 100 trabajadores hace casi un mes que no son convocados a trabajar por la demanda de los peladores por la caída en la producción de cola pelada y desvenada a partir de la incapacidad de la empresa para sostener el volumen del congelado. La única oferta por ahora es retiros voluntarios para todos.

Lo que le pasó a Iberconsa le ha pasado a muchas otras empresas. Eso generó que algunas partidas de langostino entero lleguen a Mar del Plata, algo que está expresamente prohibido en la legislación chubutense pero el romance multisectorial que genera el empacho con el oro naranja todo lo permite.

“Seguimos una semanita más y cortamos”, prometen los pescadores amarillos cuando desde los frigoríficos les marcan la imposibilidad de seguir recibiendo matera prima. Ya no solo por falta de espacio en cámara sino de personal. Se va cumpliendo el tiempo de la temporalidad en la contratación y no queda más que bajar la persiana.

Estos días respiran aliviados en Playa Unión porque Gabriel Aguilar se fue al exterior y hasta que no regrese no firmará el cierre de la temporada como vienen pidiendo, por distintas vías e interlocutores, los demás sectores.

El contexto de lo que se vive en Rawson sirve para graficar la pelea que se vive por estos días en la pesca atada al langostino.

La apertura de un área para pescar el marisco sobre el 41ªS, al norte de la zona de veda de merluza para la flota tangonera congeladora y fresquera de altura, divide las aguas.

La flota congeladora patagónica no quiere saber nada con esa posibilidad. Sostienen que un mayor volumen empujará los precios hacia abajo. Tanto del entero como de la cola, que a partir de la abundancia de Rawson, tuvo una mayor presencia en los mercados internacionales.

Igual la estadística que difunde CAPECA no refleja la pérdida de valor de la cola. En enero se exportaron 6228 toneladas a un valor promedio de 7592 dólares la tonelada. Los números representaron 22% más en volumen y la caída del 3,6% en el precio promedio en la comparación interanual.

En Mar del Plata la postura es inversa. CEPA y CaIPA han pedido abrir el área para poder pescar, acompañado de algunos gremios como SIMAPE, SUPA y la Asociación de Capitanes. Siempre se habilitó en abril pero pidieron la apertura anticipada la primera semana de marzo. Aseguran que más allá del contexto crítico que hoy tiene el mercado, si hay langostino en el agua quieren pescarlo.

Y este sector no pesca desde octubre del año pasado cuando terminó la zafra de aguas nacionales y se prohibió el despacho a la pesca para preservar el ciclo reproductivo de la especie. A diferencia de sectores que se oponen a la apertura del Norte, pero tuvieron/tienen participación en la zafra de Chubut, ya sea como pescadores y/o reprocesadores.

“No nos oponemos, solo queremos que haya consenso para habilitar el 15 de abril”, asegura un industrial con barcos tangoneros congeladores.

¿Cuánto langostino se declara capturar al norte, entre enero y mayo, como para que baje mucho más el precio, haga tambalear la sustentabilidad del negocio y ponga en riesgo la estructura de las propias empresas?

De acuerdo a las cifras de los últimos años, en 2019 se registraron las mayores capturas con 19300 toneladas. Al año siguiente fueron 10.100 y en 2022 sumaron 16.500. El volumen incluye la pesca específica como el by catch del 20% de principios de año cuando los fresqueros pescan merluza.

Son cifras que no parecieran generar las graves consecuencias que advierten quienes desean que el área se mantenga cerrada, no al menos mayores al impacto que representa el desembarque de 100 mil toneladas en cuatro meses de zafra provincial.

Mar del Plata registra uno de los peores inicios de año en lo que a desembarques pesqueros se refiere. Los datos oficiales marcan una caída general del 16% hasta el pasado 7 de marzo. Con reducción del 12% en los desembarques de merluza hubbsi del efectivo sur y 37% de calamar.

Más allá de los intentos y presiones para que se deje de pescar en Chubut y no se abra al norte de manera prematura, en Pesca llevaron tranquilidad a los referentes sindicales de Mar del Plata que fueron a ver al Subsecretario preocupados por la falta de actividad en el puerto.

“No hay razones reales como para temer un escenario de no apertura”, les dijo Liberman, según refleja el portal Pescare. “Todos estos años hemos habilitado la pesca del langostino en el norte en abril”, reveló el funcionario.

Esta semana el CFP rechazó el pedido anticipado de apertura formulado por las cámaras marplatenses al considerarlo “prematuro” y convocó a la Comisión de Seguimiento de Langostino para los próximos días. La duda por estas playas es si el 15 de abril abre para todos o recién arranca la prospección.

Más tarde que temprano como piden en Mar del Plata se habilitará el sector norte de aguas nacionales. Veremos cuántas son las empresas de CAPECA y CAPIP que deciden mantener los tangoneros congeladores amarrados a muelle.

Mientras tanto varios de sus socios siguen alimentando stock con el langostino de provincia, Esa materia prima no parece implicar ninguna amenaza al futuro del negocio. Sobre todo porque es la de ellos.

 

Roberto Garrone para Punto Noticias

Imagen @ramiro32_

canalxfn.com no se hace responsable del contenido de los artículos generados por terceros.

Noticiasxfn.com no se hace responsable del contenido de los artículos generados por terceros.

Caprica.org.ar no se hace responsable del contenido de los artículos generados por terceros.

 

Continue Reading

Opinión

Ahora, ¿Quien se hace cargo?

Published

on

Quedarnos afuera del próximo Mundial de básquetbol después de 42 años, es una verdadera catástrofe para nuestro querido deporte.

Deportivamente se podrán hacer innumerables análisis, pero dichos análisis serán individuales para cada uno de nuestros asociados en sus respectivos espacios de difusión.

Como institución, APREBA,  debe ponerse por encima de las polémicas deportivas y centrarse en las discusiones y análisis de la vida institucional de la actividad.

Desde hace varios años, el básquetbol tiene una conducción que fue trabajando intensamente para concentrar el poder. Y lo logró. Hasta consiguió modificar los estatutos y dinamitar la independencia que tenía la (AdC) Asociación de Clubes y minimizó el poder de las Asociaciones locales y de las propias Federaciones. La actual conducción del básquetbol argentino, encabezada e ideada por Fabián Borro, logró finalmente concentrar en la Confederación Argentina de Básquetbol (institución que él preside y anteriormente la Asociación de Clubes) el poder absoluto.

Incluso debemos agregar que, con la anuencia o inacción de sus respectivas autoridades, logró reducir al máximo la presencia e importancia en el contexto institucional de la Asociación de Jugadores, Técnicos y Árbitros.

El actual presidente de la CAB Confederación Argentina de Basquetbol logró lo que quería, concentrar en su figura el poder absoluto del básquetbol argentino.

Pues bien, ante la catástrofe consumada, es imposible negar la responsabilidad suprema de quién ostenta el poder absoluto desde hace 7 años aproximadamente. Y junto con él, la responsabilidad de cada uno de los dirigentes que por acción u omisión acompañaron cada una de las políticas que llevaron a esta concentración de poder inédito en la historia moderna de nuestro básquetbol.

Pasados varios días de la eliminación, no se ha escuchado ni leído una sola palabra de autocrítica de la dirigencia. Y eso es más preocupante aún.

Quizás están pensando que han desarrollado durante años políticas exitosas que solo tuvieron un traspié deportivo. Bueno, si ese es el pensamiento debemos decirles que están nuevamente equivocados. El traspié deportivo es una consecuencia más de políticas equivocadas, destructivas y negacionistas de la historia de nuestro deporte.

 

Llegamos a tener la Liga Nacional más importante del continente detrás de la NBA. Fuimos durante años un ejemplo a seguir por parte de los países americanos. Se construyó una pirámide de desarrollo deportivo y social envidiable con Clubes, Asociaciones y Federaciones que fueron nuestro semillero histórico con cientos de miles de jugadores participando a lo largo y a lo ancho de nuestro país. Y desarrollamos un sistema institucional con agrupaciones de jugadores, técnicos y árbitros que fue un ejemplo de equilibrio e interacción de los distintos sectores de las competencias. A todo esto se agregaba una red de medios que brindaban difusión y visibilidad a una actividad que claramente estaba posicionada como la segunda actividad deportiva de nuestro país.

Enumeradas todas las bondades que el básquetbol logró desarrollar durante los últimos 30 años es triste decir y declarar abiertamente que el actual poder concentrado, monopólico y hegemónico encabezado por Fabián Borro desde la conducción de la CAB  destruyó absolutamente todo dejando al basquetbol en un escenario de imprescindible Re Fundación institucional y deportiva.

APREBA fue crítica de todo este proceso desde su creación. Muchos de nuestros asociados fueron perseguidos, censurados, se les gestionaron quitas de pautas publicitarias y se les impidió el normal desarrollo de la actividad profesional.

Triste pero real. Y lo venimos denunciando sistemáticamente. No contestan notas, pedimos ir al diálogo y nos ningunean.  La modalidad, indudablemente y a la luz de los hechos, es romper, dividir, y alcanzar los objetivos personales.

Pero ha llegado el momento. Hay que volver a ponerse los pantalones largos, terminar con inventos surrealistas que solo tuvieron intenciones de concentración de poder y retomar la memoria y tradicionales axiomas que hicieron de nuestro básquetbol una potencia a nivel mundial.

Los dirigentes deciden sobre los clubes y las instituciones federativas, y las autoridades elegidas por sus asociados definen las políticas y posicionamientos de la Asociación de Jugadores, Técnicos y Árbitros. Y como instituciones responsables de los destinos de nuestro deporte es que cada sector debe en este momento hacer una profunda AUTOCRÍTICA.

Solo a partir de una profunda autocrítica se podrán diagnosticar los problemas actuales y desarrollar políticas que nos permitan volver a senderos de normalidad y crecimiento.

Desde APREBA estamos dispuestos a colaborar y generar todos los ámbitos de debate y concertación que estén a nuestro alcance. Cada uno de nuestros asociados tendrán a disposición los medios en los cuales trabajan para debatir e intercambiar ideas de cómo corregir rumbos que han sido muy equivocados en estos años. Y los resultados están a la vista. Nuestra Selección Nacional al margen del próximo Mundial, la Liga Nacional en sus

 

tres categorías con el  nivel deportivo, económico y social más pobre de su historia, y las actividades federativas y de las asociaciones absolutamente menospreciadas y al borde de su colapso.

Es una radiografía muy crítica y apocalíptica de nuestra actividad deportiva y profesional, pero es una radiografía de la realidad. Los resultados deportivos son consecuencia de los trabajos interrelacionados de dirigentes, jugadores, entrenadores, árbitros, preparadores físicos, kinesiólogos y simpatizantes.

Nunca los procesos de apropiación y concentración de poder son exitosos. Y nuestro básquetbol hoy lo vive en carne propia.

Es un momento de Re Fundación y APREBA está dispuesta a ofrecer todo su apoyo a nuevos espacios de debate, en pos de una reconstrucción del deporte que amamos y seguimos de toda la vida por pasión y compromiso.

 

DIEGO VERGARA                                                                              LEONARDO VERCESI

Presidente                                                                                          Vicepresidente

Comisión Directiva APREBA

ASOCIACION CIVIL PRENSA BASQUETBOL ARGENTINA

3 de Marzo de 2023

Continue Reading

Más Vistas