Judiciales
Causa Potenciar Trabajo: el fiscal Marijuán denunció a la ministra Tolosa Paz por incumplimiento de los deberes de funcionario público
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6 meses agoon
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Ruben Muñoz
El fiscal Guillermo Marijuán presentó una denuncia penal contra la ministra de Desarrollo Social, Victoria Tolosa Paz, y el secretario de Economía Social, Emilio Pérsico, por los presuntos delito de “Abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público y malversación de caudales públicos”. Les reprocha no haber dado de baja a los 253.184 beneficiarios del programa Potenciar Trabajo que habrían cobrado ese beneficio de manera irregular por tener alguna “incompatibilidad”, según el informe que el 24 de octubre envió la AFIP a la cartera que conduce la ex diputada nacional y que fue solicitado por su antecesor Juan Zabaleta.
El fiscal federal abrió una investigación preliminar después de que Infobae publicara el contenido de ese informe. Además solicitó que varios funcionarios declaren en calidad de testigos: primero fue el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Carlos Castagneto, quien ratificó los informes elaborados por el organismo. Explicó que los contenidos son “estadísticos” y no nominales por el “secreto fiscal” al que está impuesto el organismo recaudador; y precisó que solo un juez puede levantarlo de ese impedimento.
La aclaración era por las críticas públicas que había realizado la ex diputada nacional. Aun conociendo la legislación -es contadora-, en conferencia de prensa dijo que la AFIP no había proporcionado la identidad de los titulares del plan social que, por ejemplo, tenían autos con menos de un año de antigüedad, había comprado dólares y disfrutaban de más de una propiedad. Todas incompatibilidades manifiestas.
El miércoles fue el turno de Juan Manzur, el jefe de Gabinete., quien declaró por escrito: respondió 11 preguntas y deslindó responsabilidades en Tolosa Paz.
Manzur aclaró que, si bien conocía el contenido del trabajo de la AFIP sobre el listado de titulares del Potencial Trabajo, más de 1.300.000, y “los requisitos” para ser excluidos del programa, respondió: “De lo que aquí interesa en la relación a la aplicación y/o ejecución de cada individuo que se inscribe en el ‘Potenciar Trabajo’, como así también la aprobación de su incorporación al mismo, son potestad de la autoridad de aplicación, a través de la ejecución de los planes, programas y proyectos”.
La “autoridad de aplicación” es el ministerio de Desarrollo Social al frente del cual está, desde el 13 de octubre, Tolosa Paz. La precedieron en el cargo Daniel Arroyo, y Juan Zabaleta.

Dentro de esa cartera, el Programa Potenciar Trabajo funciona bajo la orbita de la Secretaría de Desarrollo Social comandada por Emilio Pérsico, uno de los líderes del Movimiento Evita. El dirigente social administrará en 2023 -como lo hace ahora- fondos multimillonarios. En total, $594.285.915.597; un presupuesto más alto que el destinado a las políticas alimentarias, que es de $442.755.687.402; y casi la mitad de la partida presupuestaria que para el próximo año autorizó el Congreso para el ministerio de Tolosa Paz en un año electoral: $1.169.156.152.175, es decir más de un billón de pesos.
Los fundamentos de la denuncia penal
“Vengo por la presente a efectuar formal denuncia contra la actual Ministra de Desarrollo Social de la Nación, Victoria Tolosa Paz y contra el Secretario a cargo de la Secretaría Economía Social de dicho organismo, Emilio Miguel Ángel Pérsico, por las conductas que encuadran en los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público y malversación de caudales públicos, previstos y reprimidos por los artículos 248 y 260 del Código Penal, ello conforme lo actuado en esta investigación que será referenciado en adelante”, comienza el escrito de 24 carillas presentado por el Fiscal Guillermo Marijuán y al que accedió de manera exclusiva Infobae.
Marijuán le reprocha a la ministra que, ante el informe de la AFIP no cumplió con su función de dar de bajas a esos titulares o al menos solicitar que se releve del secreto fiscal a la AFIP y así investigar si, efectivamente, esos beneficiarios recibían un subsidio del Estado fuera de las normas.
En ese trabajo, la AFIP había detectado, sobre un padrón de 1.382.279 beneficiarios, que “44.235 recibieron ingresos en los últimos seis meses (entre enero y junio pasado) mayores a dos veces el importe del salario mínimo vital y móvil”. Que “52.987 son propietarios de más de un inmueble, automotor, etc”. Que “63.211 registran gastos o consumos con tarjeta de crédito o débito o billetera mayor a dos veces el importe del salario mínimo vital y móvil y que “253.184 presentaron declaración jurada de bienes personales (no se aclara si son dueños de una moto o un auto de alta gama)” y que seguían empadronados hasta más de 2.800 personas fallecidas.

Marijuán entiende que: “Resulta evidente que a raíz de la labor solicitada por la anterior gestión a cargo del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y también por la titular actual de ese organismo a la AFIP, se tomó conocimiento de esa situación, lo que debió derivar en una orden inmediata de la Ministra Victoria Tolosa Paz y de los funcionarios responsables, de suspensión y re empadronamiento de las personas que son beneficiarias del “Programa Potenciar Trabajo” y que resultaban observadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos, no obstante lo cual la actitud fue muy distinta y de allí esta denuncia penal”.
Para el fiscal federal, el no haber dado de baja a los titulares del programa social con incompatibilidades “existió claramente una inobservancia de estas conclusiones, ya que con posterioridad a conocer el informe de la AFIP enviado con fecha 24 de octubre del año en curso, la Ministra Victoria Tolosa Paz requirió nuevamente una información complementaria de ese organismo, ya con otros conceptos distintos de los originales”. En este caso se realizaron menos preguntas, con otros criterios y con un padrón más chico.
No conforme con eso, y lejos de realizar un reempadronamiento el fiscal determinó que la ex diputada nacional “ya en conocimiento de dos informes de la AFIP que ponían en su conocimiento inconsistencias en los planes “Potenciar Trabajo” otorgados, la Ministra hizo un nuevo pedido al organismo fiscal ampliatorio del anterior -con fecha 17 de noviembre de 2022-, esta vez consultando solo por cuatro items, que fue respondido por AFIP, haciendo saber la normativa de la cual surgía el carácter secreto y consecuente obligación de reserva de la información económica-patrimonial contenida en las declaraciones juradas , manifestaciones e informes de naturaleza impositiva presentadas ante el Organismo, detallando que el pedido efectuado no se encontraba incluido dentro de las excepciones al secreto fiscal”.
En esta oportunidad, destaca el fiscal en su denuncia contra Tolosa Paz y Pérsico, la AFIP le respondió que “en relación a los atributos -por los datos- solicitados en su mayoría resultaban de acceso público”.
Sobre el final de la presentación penal, el fiscal Marijuán remarcó: “Cabe destacar asimismo, que en los informes realizados por la AFIP se señaló que había personas fallecidas, en relación de dependencia, o con beneficios jubilatorios, con bienes personales declarados y/o declaraciones juradas presentadas por su condición de contribuyentes alcanzados impositivamente, con bienes y/o vehículos – motos y autos-, así como con intervención en el mercado de cambios. Esto inexorablemente debía derivar en una actividad directa y concreta hacia la suspensión de estos planes, para evitar el perjuicio que mes a mes importa pagar un Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local – “Potenciar Trabajo” para alguien que es incompatible con la ley que lo establece y reglamenta”.
Tolosa Paz recién solicito al Juez Federal Julián Ercolini que releve a la AFIP del secreto fiscal el lunes pasado, una vez que Marijuán avanzó en su Investigación Preliminar: ya había tomado declaración testimonial a Castagneto; había citado a Manzur y había escuchado las testimoniales de los responsables que administran el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) que coordina el intercambio de información de personas físicas y jurídicas entre organismos públicos nacionales y provinciales.
Según las normas vigentes, Desarrollo Social no debe liberar los haberes del Potenciar Trabajo a sus titulares hasta que el SINTyS informe que no hay incompatibilidades. Las incompatibilidades las determina Desarrollo Social, a través de la resolución 121/2020.

Por eso, al declarar ante Marijuán, Castagneto explicó que, para elaborar sus informes: “La AFIP utilizó las bases de datos que tiene para responder los informes, pero siempre respetando el secreto fiscal. Estos informes contestaron los puntos que fueron requeridos con datos estadísticos, no reflejan una opinión al respecto”.
Ante otra pregunta del fiscal, el funcionario también dejó en claro que: “La AFIP declara datos estadísticos, no declara irregularidades, no somos un ente ejecutor ni definidor de estas políticas públicas”. Como Manzur, también dejó en claro que esa era tarea de Tolosa Paz y, para mayor precisión subrayó: “No somos nosotros los que tenemos que decir si alguien está cometiendo una irregularidad. La AFIP no es organismo ejecutor ni de aplicación de los planes Potenciar Trabajo”.

Estas son algunas de las razones por las que el fiscal federal está convencido de Victoria Tolosa Paz “se apartó de su responsabilidad” razón por la cual la denunciará a ella y a los responsables del Potenciar Trabajo por presunto “mal desempeño de funcionario público”.
la denuncia penal de Guillermo Marijuán será sorteada por Cámara Federal, y la responsabilidad de imputar algún delito a Tolosa Paz y/o otros funcionarios recaerá en un magistrado y un nuevo fiscal. Por conexidad, la causa también puede aterrizar en el juzgado de Julián Ercolini quien, junto al fiscal Eduardo Taiano ya investigan las presuntas irregularidades en la administración del programa Potenciar Trabajo denunciado por el diputado Wado Wolf y una segunda denuncia que también presentó Marijuán en el mismo sentido. La novedad, en este último caso, es que el fiscal la acusa a Tolosa Paz de haberse “apartado” de las normas, haber abusado de su autoridad, haber incumplido con sus deberes y malversar causales públicos. Los mismos cargos le imputo al secretario Emilio Pérsico quien además, es uno de los líderes del Movimiento Evita.

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Judiciales
Sebastián Casanello sobreseyó a Cristina Kirchner por falta de acusadores en la causa de la ruta del dinero
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2 días agoon
6 junio, 2023By
Maru Valle
El juez federal Sebastián Casanello decretó hoy el sobreseimiento de Cristina Kirchner en la causa conocida como “la ruta del dinero k” porque ya no quedan acusadores que sostengan que debe ser investigada en este caso, en el que Lázaro Báez fue condenado a diez años de prisión por lavado de activos.
“Sin acusación no hay proceso penal posible”, advirtió el juez, que fundó su decisión en el pedido de sobreseimiento de la vicepresidenta presentado por el fiscal del caso, Guillermo Marijuan, al que adhirieron, el viernes pasado, los dos organismos estatales que intervienen como querellantes en este expediente: la Unidad de Información Financiera (UIF) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Casanello explicó que él no podía “ir más allá” de lo pedido por quienes ejercen el rol de acusadores ni “suplir la misión punitiva del Estado” porque, tal como lo advirtió la Corte, hacer lo contrario atentaría contra la garantía constitucional del debido proceso. Con una cita al máximo tribunal, el juez recordó que esa garantía exige que quien acuse sea “un tercero diferente de quien ha de juzgar”.
Como ni Marijuan ni la UIF ni la AFIP apelarán, Cristina Kirchner puede contar con que el fallo de Casanello quedará firme.
La única opción para no disponer el sobreseimiento hubiera sido que el juez decretara que el dictamen del fiscal no cumplía los requisitos de “razonabilidad y legalidad” y lo anulara -algo muy inusual, advierten en Comodoro Py-, pero Casanello dijo que esos requisitos “se hayan satisfechos toda vez que la fiscalía ha arribado a una de las soluciones previstas en el ordenamiento legal a través de un razonamiento lógico derivado del examen de las constancias que obran en el expediente”.
El viernes, después de que se conoció la posición de los dos organismos gubernamentales en apoyo al pedido por el fiscal, se presentó en la causa la Asociación Civil Bases. Solicitó ser aceptada como querellante (es decir, como particular damnificada por el caso) y que se anulara el dictamen del fiscal. Hoy, en otro fallo, Casanello declaró “inadmisible” ese pedido.
Lo mismo había hecho cuando intentaron entrar en la causa, también como querellantes, Margarita Stolbizer -que fue denunciante en este expediente- y la Fundación por la Paz y el Cambio Climático. Pero en el caso de Bases, el juez consideró que además de no ser “particularmente ofendida”, su presentación no había cumplido con los requisitos formales ni con los de “oportunidad”, dado que se presentó el viernes, después de diez años de investigación, con un “objetivo puntual”: que el caso no se cerrara. El juez recordó que, según dijo la Cámara Federal, no se puede admitir la “aparición repentina” de alguien que pretende ser aceptado como querellante una vez que la defensa se quedó sin contraparte.
La vinculación de Cristina
La investigación contra Cristina Kirchner era un tramo residual de la causa que tenía a Báez como principal acusado y que había sido elevada a juicio por Casanello, casi en su totalidad, en 2017. Originalmente ella no estaba entre los investigados. La imputó Marijuan en 2016, cuando la causa estaba ya avanzada, y la indagatoria fue pedida por la UIF durante la gobierno de Mauricio Macri.
En aquel momento, el motivo de Marijuan para imputarla fue la declaración como arrepentido de Leonardo Fariña. Ahora, Marijuan dice que no consiguió pruebas que sustenten aquella acusación inicial y que aunque acaban de incorporarse a la causa centenares de contactos entre Cristina Kirchner y Báez, eso no es prueba suficiente para hacerla responsable de un hecho concreto de lavado de dinero. La UIF, en tanto, cambió su conducción con el cambio de gobierno. Antes sostenía que Cristina Kirchner debía ser investigada en este caso como dueña en las sombras del dinero de Báez; ahora, se plegó al pedido de sobreseimiento.
Conocida como “la ruta del dinero k”, esta fue la primera gran investigación de lavado de dinero de los tribunales de Comodoro Py. Hace dos años, el Tribunal Oral Federal 4 condenó a Báez con una sentencia emblemática, que incluyó multas y decomisos sin precedentes, y que fue confirmada, en lo troncal, por la Cámara de Casación, que redujo de doce a diez años la pena de prisión del empresario patagónico
Los fundamentos
Casanello dispuso el sobreseimiento de Cristina Kirchner en un fallo, de tres páginas, en el que recordó que Marijuan, después de recibir un informe sobre los contactos entre Báez y la vicepresidenta, y “tras considerar agotadas las medidas de prueba”, dio un cierre a la investigación que había sido “abierta hace siete años” y que buscaba “dilucidar si la exmandataria había participado de las operaciones de lavado de dinero atribuidas en esta causa a Lázaro Báez y su entorno”. El juez relató que “frente a la solicitud del fiscal, fueron consultadas las dos querellas -UIF y AFIP-” y que “ambas agencias compartieron la solución postulada”.
“El juicio previo es una garantía de naturaleza constitucional (art. 18 de la CN). Entre otras cosas, ella supone que a una condena solo puede llegarse a través de un debido proceso que respete sus formas sustanciales, es decir, la existencia de acusación, defensa, prueba y sentencia. Sin acusación no hay proceso penal posible”, dijo Casanello, que destacó: “El juez encuentra limitada su jurisdicción a conocer y decidir un caso dentro del marco y con los alcances planteados por las partes”.
La relación Kirchner-Báez
Las relaciones comerciales entre Cristina Kirchner y Báez fueron investigadas en el caso Hotesur-Los Sauces, hoy cerrado y a la espera de que la Cámara de Casación defina si lo reabre. La vicepresidenta y el empresario fueron condenados, además, por estafa al Estado en la causa Vialidad. En el caso que tiene Casanello lo que se investigó, en cambio, fue cómo lavó Báez dinero que obtuvo de forma ilegal. Según Marijuan, la UIF y la AFIP, no hay pruebas para sostener que Cristina Kirchner haya intervenido en esas operaciones de Báez y su entorno.
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La respuesta a Bases
En un fallo que se conoció en simultáneo con el sobreseimiento, el juez declaró “inadmisible” el planteo del viernes pasado de la Asociación Civil Bases, agrupación que declara entre sus objetivos “colaborar en la construcción de institucionalidad de los Estados” y que estuvo presidida por Jimena de la Torre, actual consejera de la Magistratura por los abogados, cercana a Pro.
Casanello dijo que la presentación de esta agrupación tiene “una serie de deficiencias” que la hacen inadmisible desde lo formal (le falta un poder y el acta de la asamblea que “exprese válidamente la voluntad” de Bases de presentarse como querellante), pero dijo que más allá de estos “impedimentos en cuando a la forma”, tiene impedimentos “en cuanto a la oportunidad” y “en cuanto al derecho”.
El juez sostuvo que “la singularidad del planteo reside en que acontece a más de diez años de iniciado el trámite, en un momento donde el proceso ha quedado sin acusador y con un objetivo puntual: solicitar la nulidad del último dictamen fiscal”. Para Casanello, esta demora “conspira contra la demostración de la calidad de ofendida” -requisito central para ser admitida como querellante- y “en todo caso exhibe como real motivación un profundo desacuerdo con una posición concreta asumida por el Ministerio Público y que tomara trascendencia pública”.
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El juez recordó que la Cámara Federal tiene dicho que aceptar a un querellante así, dejaría al acusado “atrapado en una situación de incertidumbre ante la eventualidad de que quien no lo persiguió, intente hacerlo ante el desinterés de quien lo hizo primariamente”.
Para el juez, Bases fracasa también “en orden al derecho que invoca”. Casanello advirtió que la ley le reconoce la facultad de intervenir en las causas a las víctimas e incluso a asociaciones “cuando se investiguen crímenes de lesa humanidad o graves violaciones a los derechos humanos” siempre que esas agrupaciones estén registradas conforme a la ley y con estatutos vinculados con la defensa de los derechos que se consideran violados.
“La condición que habilita la legitimación activa en el proceso penal -persona particularmente ofendida- es propia de quien, de modo especial, singular, individual y directo se presenta afectada por el daño o peligro que el delito comporte”, dijo el juez, que sostuvo que en el caso de Bases -como pasó con la Fundación por la Paz y con Stolbizer, a quien el magistrado le reconoció “sus aportes” a la investigación-, “no se encuentra presente aquel plus respecto al común que la posicione como particularmente ofendida -y afectada de modo especial e individual- por los hechos investigados en este expediente”.
El juez dijo, además: “Es de esperar que una asociación que tiene entre sus fines la defensa de los principios consagrados en nuestra Constitución comprenda que en un estado constitucional de derecho la Justicia solo puede alcanzarse a través del cumplimiento de la ley”.
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Judiciales
El fiscal Guillermo Marijuán pidió el sobreseimiento de Cristina Kirchner en “La ruta del dinero K”
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2 semanas agoon
25 mayo, 2023By
Maru Valle
El fiscal Guillermo Marijuán solicitó al juez Sebastián Casanello que sobresea a Cristina Kirchner en la investigación por lavado de dinero en la que ya fue condenado Lázaro Báez.
El caso, conocido como La ruta del dinero K, comenzó en abril de 2013. Una parte fue objeto de un juicio oral y público en el que el ex bancario devenido en empresario de la construcción y millonario luego de que su amigo Néstor Kirchner llegara a la presidencia fue condenado por el Tribunal Oral Federal 4 a 12 años de prisión.
La Sala IV de Cámara Federal de Casación Penal redujo en febrero pasado la condena de Báez a diez años de prisión. Y con ello confirmó la existencia de una estructura de lavado que sacó dinero negro del país para transformarlo en lícito. La suma por la que Báez fue condenado es de 65 millones de dólares.
En un remanente de la causa que no se había elevado a juicio oral, la Vicepresidenta había sido indagada y el juez Casanello le había dictado la falta de mérito. El fiscal Marijuán pidió una serie de medidas de prueba y luego del resultado decidió solicitar el sobreseimiento de quien fuera presidente de la Nación entre 2007 y 2015.
Es decir, sostuvo que la operación de lavado de dinero que organizó Báez existió, pero que Cristina Kirchner no estuvo involucrada. Para Marijuán no quedan dudas de la estrecha relación entre la ex mandataria y Báez. Enumeró las operaciones comerciales -negocios- que realizaron ambos y se refirió a algo que se demostró en la causa: la existencia de decenas de llamados entre ambos. El fiscal señaló que a partir de un cruce telefónico ordenado en la causa se determinó que hubo “372 comunicaciones” entre Báez y Cristina Fernández de Kirchner (y sus colaboradores cercanos) entre octubre de 2010 y abril de 2013.
La ex presidenta había sido imputada en el caso luego de la declaración como arrepentido de Leonardo Fariña, quien confesó haber lavado dinero para Báez. Y sitió temporalmente esas operaciones luego de la muerte de Néstor Kirchner, sucedida el 27 de octubre de 2010. En un tramo de la declaración, Fariña había dicho: “…Me llama Lázaro que vaya a Carabelas -donde estaban las oficinas de Austral Construcciones la empresa madre del grupo Báez-, voy a Carabelas, me atiende solo y me dice que había venido de hablar con la jefa, que es Cristina Kirchner y que le había preguntado si él estaba sacando dinero al exterior porque desde la embajada de Estados Unidos le habían comunicado eso. A lo cual, él me dice que le responde que de ninguna manera, pero me dice que seamos más prudentes con los movimientos…”.

“La realidad es que, a diferencia de otros empresarios, más allá del negocio que tenía en común Néstor Kirchner con Lázaro Báez, Lázaro guardaba parte del dinero de Néstor Kirchner proveniente de los negocios y cuando Néstor muere, Cristina no estaba al tanto de todo lo que Báez tenía. Esto me lo contó Lázaro Báez a mí, como se lo contaba a un montón de personas. Por este motivo, los primeros movimientos de dinero al exterior se hicieron posteriores y muy cercanos a la muerte de Néstor Kirchner. Porque ella junto con su hijo fueron golpeando a los empresarios más emblemáticos amigos del marido reclamando lo que teóricamente era de él, y ahí es donde viene el cortocircuito entre Lázaro Báez y Cristina Kirchner”, había declarado Fariña, quien también fue condenado en el juicio oral y público.
A partir de aquella declaración y de datos aportados al expediente tanto de la Unidad de Información Financiera (UIF) como de la Oficina Anticorrupción (OA), pidieron como querellantes -durante el gobierno de Mauricio Macri– la indagatoria de Cristina Kirchner. Marijuán, en tanto, también había pedido la indagatoria. El juez Casanello había rechazado estos pedidos. Fue la Sala II de la Cámara Federal porteña la que ordenó la indagatoria de la titular del Senado. En septiembre de 2018, la ex presidenta fue indagada y negó los cargos en su contra. En noviembre de 2018, el juez le dictó la falta de mérito y ordenó varas medidas de prueba. Y Marijuán solicitó otras -entre las que se halla el cruce de llamados- que se produjeron.
El fiscal se refirió también a la condena que recayó sobre Cristina Kirchner y Báez -entre otros- por la adjudicación amañada de obra publica vial a las empresas constructoras del empresario. La ex jefa de Estado fue condenada por el delito de administración fraudulenta a la pena de seis años de prisión por el Tribunal Oral Federal 2. La sentencia fue apelada.
En su dictamen, al que accedió Infobae, Marijuán señaló: “Claramente, esta sentencia ratifica que el dinero ilícito de Lázaro Antonio Báez provenía mayoritariamente de la asignación irregular de obra pública con la que fue beneficiado por los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner”.

Fue entonces cuando el fiscal criticó el fallo dictado por dos jueces de Casación al momento de revisar la condena de Báez y el resto de los imputados en el caso de lavado de dinero: “Frente a ello, el voto mayoritario de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal en la resolución que analizaré en adelante, que no hace más que centrar la escena en la actividad ilícita en cabeza de Lázaro Báez y la evasión fiscal de su ‘patrimonio’, obviando el nexo del lavado de dinero con la obra pública vial, resulta a todas luces desacertado. Ello por cuanto, si bien la evasión fiscal también ha sido sostenida por el suscripto como delito precedente de las conductas de lavado de Báez, anular como tal a la asignación irregular de obra pública, es esconder una realidad innegable”.
Sobre aquel fallo de febrero, Marijuán sostuvo: “En efecto, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, el pasado 28 de febrero del año en curso, sentenció confirmar las condenas de Lázaro Báez y la mayoría del resto de los implicados. Sin embargo, estableció como delito precedente ya no la adjudicación irregular de obra pública direccionada sino la evasión fiscal. Esta particular y desafortunada consideración del delito precedente que sostiene la postura mayoritaria de la Sala IV -Dres. Mariano Borinsky y Angela Ledesma-, que no es compartida por el Dr. Javier Carbajo que insiste y reproduce los fundamentos que hubo de brindar el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 4 en la condena de todas estas personas, desde mi punto de vista también influye directamente en la desvinculación de Cristina Fernández en esta causa. Ello pues, si se considera que la descomunal masa de dinero que Lázaro Báez lavaba con la compleja maniobra de ‘exportar’ millones de divisas reingresándolas al país como una inversión, así como la compra de innumerables muebles e inmuebles, proviene sólo de la evasión fiscal y no de la asignación irregular de la obra pública direccionada a su favor, se aleja el centro de la escena delictual del poder político de esta causa de lavado de dinero aunque no influya en las consideraciones y fundamentos que se efectuaron en punto al fraude contra el Estado Nacional en la condena dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nro. 2″.
Para Marijuán los “desafortunados votos” de Borinsky y Ledesma respecto del delito precedente al lavado, le hicieron replantear las medidas de prueba que pidió y el fondo de la situación.
El fiscal resumió la situación del caso en en su dictamen: “A modo de conclusión, reiterando algunos conceptos, vemos que desde las manifestaciones del imputado colaborador Leonardo Fariña se han reunido pruebas que, incuestionablemente, sostuvieron el estado de sospecha que llevo a la indagatoria de Cristina Elisabet Fernández. Sin embargo, el innegable vínculo con Lázaro Báez junto con quien se encuentra condenada ante este fuero federal, por sí sólo no permite avanzar en su procesamiento y menos aún en un juicio oral con la consiguiente elevación a un tribunal colegiado de esto obrados para, de esta forma, debatir si la nombrada ha sido instigadora, coautora o partícipe de la maniobra de lavado de dinero que se investiga en autos”.
Y agregó: “También como afirmé, el sobreseimiento que en esta ocasión propicio respecto de la ex presidenta, en nada conmueve otras situaciones procesales en expedientes en trámite. Es más, hay pruebas ahora colectadas a instancias del suscripto que demuestran un vínculo que va más allá de una relación de amistad o conocimiento entre Lázaro Antonio Báez y Cristina Elisabet Fernández. En esto deseo destacar, aun cuando quede comprendido por el propio estado de sospecha establecido en esta pesquisa, que las visitas de Lázaro Báez a Cristina Fernández en la Quinta de Olivos y la circunstancia que la contactara telefónicamente de manera directa o por sus secretarios privados en más de 300 oportunidades, son una prueba cabal sobre estos aspectos que, indudablemente, deberán confrontarse con otros sucesos críticos o momentos consumativos en otras investigaciones”.

El fiscal resaltó lo sucedido en algunas fechas específicas: “En particular y estas pruebas en concreto, hay algunas que me llaman la atención. Así tenemos, como dije, que el día 2 de diciembre de 2010 Lázaro Báez concurrió a la Residencia Presidencial de Olivos donde residía Cristina Fernández. También se encuentra probado que con fecha 20 de diciembre de 2010, el nombrado recibió una llamada telefónica de un abonado correspondiente a la Residencia de Olivos. Ambos eventos, por el momento en que acontecen, coinciden con la ubicación temporal brindada por Fariña cuando afirmó que la ex Presidenta Cristina Fernández le dijo a Lázaro Báez que tenía conocimiento sobre el movimiento de fondos al exterior. Estos datos concretos de la visita a Olivos y del llamado telefónico recibido, ahora reconstruidos probatoriamente, vienen a sostener la afirmación de Leonardo Fariña pero, con ello también, se revitaliza el aspecto que agregó el imputado colaborador en cuanto a que Lázaro Báez le negó a Cristina Fernández todo aquello que tenía que ver con el movimiento al exterior de las divisas con el que se perpetraba parte del lavado de dinero”.
“En suma, -señaló Marijuán- la prueba de los eventos señalados -llamada telefónica y visita a Olivos- acerca a la cuestión del lavado de dinero a Cristina Fernández al sostener la versión de Fariña pero, de algún modo, la aleja y no logra responsabilizarla penalmente. Aun soslayando o dejando por un momento de lado el anterior razonamiento o conclusión, podríamos dar otro enfoque a la cuestión y preguntarnos por qué Cristina Elisabet Fernández se interesó en esos montos de dinero que se sacaban por Lázaro Báez y otras personas del país. Así, teniendo en cuenta la condena por fraude al Estado Nacional con la adjudicación irregular de obra pública – causa “Vialidad”- podría pensarse como una hipótesis que Cristina Fernández le preguntaba a Lázaro Báez por la exportación de divisas ya que podría haber estado interesada en el producto o destino del dinero obtenido por aquel fraude. Aun así, en esta hipótesis, tampoco el interrogatorio de Cristina Fernández a Lázaro Báez me permite situarla en el lavado de dinero que es el objeto de este proceso con la fuerza probatoria que vaya más allá de una sospecha. Todo ello claro está, sin perjuicio de otras valoraciones que puedan hacerse en otros procesos de las innumerables comunicaciones telefónicas, así como de las visitas personales a la ex presidenta”. Fue por ello que pidió el sobreseimiento.
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Ataque a Cristina Kirchner: la jueza rechazó secuestrar el celular de Gerardo Milman por no estar imputado
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3 semanas agoon
15 mayo, 2023By
Ruben Muñoz

Por Patricia Blanco

La causa por el atentado a la vicepresidenta Cristina Kirchner deberá definir en los próximos días si se manda a juicio a los tres detenidos por el intento de homicidio. Pero mientras tanto, la discusión por estas horas pasa por el avance de la llamada pista Casablanca, abierta desde que un asesor legislativo del Frente de Todos dijo 20 días después del atentado que oyó al diputado Gerardo Milman decir 48 horas antes del hecho “cuando la maten yo estoy camino a la costa”. Y ahora la novedad pasa porque el fiscal federal Carlos Rívolo solicitó el secuestro del celular del allegado a Patricia Bullrich luego de una nueva declaración de una asesora del diputado que contó cómo le habían borrado el teléfono. La jueza María Eugenia Capuchetti, sin embargo, le dijo que no: aseguró que en base a la propia postura del Ministerio Público Milman no está imputado, que hay un criterio restrictivo para investigar las comunicaciones de legisladores y que para secuestrarle el teléfono se necesitaría un proceso de desafuero.
“Por todo lo expuesto, no ha lugar a la medida de secuestro del celular del Diputado Nacional Gerardo Milman”, sostuvo Capuchetti en la resolución a la que accedió Infobae, luego de de enumerar que “los datos objetivos incorporados con la nueva declaración de la testigo solo ahondan en sus inconsistencias relativas a los detalles del borrado del teléfono, circunstancia ya conocida en autos y valorada por el Ministerio Público Fiscal (MPF) oportunamente, sin que se brinden nuevos datos relativos a los hechos aquí investigados”.
Según la jueza, “el cuadro probatorio con el que se cuenta no permite superar los tamices de necesidad, adecuación y proporcionalidad demarcados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que operan como principios rectores para decidir sobre la procedencia de una injerencia del tenor de las solicitadas”.
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Pero, además, la magistrada reseñó que para hacer lugar al secuestro del teléfono de un diputado o “toda otra diligencia relativa a sus ‘comunicaciones’, como ser obtener el registro de llamadas entrantes y salientes, deberá efectuarse mediante una solicitud formulada ante la comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados por la posible comisión de un ilícito penal en cabeza del legislador”.
“Imputación que tampoco surge del dictamen del MPF, que en su última intervención razonó: ‘hasta aquí el nombrado no reviste en estos actuados la calidad de imputado’”, agregó.

Según indicaron a Infobae fuentes judiciales, Milman quiso acceder a la causa cuando el expediente en los últimos días y esa fue la respuesta que rechazó su pedido.
Todo esto se conoció ahora, cuando en la causa se levantó el secreto de sumario que se había impuesto el lunes pasado a raíz de la declaración de Ivana Bohdziewicz, una de las secretarias del diputado Gerardo Milman, que reapareció en la causa para confirmar que había borrado su teléfono porque no quería que se filtraran sus fotos íntimas y que para ello se había asesorado. Bohdziewicz afirmó que su amiga y compañera de trabajo Carolina Gómez Mónaco la llevó hasta una oficina de la precandidata a presidenta de Juntos por el Cambio Patricia Bullrich, en donde estaban Milman y un perito, para realizar el borrado del contenido del teléfono. Y detalló que su amiga tenía otro teléfono. En base a eso, y tal como reveló Infobae la semana pasada, la Policía de Seguridad Aeroportuaria secuestró ese segundo equipo en un procedimiento que se hizo a metros del obelisco en la noche del miércoles.
En base a eso, el fiscal solicitó una serie de medidas de prueba: reclamó analizar las comunicaciones del segundo teléfono de Gómez Mónaco, proceder al secuestro del teléfono de Milman y entrecruzar las comunicaciones entre los cuatro imputados hasta ahora (los detenidos Fernando Sabag Montiel, Brenda Uliarte y Nicolás Carrizo y la joven Agustina Díaz) y las de la Milman y sus dos asesoras.
“En virtud de lo declarado, y teniendo en cuenta que existía la sospecha de que el Diputado Nacional Milman podría haber convocado a sus colaboradoras con el objeto de borrar o intentar borrar información que podría ser de interés para la presente investigación, era que correspondía incoar la medida de secuestro” de su celular, señaló la fiscalía.
Abordada la cuestión, la jueza solo habilitó el análisis del teléfono de Gómez Mónaco. Según escribió, el foco debe estar puesto en “las conversaciones y/o material digital orientado a la comprobación de la existencia de cualquier mención a los dichos que, según el testigo Jorge A. Abello, habría proferido el Diputado Nacional, Gerardo Milman, el pasado 30/08/22 en el restaurante Casablanca y/o cualquier mención o texto que pueda vincularse al atentado contra la Vicepresidenta de la Nación, acontecido el 1° de septiembre de 2022″. El análisis debe ser sobre comunicaciones entre el 01/07/22 y el 01/12/22, no hasta ahora como pedía la fiscalía. Y “con restricción de absoluta reserva de toda aquella información que no guarde estricta relación con el caso”
Para Capuchetti, “si la hipótesis del acusador público para secuestrar el teléfono de Gómez Mónaco fue que dicho dispositivo sería aquel que, en ocasión de los eventos narrados por Bohdziewicz, fue suplantado por los aparatos que luego aquella aportó voluntariamente a la instrucción, nada conduce a apartarse del marco temporal oportunamente fijado por la Alzada y resultaría irrazonable pesquisar los cinco meses de intervalo hasta el 10/05/23″. Sobre los entrecruzamientos, la jueza entendió que Rívolo ya contaba con el material de entradas y salientes de lo cuatro acusados durante el período solicitado para realizar un cotejo inicial.

En su resolución, la jueza subrayó las diferentes versiones dadas por Ivana Bohdziewicz, que incluso llevaron a la querella a pedirle la indagatoria cuando apareció en sus teléfonos el mensaje “Día Festivo” el 1 de septiembre de 2022, sin advertir que esa es la forma en la que el calendario de Google registra un feriado no catalogado y que el equipo tenía sincronizado un huso horario que no era de Argentina. El 2 de septiembre el Ejecutivo decretó feriado nacional por la gravedad del intento de homicidio que había tenido lugar en la noche del 1 de septiembre, cuando Sabag Montiel gatilló, sin que el tiro saliera, en la cara de la vicepresidenta en la puerta de su casa. También cuando se encontró una charla que decía “chicas borren todo” de un grupo de Whatsapp de la oficina, días antes del atentado.
La jueza resaltó que en todas sus versiones la joven aseguró que no habló del atentado y que anteriormente subrayó que el teléfono se había borrado por su propia decisión. Subrayó que tampoco surgió nada del análisis de los celulares hechos por la DATIP y la PSA. “Si el MPF entiende pertinente avanzar en la producción de nuevas medidas de prueba relativas a los extremos traídos a estudio, deberá avanzar de forma progresiva ‘optando siempre por la alternativa que resulte menos lesiva para las garantías constitucionales en juego’, en tanto esta judicatura no habrá de modificar el criterio sostenido al respecto, por cuanto medidas como las postuladas deberán ser llevadas a cabo como ultima ratio, en tanto acarrea una intromisión al ámbito de la privacidad de personas no imputadas en autos”, agregó.
Habrá que ver ahora cuáles son los próximos pasos de la causa. Se descuenta que la querella cuestionará la decisión. Sobre todo teniendo en cuenta que el capítulo Milman y las declaraciones de las asesoras fue lo que llevó a la vicepresidenta a avanzar en un camino de recusaciones y denuncias sobre la magistrada. En las próximas horas vencerán las prórrogas otorgadas a la querella para pronunciarse sobre si los detenidos deben ir a juicio. En distintas apariciones púbicas, los abogados ya dejaron ver que se opondrán.
FOTO TAPA vnnespanol.cnn.co,
FUENTE INFOBAE
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