Judiciales
Causa Potenciar Trabajo: el fiscal Marijuán denunció a la ministra Tolosa Paz por incumplimiento de los deberes de funcionario público
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10 meses agoon
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Ruben Muñoz
El fiscal Guillermo Marijuán presentó una denuncia penal contra la ministra de Desarrollo Social, Victoria Tolosa Paz, y el secretario de Economía Social, Emilio Pérsico, por los presuntos delito de “Abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público y malversación de caudales públicos”. Les reprocha no haber dado de baja a los 253.184 beneficiarios del programa Potenciar Trabajo que habrían cobrado ese beneficio de manera irregular por tener alguna “incompatibilidad”, según el informe que el 24 de octubre envió la AFIP a la cartera que conduce la ex diputada nacional y que fue solicitado por su antecesor Juan Zabaleta.
El fiscal federal abrió una investigación preliminar después de que Infobae publicara el contenido de ese informe. Además solicitó que varios funcionarios declaren en calidad de testigos: primero fue el titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Carlos Castagneto, quien ratificó los informes elaborados por el organismo. Explicó que los contenidos son “estadísticos” y no nominales por el “secreto fiscal” al que está impuesto el organismo recaudador; y precisó que solo un juez puede levantarlo de ese impedimento.
La aclaración era por las críticas públicas que había realizado la ex diputada nacional. Aun conociendo la legislación -es contadora-, en conferencia de prensa dijo que la AFIP no había proporcionado la identidad de los titulares del plan social que, por ejemplo, tenían autos con menos de un año de antigüedad, había comprado dólares y disfrutaban de más de una propiedad. Todas incompatibilidades manifiestas.
El miércoles fue el turno de Juan Manzur, el jefe de Gabinete., quien declaró por escrito: respondió 11 preguntas y deslindó responsabilidades en Tolosa Paz.
Manzur aclaró que, si bien conocía el contenido del trabajo de la AFIP sobre el listado de titulares del Potencial Trabajo, más de 1.300.000, y “los requisitos” para ser excluidos del programa, respondió: “De lo que aquí interesa en la relación a la aplicación y/o ejecución de cada individuo que se inscribe en el ‘Potenciar Trabajo’, como así también la aprobación de su incorporación al mismo, son potestad de la autoridad de aplicación, a través de la ejecución de los planes, programas y proyectos”.
La “autoridad de aplicación” es el ministerio de Desarrollo Social al frente del cual está, desde el 13 de octubre, Tolosa Paz. La precedieron en el cargo Daniel Arroyo, y Juan Zabaleta.

Dentro de esa cartera, el Programa Potenciar Trabajo funciona bajo la orbita de la Secretaría de Desarrollo Social comandada por Emilio Pérsico, uno de los líderes del Movimiento Evita. El dirigente social administrará en 2023 -como lo hace ahora- fondos multimillonarios. En total, $594.285.915.597; un presupuesto más alto que el destinado a las políticas alimentarias, que es de $442.755.687.402; y casi la mitad de la partida presupuestaria que para el próximo año autorizó el Congreso para el ministerio de Tolosa Paz en un año electoral: $1.169.156.152.175, es decir más de un billón de pesos.
Los fundamentos de la denuncia penal
“Vengo por la presente a efectuar formal denuncia contra la actual Ministra de Desarrollo Social de la Nación, Victoria Tolosa Paz y contra el Secretario a cargo de la Secretaría Economía Social de dicho organismo, Emilio Miguel Ángel Pérsico, por las conductas que encuadran en los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público y malversación de caudales públicos, previstos y reprimidos por los artículos 248 y 260 del Código Penal, ello conforme lo actuado en esta investigación que será referenciado en adelante”, comienza el escrito de 24 carillas presentado por el Fiscal Guillermo Marijuán y al que accedió de manera exclusiva Infobae.
Marijuán le reprocha a la ministra que, ante el informe de la AFIP no cumplió con su función de dar de bajas a esos titulares o al menos solicitar que se releve del secreto fiscal a la AFIP y así investigar si, efectivamente, esos beneficiarios recibían un subsidio del Estado fuera de las normas.
En ese trabajo, la AFIP había detectado, sobre un padrón de 1.382.279 beneficiarios, que “44.235 recibieron ingresos en los últimos seis meses (entre enero y junio pasado) mayores a dos veces el importe del salario mínimo vital y móvil”. Que “52.987 son propietarios de más de un inmueble, automotor, etc”. Que “63.211 registran gastos o consumos con tarjeta de crédito o débito o billetera mayor a dos veces el importe del salario mínimo vital y móvil y que “253.184 presentaron declaración jurada de bienes personales (no se aclara si son dueños de una moto o un auto de alta gama)” y que seguían empadronados hasta más de 2.800 personas fallecidas.

Marijuán entiende que: “Resulta evidente que a raíz de la labor solicitada por la anterior gestión a cargo del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación y también por la titular actual de ese organismo a la AFIP, se tomó conocimiento de esa situación, lo que debió derivar en una orden inmediata de la Ministra Victoria Tolosa Paz y de los funcionarios responsables, de suspensión y re empadronamiento de las personas que son beneficiarias del “Programa Potenciar Trabajo” y que resultaban observadas por la Administración Federal de Ingresos Públicos, no obstante lo cual la actitud fue muy distinta y de allí esta denuncia penal”.
Para el fiscal federal, el no haber dado de baja a los titulares del programa social con incompatibilidades “existió claramente una inobservancia de estas conclusiones, ya que con posterioridad a conocer el informe de la AFIP enviado con fecha 24 de octubre del año en curso, la Ministra Victoria Tolosa Paz requirió nuevamente una información complementaria de ese organismo, ya con otros conceptos distintos de los originales”. En este caso se realizaron menos preguntas, con otros criterios y con un padrón más chico.
No conforme con eso, y lejos de realizar un reempadronamiento el fiscal determinó que la ex diputada nacional “ya en conocimiento de dos informes de la AFIP que ponían en su conocimiento inconsistencias en los planes “Potenciar Trabajo” otorgados, la Ministra hizo un nuevo pedido al organismo fiscal ampliatorio del anterior -con fecha 17 de noviembre de 2022-, esta vez consultando solo por cuatro items, que fue respondido por AFIP, haciendo saber la normativa de la cual surgía el carácter secreto y consecuente obligación de reserva de la información económica-patrimonial contenida en las declaraciones juradas , manifestaciones e informes de naturaleza impositiva presentadas ante el Organismo, detallando que el pedido efectuado no se encontraba incluido dentro de las excepciones al secreto fiscal”.
En esta oportunidad, destaca el fiscal en su denuncia contra Tolosa Paz y Pérsico, la AFIP le respondió que “en relación a los atributos -por los datos- solicitados en su mayoría resultaban de acceso público”.
Sobre el final de la presentación penal, el fiscal Marijuán remarcó: “Cabe destacar asimismo, que en los informes realizados por la AFIP se señaló que había personas fallecidas, en relación de dependencia, o con beneficios jubilatorios, con bienes personales declarados y/o declaraciones juradas presentadas por su condición de contribuyentes alcanzados impositivamente, con bienes y/o vehículos – motos y autos-, así como con intervención en el mercado de cambios. Esto inexorablemente debía derivar en una actividad directa y concreta hacia la suspensión de estos planes, para evitar el perjuicio que mes a mes importa pagar un Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local – “Potenciar Trabajo” para alguien que es incompatible con la ley que lo establece y reglamenta”.
Tolosa Paz recién solicito al Juez Federal Julián Ercolini que releve a la AFIP del secreto fiscal el lunes pasado, una vez que Marijuán avanzó en su Investigación Preliminar: ya había tomado declaración testimonial a Castagneto; había citado a Manzur y había escuchado las testimoniales de los responsables que administran el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) que coordina el intercambio de información de personas físicas y jurídicas entre organismos públicos nacionales y provinciales.
Según las normas vigentes, Desarrollo Social no debe liberar los haberes del Potenciar Trabajo a sus titulares hasta que el SINTyS informe que no hay incompatibilidades. Las incompatibilidades las determina Desarrollo Social, a través de la resolución 121/2020.

Por eso, al declarar ante Marijuán, Castagneto explicó que, para elaborar sus informes: “La AFIP utilizó las bases de datos que tiene para responder los informes, pero siempre respetando el secreto fiscal. Estos informes contestaron los puntos que fueron requeridos con datos estadísticos, no reflejan una opinión al respecto”.
Ante otra pregunta del fiscal, el funcionario también dejó en claro que: “La AFIP declara datos estadísticos, no declara irregularidades, no somos un ente ejecutor ni definidor de estas políticas públicas”. Como Manzur, también dejó en claro que esa era tarea de Tolosa Paz y, para mayor precisión subrayó: “No somos nosotros los que tenemos que decir si alguien está cometiendo una irregularidad. La AFIP no es organismo ejecutor ni de aplicación de los planes Potenciar Trabajo”.

Estas son algunas de las razones por las que el fiscal federal está convencido de Victoria Tolosa Paz “se apartó de su responsabilidad” razón por la cual la denunciará a ella y a los responsables del Potenciar Trabajo por presunto “mal desempeño de funcionario público”.
la denuncia penal de Guillermo Marijuán será sorteada por Cámara Federal, y la responsabilidad de imputar algún delito a Tolosa Paz y/o otros funcionarios recaerá en un magistrado y un nuevo fiscal. Por conexidad, la causa también puede aterrizar en el juzgado de Julián Ercolini quien, junto al fiscal Eduardo Taiano ya investigan las presuntas irregularidades en la administración del programa Potenciar Trabajo denunciado por el diputado Wado Wolf y una segunda denuncia que también presentó Marijuán en el mismo sentido. La novedad, en este último caso, es que el fiscal la acusa a Tolosa Paz de haberse “apartado” de las normas, haber abusado de su autoridad, haber incumplido con sus deberes y malversar causales públicos. Los mismos cargos le imputo al secretario Emilio Pérsico quien además, es uno de los líderes del Movimiento Evita.

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Judiciales
Caso Maldonado: la Justicia sobreseyó a los gendarmes investigados por la muerte del artesano
Published
2 meses agoon
11 agosto, 2023By
Maru Valle
El juez federal de de Rawson, Guillermo Gustavo Lleral, sobreseyó a los cuatro gendarmes involucrados en la investigación por la desaparición durante 78 días y la posterior muerte del joven Santiago Maldonado, ocurrida el 1 de agosto de 2017 en Cushamen, Chubut, durante el desalojo de un corte de la ruta 40 por la comunidad mapuche de la zona.
En un fallo emitido este viernes, Lleral firmó el sobreseimiento total y definitivo de Emmanuel Echazú, oficial de la Gendarmería Nacional, en relación con el delito de desaparición forzada de persona. Y en un giro adicional, también liberó de culpa y cargo a los agentes Juan Pablo María Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Iván Ferreyra, todos de Gendarmería, en relación a varios delitos, incluyendo daño, abuso de autoridad y omisión de los deberes de funcionario público.
Tras el análisis de las pruebas el magistrado concluyó que no existen elementos que califiquen las acciones de los integrantes de la Gendarmería como delitos tipificados por la ley penal del país. Según su análisis, las acciones de la Gendarmería, incluyendo a los imputados Echazú, Escola, Ocampo y Ferreyra, estuvieron siempre ajustadas a la ley y que en aquel episodio actuaron por órdenes de la justicia, específicamente por el juez federal de Esquel, Guido Otranto, que luego fue corrido de la causa. Según Lleral ninguno de los agentes involucrados incumplió, inobservó ni abusó de sus deberes.
“La verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por última vez. Allí, él, sólo, sin que nadie lo notara, se hundió, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman había evitado caer cuando se propuso cruzar el río luego de animar a Santiago a realizarlo. En ese lugar, murió ahogado, sin que nadie pudiera advertirlo, sin que nadie pudiera socorrerlo. Ni los gendarmes que los perseguían en medio del operativo, ni los miembros de la comunidad a la que Santiago fue a apoyar en sus reclamos”, escribió el juez en su fallo, publicado a horas de unas nuevas elecciones nacionales. Lo mismo había hecho en 2017 con el informe preliminar de la autopsia: el cuerpo de Maldonado apareció el 17 de octubre de ese año, las elecciones eran el 23 y el informe forense se reportó 48 horas antes.

Basándose en las pruebas “colectadas y analizadas meticulosamente”, el Tribunal determinó que no se pudo identificar ninguna conducta humana típica ni antijurídica atribuible a cualquier miembro de la Gendarmería Nacional. Además, se descartó la posibilidad de que los mencionados gendarmes o cualquier otro efectivo que participó en el procedimiento policial pudiera ser acusado de abandono de persona en relación con Maldonado: no se encontraron pruebas que respaldaran tal acusación.
En un fallo de 344 páginas, Lleral concluyó que no existen conductas humanas que puedan ser consideradas como ilícitos penales en los eventos ocurridos el 31 de julio y 1 de agosto de 2017. Como resultado, se determinó que los hechos investigados no constituyen delito y, por lo tanto, se ordenó el sobreseimiento total y definitivo de los imputados.
En ese sentido, el magistrado describió las circunstancias en las que, según su investigación, murió Maldonado: “La desesperación, la adrenalina y la excitación naturalmente provocadas por la huída; la profundidad del pozo, el espeso ramaje y raíces cruzadas en el fondo; el agua fría, helada, humedeció su ropa y su calzado hasta llegar a su cuerpo. Esa sumatoria de incidencias contribuyó a que se hundiera y a que le fuera imposible flotar, a que ni siquiera pudiera emerger para tomar alguna bocanada de oxígeno. Por la confluencia de esas simples y naturales realidades, inevitables en ese preciso y fatídico instante de soledad, sus funciones vitales esenciales se paralizaron”.
Lleral explicó que allí, sumergido en las aguas heladas del Chubut, quedó durante 78 días el cuerpo sin vida de Santiago. “Allí quedó su cuerpo atrapado, enganchado en el ramaje subacuático denso, que lo mantuvo inerte y oculto durante el tiempo necesario para que, luego de su descomposición natural interna, superara la presión y la fría temperatura del agua, hasta que se produjeran los cambios de clima”, escribió en el fallo.

Según el juez, Maldonado se hundió solo en un remanso del río y también emergió de la misma forma. “En ese sitio, una rama de los mismos sauces donde quedó atrapado, ofició de sostén, lo contuvo hasta que se lo avistara y finalmente, se lo retirara”, describió.
Lleral consideró que en torno a la muerte del joven artesano hubo una “especulación espuria”. Con pretensiones filosóficas, el juez subrogante del Tribunal 2 de Rawson escribió: “El ser humano no puede detener su mente y su fantasía cuando la sencillez lo alcanza. Negarse a ver la realidad es materializar lo absurdo y vivir en la mentira. En el mejor de los casos, es abrazar una quimera”.
Por eso para el magistrado “nadie forzó la desaparición de Santiago Andrés Maldonado”. En su sentencia indicó que “nadie resultó señalado, por la prueba que se colectó, como autor de aquella hipótesis delictiva. Nadie fue penalmente responsable de su muerte. Que los acontecimientos en el presente expediente se han sucedido tal como se acaba de reseñar. Así se ha podido dar con la verdad, el objetivo con el que se asumió el desafío de esta causa y que, pese a todo, nunca se perdió de vista, por más dolorosa y difícil de descubrir que ella fuera”.

En síntesis, para Lleral no existió delito: ni desaparición forzada, ni homicidio ni abandono de persona. Y en ese sentido, dispuso el cierre del expediente: “Al no advertirse la existencia de ninguna acción humana penalmente relevante que guarde estricta relación con esos sucesos, y con motivo de los Sobreseimientos Totales y Definitivos (SIC) que se ordenan, debo disponer el cierre concluyente y el consecuente archivo”.
Tras conocer la noticia, Sergio Maldonado —hermano de Santiago— publicó un breve hilo en Twitter. “¡Hoy queda demostrado que no hay justicia en Argentina! Desde un principio se garantizó la impunidad al verdadero poder”, indicó el hombre. “Se acaba de confirmar el pacto de impunidad para Patricia Bullrich y la Gendarmería nacional”, enfatizó en otro posteo y completó “Santiago siempre presente”.
Santiago Maldonado vivía en El Bolsón, donde hacía tatuajes y vendía artesanías. Con el afán de apoyar la causa de los mapuches en la zona de Cushamen y pedir la liberación del lonko Facundo Jones Huala, y a través de una mujer mapuche que él conocía, se acercó para apoyar el corte de ruta que comenzó el 31 de julio.

Durante la madrugada del día siguiente, varios escuadrones de Gendarmería iniciaron un desalojo contra los ocho hombres (siete de la comunidad mapuche más Maldonado) que cortaban la ruta. Los manifestantes abandonaron el camino apenas empezó a avanzar la tropa de Gendarmería. Saltaron la tranquera y se metieron en lo que ellos denominan su “territorio sagrado”.
Aunque la ruta ya estaba desalojada, Gendarmería entró a las tierras y comenzó una persecución a estos hombres, quienes corrieron hasta cruzar a nado el río Chubut. Todos sobrevivieron menos el joven tatuador.
Santiago estuvo desaparecido 78 días hasta que fue hallado el 17 de octubre después de que hubieran rastrillado en todo ese tiempo tres veces la zona, algo que para la familia Maldonado y su abogada Verónica Heredia, siempre fue un motivo de sospecha.
Infobae
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Judiciales
Atentado a Cristina Kirchner: la jueza descartó vínculos políticos y envió a juicio a los tres acusados
Published
4 meses agoon
12 junio, 2023By
Maru Valle
La jueza federal María Eugenia Capuchetti dispuso este lunes la elevación a juicio parcial de la causa por el intento de asesinato de Cristina Kirchner ocurrido el 1 de septiembre pasado, por el que están detenidos Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte, señalados como coautores de la tentativa de homicidio, y Nicolás Carrizo, supuesto jefe de ambos en la venta de copos de azúcar, acusado como partícipe secundario.
La jueza lo resolvió horas después de que el abogado Gastón Marano, defensor de Carrizo, avalara la elevación a juicio y antes de que Carlos Telledín, flamante abogado de Uliarte, pudiera hacer cualquier presentación en el expediente que pudiera demorar su elevación a debate oral.
Telleldín, que estuvo preso y luego fue absuelto por el caso AMIA, se hizo cargo de la defensa de Uliarte el viernes último después de que su anterior abogado, el defensor oficial Gustavo Kollman, avalara la elevación del caso a juicio oral y público.
“En función de todo lo analizado, y toda vez que las defensas de Sabag Montiel, Uliarte y Carrizo no se opusieron a la elevación a juicio ni dedujeron excepciones, declárese clausurada parcialmente la instrucción de la presente causa con relación a los nombrados y elévese al Tribunal Oral Federal que por sorteo resulte desinsaculado”, sostuvo la jueza Capuchetti en la resolución a la que accedió la agencia Télam.
Esta mañana, la defensa del detenido Gabriel Carrizo, procesado como partícipe secundario del intento de asesinato de la vicepresidenta, aceptó que la causa sea enviada a juicio ante la “privación de libertad” del acusado.
“Constreñido por la condición de privación de libertad de mi asistido que me impone procurar que no se demore el trámite de la causa con planteos dilatorios, solicito de V.S. se sirva disponer la clausura de esta etapa procesal y elevar el presente sumario a juicio oral a la máxima brevedad posible”, sostuvo el defensor Gastón Marano.
El abogado respondió así a la jueza del caso, María Eugenia Capuchetti, quien pidió opinión a las defensas de los tres detenidos por el intento de asesinato del 1 de septiembre pasado, Fernando Sabag Montiel, Brenda Uliarte y Carrizo.
Las defensas oficiales de los dos primeros ya habían respondido de manera afirmativa la semana pasada. Después de ello, Uliarte cambió de abogado y designó a un defensor particular, Carlos Telleldín.
Atentado a CFK: cómo sigue la causa
Con la respuesta de la defensa de Carrizo, el tercer detenido en la causa, la jueza concluyó la ronda de consultas y quedó en condiciones de resolver si da por cerrada esta parte de la investigación vinculada a los autores materiales del hecho y la envía a sorteo de un tribunal oral.
La fiscalía a cargo de Carlos Rívolo pidió la elevación parcial del caso a juicio al considerar que los tres están detenidos y que siga la investigación en pos de dilucidar si hubo autores intelectuales.
La querella de la Vicepresidenta, por su parte, reclamó más medidas de prueba antes de que el caso sea juzgado en relación a la posible participación del diputado del PRO Gerardo Milman o integrantes de la agrupación Revolución Federal. Sin embargo, aclaró de manera subsidiaria que si se envía a juicio un tramo de la causa, participará como parte acusadora.
Al responder a Capuchetti, la defensa de Carrizo advirtió que acepta el envío a juicio sin que ello “implique conformidad con la forma en que se ha requerido” y “en particular en lo tocante a la manera en que lo ha instrumentado la querella”.
También aclaró que el pedido de envío a juicio no implica “tampoco renuncia a interponer las excepciones y nulidades que en derecho correspondan, ni tampoco la renuncia a la producción de las pruebas útiles y solicitadas por esta parte pero no producidas en esta etapa”.
Carrizo es el líder del grupo de supuestos vendedores de copos de nieve para el que trabajaban los coautores del intento de magnicidio, el autor material del disparo Sabag Montiel y su novia Uliarte.
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Se viene el IV Congreso de la Magistratura y la Función Judicial
Published
4 meses agoon
12 junio, 2023By
Maru Valle
Mar del Plata será sede del IV Congreso de la Magistratura y la Función Judicial que se llevará a cabo los días 15 y 16 de junio.
Este Congreso es organizado por el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires (CMFBSAS)



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