Judiciales
Cuadernos: Casación puso en la mira a los arrepentidos, el corazón de la causa por la que está procesada Cristina Kirchner
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2 años agoon
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Ruben Muñoz
FOTO :Oscar Centeno, junto a su ex mujer Hilda
La llamada causa de los cuadernos, en la que la vicepresidenta Cristina Kirchner está acusada de haber comandado una asociación ilícita que recolectó coimas entre empresarios, desfila por una delgada cornisa. Un grupo de defensores reclamó la nulidad de todo el expediente, por la inconstitucionalidad de la ley del arrepentido y su aplicación directa en esta causa. Y ahora la Cámara Federal de Casación Penal decidió reclamar de manera “urgente” que le envíen el “soporte fílmico, digital y otro medio técnico en el cual se hayan registrado” las declaraciones de los arrepentidos. El dato no es menor: todos en Comodoro Py saben que esas grabaciones nunca existieron. Y hasta eso sirvió cuando a fin de año pasado el diputado Máximo Kirchner y el ministro del Interior, Eduardo “Wado” De Pedro, quedaron sobreseídos por el financiamiento de La Cámpora.
Los acuerdos entre el fiscal Carlos Stornelli y los 31 imputados-colaboradores, entre ex funcionarios y empresarios, que tuvo la causa de los cuadernos quedaron detallados por escrito. Tanto el fallecido juez Claudio Bonadio como la Cámara Federal porteña consideraron que el papel constituía un “medio técnico idóneo” suficiente. Pero las quejas de las defensas llegaron a la Sala I de la Cámara de Casación, que ahora decidió tratar el tema.
En una audiencia que tuvo lugar el jueves y a la que asistió Infobae, un grupo de defensores, entre los que estaban los de Julio De Vido, exigieron saber si existían los registros de las declaraciones de los arrepentidos de los que habla la ley 27.304. Denunciaron la inconstitucionalidad de la ley del arrepentido, en general, y su aplicación en este expediente y reclamaron la nulidad de todo lo que se hizo desde que se inició la causa. Dispararon sobre el remisero Oscar Centeno, su declaración y también la interpretación sobre sus cuadernos. Y apuntaron contra el fiscal Carlos Stornelli y el fallecido Claudio Bonadio. Hablaron además de la teoría del fruto del “árbol envenado”, la doctrina que establece que si una prueba se obtuvo de manera ilícita no puede ser usada en un proceso judicial. Esa doctrina fue, precisamente, lo que llevó a caer la investigación de la causa AMIA, cuando el caso llegó a juicio y los que terminaron acusados fueron los investigadores.
La discusión llega dos años después del inicio de la causa que sacudió al país y cuando la principal acusada es la vicepresidenta. El capítulo de los arrepentidos es el corazón del expediente. Según quien lo mire, es donde radica la principal fuerza o la mayor debilidad de la causa que se destapó por las anotaciones del chofer Oscar Centeno, narrando en detalle durante años viajes de recaudación cuando trasladaba a Roberto Baratta, mano derecha de Julio De Vido en el ex Ministerio de Planificación. “El futuro de la causa cuadernos depende de la política”, decían a Infobae en tribunales, cuando todavía no se sabía quién ganaría las PASO y el caso cumplía un año.
“Con esto se cae todo”, se entusiasman en diálogo con Infobae algunos defensores. Por lo pronto, Casación comenzó a estudiarlo y no tiene plazos para pronunciarse. Los encargados de decidir son los jueces Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña.
Ex funcionarios y empresarios investigados por Bonadio
La causa
El caso de los cuadernos de la corrupción marcó un punto de inflexión en Comodoro Py cuando estalló el 31 de julio de 2018 y derivó en una seguidilla de ex funcionarios y empresarios presos. Fue entonces cuando una veintena de empresarios y ex funcionarios, acusados de una asociación ilícita encabezada por la ex presidenta Cristina Kirchner, reconocieron haber pagado o cobrado coimas en el marco de los negocios, licitaciones o convenios que surgían desde el Ministerio de Planificación. Algunos explicaron que lo hacían porque les pedían plata para la campaña, otros porque si no ponían dinero no obtenían licitaciones o no conseguían que se liberaran los pagos por los negocios que ya tenían con el Estado.
Lo cierto es que cada uno de los declaró como imputado-colaborador ante el fiscal Stornelli lo hizo sabiendo que debían aportar datos ciertos y valiosos para la investigación, apuntando “hacia arriba”. A cambio, los que estaban presos consiguieron la libertad; y los que podían quedar detenidos, consiguieron seguir el proceso sin ir a cárcel. Con su arrepentimiento, firmaban el reaseguro de que, a la hora de la sentencia, tendrían una reducción de la pena. Ahí se anotaron los ex funcionarios José López y Claudio Uberti, el financista Ernesto Clarens y empresarios que van desde Carlos Wagner hasta Angelo Calcaterra, pasando por Aldo Roggio y Enrique Pescarmona.
Las defensas cuestionaron desde el primer momento la aplicación de la ley en esta causa. Pero la Sala I de la Cámara Federal, con la firma de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi –hoy en el centro de la polémica por sus traslados y desplazados del segundo piso de Comodoro Py- ratificaron los procesamientos dictados, validaron las declaraciones los arrepentidos y elevaron el caso a juicio oral. El tema ya está en manos del Tribunal Oral Federal 7, a cargo de Fernando Canero, Enrique Mendez Signori y, hasta hace unos días, Germán Castelli, otro de los magistrados desplazados por el Senado porque llegó a ese lugar por un traslado.
Allí Cristina Kirchner está acusada de ser la jefa de una asociación ilícita -junto al fallecido ex presidente Néstor Kirchner- de haber comandado una asociación ilícita que funcionó entre principios de 2003 y noviembre de 2015, “cuya finalidad fue organizar un sistema de recaudación de fondos para recibir dinero ilegal con el fin de enriquecerse ilegalmente y de utilizar parte de esos fondos en la comisión de otros delitos, todo ello aprovechando su posición como funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional”. Por debajo de la hoy vicepresidenta, estaban De Vido y Baratta, Clarens y Wagner, de la compañía Esuco, que presidió la Cámara Argentina de la Construcción; y por abajo los “integrantes”, entre los que aparecen los arrepentidos José López, Claudio Uberti y Centeno, que se convirtió en testigo protegido. Los empresarios, que en un primer momento habían sido incluidos por Bonadio en la asociación ilícita, quedaron acusados por la Cámara Federal solo por haber entregado coimas.
El debate
El análisis sobre el rol de los arrepentidos está pendiente desde el año pasado. Incluso hubo un tironeo entre salas de Casación sobre quiénes eran los jueces que debían analizado el expediente cuadernos, una discusión que fue detallando Infobae mientras ocurría. Pero cuando finalmente la causa 9608/2018 quedó en manos de los jueces de Sala I y la jueza Figueroa fijó una audiencia para los primeros días de abril para escuchar a las defensas, llegó la pandemia y la audiencia se demoró más de medio año.
El jueves pasado, finalmente, en una audiencia en la que participó Infobae, hicieron oír sus quejas las defensas de De Vido, Hernán Gómez -ex funcionario de Planificación que estuvo preso cinco meses-, Gerardo Ferreyra -el ex dueño de Electroingeniería que fue incluido en la asociación ilícita- y Juan Lascurain -el ex titular de la Unión Industrial Argentina ya condenado en la causa Río Turbio y quien estuvo presente frente a los jueces de Casación-.
En nombre de De Vido, los abogados Maxiliano Rusconi y Gabriel Palmeiro afirmaron que la ley del arrepentido y su aplicación en el expediente cuadernos es inconstitucional. “Fue una violación palmaria” de los principios de igualdad, de proporcionalidad, de legalidad y el derecho de defensa, dijo Rusconi. “Es muy llamativo que a mayor intervención en el ilícito, haya más calidad informativa y más chance de beneficiarse, cuando el que más participó del hecho más pena debería tener. Los que menos intervinieron son perjudicados, por haber intervenido menos. Es el mundo del revés. Y encima el que llega antes, le ganó el lugar a otro de arrepentirse”, afirmó.
Según la defensa, esas garantías no solo se violaron para los acusados que no se arrepintieron, sino también para los que aceptaron ser colaboradores. Y sostuvo que el caso de la ley del arrepentido nunca debió haberse aplicado en la causa cuadernos, porque los hechos que se investigan comenzaron en 2003 y la ley se votó en 2016, por lo que debió aplicarse el principio de la ley más benigna.
Un tercer foco estuvo dedicado a lo que se entendió como el incumplimiento del artículo 6 de la Ley 27.304, que establece: “Las declaraciones que el imputado arrepentido efectuare en el marco del acuerdo de colaboración deberán registrarse a través de cualquier medio técnico idóneo que garantice su evaluación posterior”. Fue por eso que Palmeiro pidió a Casación que solicitara al juzgado de instrucción, al tribunal oral o la fiscalía de juicio los registros fílmicos o o de audio de las declaraciones de los arrepentidos. De no estar, solicitó que se declare nulo todas esas declaraciones. Después de la audiencia, Casación ordenó solicitar esos registros al juzgado federal 11, que estuvo en manos de Bonadio y hoy subroga Marcelo Martínez De Giorgi, según confirmaron a Infobae fuentes judiciales.
Máximo Kirchner y el ministro del Interior, Eduardo “Wado” De Pedro, quedaron sobreseídos por el financiamiento de La Cámpora. (DyN)
No es un dato al pasar que el fiscal Jorge Di Lello y la jueza María Servini sobreseyeron al diputado Máximo Kirchner, hijo de la vicepresidenta; y al hoy ministro del Interior Eduardo ‘Wado’ De Pedro, entre otros, por la plata que La Cámpora recibió y que había salido de los viajes de los cuadernos. ¿Qué dijo en aquel momento Di Lello? Que sin un soporte “técnico” para escuchar la declaración de José López prestó como imputado ante Stornelli no se podía saber “la voluntariedad de la manifestación”. Según dijo, “la recepción en forma escrita no era suficiente” para dar por cumplida con la ley del arrepentido.
Centeno, los papeles privados y los cuadernos quemados
La abogada Laura Fechino, representante del ex funcionario Gómez, también sostuvo que la ley del arrepentido era inconstitucional. “Si tenemos que premiar al partícipe del delito para descubrir a sus autores, claramente el Estado está reconociendo su propia incapacidad”, comenzó diciendo. “No podría decirse que el acusado es libre a la hora de declarar cuando estaba en juego la posibilidad de ser excarcelado y tiene que negociar su arrepentimiento con el funcionario que lo acusa”, aseguró. “Si a una persona que cae en el sistema penal se le ofrece la libertad inmediata o se le dice que puede no pisar un penal si declara como arrepentido, ese premio es un método inductivo para declarar contra su voluntad. Y recordemos el precedente de la causa AMIA, cuando el Tribunal Oral Federal 3 dijo que el pago de 400 mil dólares a Carlos Telleldín fue un método inductivo para inculpar a policías. Si un pago fue inductivo, ¿cuánto más lo es una libertad inmediata? “, añadió.
“Acá no solo se viola la igualdad entre fiscal y el imputado, sino una sumisión del imputado al fiscal, porque es el representante del Ministerio Público el que decide si esa información será suficiente para el acuerdo. No se sabe cuál es el límite. ¿Y si el acusado se autoincrimina por otro delito? ¿Y qué hace el fiscal con la información que le da un acusado cuando no se llega a un acuerdo? La ley no lo prevé”.
Pero la abogada Fechino también disparó sobre cómo se aplicó la ley del arrepentido en el caso cuadernos y puso la mira en los orígenes de la causa. “Esta causa se inició con una violación constitucional –aseguró-. Centeno es imputado de la causa Gas Licuado por una denuncia de la ex mujer por enriquecimiento ilícito. Claramente esa denuncia nunca debió haber prosperado, porque era la ex mujer la que lo acusaba y no había sido víctima del delito”. “Pero a raíz de esa denuncia –continuó-, Centeno le dio los cuadernos a su amigo, Jorge Bacigalupo para que no llegaran a manos de Bonadio. Y Bacigalupo se los dio al periodista Diego Cabot. Entre los dos abren la caja, leen los papeles privados de Centeno y Cabot se los lleva al fiscal Stornelli, quien lejos de frenar y decir ‘esto es un delito, pregunténmosle a Centeno si consiente que leamos sus papeles’, le toma declaración a Cabot y se abre una investigación en la que durante cuatro meses Bonadio hace tareas de inteligencia. Y con esos cuadernos, introducidos al proceso de manera inconstitucional, Bonadio ordena allanamientos el 31 de julio de 2018 y la detención de Centeno; el 1 de agosto las detenciones de ex funcionarios y empresarios y recién el 2 de agosto, en la fiscalía se le toma declaración a Centeno, sin leer sus derechos como imputado y advirtiéndole que podía declarar como arrepentido”.
La abogada continuó: “¿Y qué declara ahí Centeno? Lo primero que dice es que esos cuadernos estaban en una caja, la cerró y se las dio a Bacigalupo porque tenían miedo que llegaran a la justicia. Después dice que desconfió de Bacigalupo, le fue a pedir los papeles y el amigo le dijo que los tenía en Córdoba. ‘Cuando insistí, me los devuelve. Me enojé porque me devolvió la caja rota, conté que estuvieran los ocho cuadernos y me fui’…. Esta declaración de Centeno es una denuncia clara de violación de papeles privados. Y que sea un delito de instancia privada no borra el delito. ¿Se le informó a Centeno los derechos como imputado y que, como víctima, podía evitar el ingreso de esos cuadernos al expediente?”
La defensora siguió relatando cuando Stornelli y Centeno fueron a buscar los cuadernos a la casa del remisero, pero no aparecieron.“ Y ahí Centeno se acordó que los había quemado en la parrilla. Claramente Centeno mintió: nadie puede estar imputado por ocho cuadernos que fueron tan trascendentes y olvidarse que los quemó… Y no solo eso, sino que ahora parece que aparecieron”. “Con todo esto quiero decir –añadió- que la declaración de Centeno como arrepentido es nula por esta sucesión de violaciones, desde la imputación en Gas Licuado. Su declaración, más tarde o más temprano, va a ser declarada nula y todo lo actuado en consecuencia”.
Juan Carlos Lascurain (Fabián Ramela)
La palabra “dinero” y una falla en la acusación
Cuando les llegó el turno, los abogados Marcelo Mónaco y Damián Real, defensores de Lascurain, profundizaron sobre un día: el 28 de octubre de 2008, cuando según Centeno, Lascurain le acercó a Baratta el listado de proveedores en un sobre. “Hasta ahí podemos decir que la anotación de Centeno es verosímil, pero con una particularidad: ahí no aparece la palabra dinero”. Cuál sería, entonces, el delito de llevar un sobre, se preguntaron los defensores. Sin embargo, en la acusación se atribuyó que se trataba de una coima y acusaron a su cliente de cohecho. “Si al señor Centeno se le cree en todas las anotaciones en donde habla de dinero, ¿por qué en la única anotación en donde no dice dinero creemos lo contrario?”
Y fue ahí cuando el defensor abordó la segunda cuestión –ya adelantada por Infobae en junio pasado-: que Lascurain fue elevado a juicio por una acusación más leve que la que tuvo el propio Centeno, acusado de haber integrado la asociación ilícita y, por lo tanto, no se cumple con las previsiones de la ley del arrepentido, que debe acusar a alguien de igual o mayor jerarquía. El tema también está en estudio del TOF 7.
Roberto Baratta fue la mano derecha de De Vido en el Ministerio de Planificación (Gustavo Gavotti).
El árbol venenoso y los “Mugrientos”
Por último, llegó el turno del constitucionalista Eduardo Barcesat, defensor de Gerardo Ferrreyra, que adhirió a todos los planteos anteriores y reclamó expresamente la nulidad de todas las declaraciones colectadas en la ley del arrepentido. Recordó el dictamen de Di Lello en la causa electoral por los cuadernos, sostuvo que lo que instruyó Bonadio “mal puede llamarse una causa judicial” y aseguró: “No hay ninguna duda de que este expediente es el paradigma del fruto del árbol venenoso. Se adquirió prueba de una manera que no se corresponde con la ley”.
El abogado recordó las palabras del fiscal Stornelli, cuando en el inicio del caso decía “no hay sortija para todos” o reconoció que de la declaración de José López volcó “lo que le pareció conveniente”. “Mi defendido Ferreyra no se amilanó frente a la amenaza extorsiva de perder su libertad si no volcaba incriminaciones para los ex presidente Néstor y Cristina Kirchner… El fiscal Stornelli se refirió a ellos como los ‘mugrientos’…”, dijo. Cuando terminaba la audiencia, la jueza Figueroa volvió a preguntarle al abogado quién había formulado esas expresiones. El abogado respondió que Stornelli y que el propio Ferrreyra había contado aquel episodio frente a otros jueces de Casación en abril de 2019.
FUENTE : INFOBAE
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Judiciales
El MTE se retiró del campo en El Marquesado de forma “pacífica”
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3 días agoon
25 marzo, 2023By
Maru Valle
Después de varias horas de tensión y momentos de violencia, los integrantes del Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE) se retiraron del campo ubicado en el barrio El Marquesado de Mar del Plata.
Más allá de los reclamos de los vecinos, de la postura del gobierno local y de las expresiones de políticos en redes sociales, desde el Movimiento hicieron hincapié en la legitimidad para explotar los terrenos de Playa Escondida, al sur de Mar del Plata.
“En esas tierras, cedidas por la Agencia de Administración de Bienes del Estado (Aabe) a la ONG Tercer Tiempo, se llevará adelante un Proyecto de Producción Agroecológica donde trabajarán productores rurales del cordón frutihortícola de la ciudad, proyecto que permitirá el abastecimiento local con alimentos de calidad. Se trata de la concreción de una propuesta histórica para dichas tierras, pensado con la construcción del Complejo Turístico Chapadmalal”, habían declarado mediante un comunicado en la tarde del sábado.
“Están trabajando profesionales de la Universidad Nacional de Mar del Plata y del Conicet con todos los estudios de suelo correspondientes y necesarios. Es el equipo que evaluará la viabilidad de cada sector del predio según las funciones que permitan las tierras”, extendieron.
El proyecto se suma a otras iniciativas en Argentina, que buscan afianzar la agricultura familiar, resolviendo las dificultades del acceso a la tierra para muchas personas que actualmente trabajan en condiciones de arrendamientos costosos y precarios”, afirmaron.
“Se promueven nuevas formas de producir en armonía con el medio ambiente; cuidando la salud de quienes producen y consumen, para que la población acceda a alimentos sanos y a precios justos”, comentaron luego.
“Actualmente hicimos posesión del predio y su custodia, como lo marca el convenio firmado el 16 de febrero del corriente año y por el cual nos apersonamos. No se instalará ningún asentamiento, sino que allí vivirán quienes trabajen la tierra”, aseguraron.
Frente al conflicto que ocurren en El Marquesado donde los vecinos amanecieron con la presencia de 40 personas con “pecheras del MTE” liderado por Grabois en el marco del proyecto para ceder 140 hectáreas a más de 100 familias, explotar las tierras y realizar viviendas sociales el intendente de General Pueyrredon, Guillermo Montenegro, se expresó mediante redes sociales.
En la misma línea, los residentes del lugar cortaron la ruta 11 para pedir visibilizar y reclamar lo sucedido: “Entraron con 40 personas del MTE y están queriendo desalojar al hombre que vive en el campo”. Asimismo, afirmó uno de los vecinos :”No tenemos cloacas, ni gas. Si hacen pozos ciegos se pueden contaminar las napas. Tenemos claro como terminan los proyectos sociales lo vimos a lo largo del país. Ninguno de los vecinos estamos a favor, nosotros compramos nuestros terrenos con años de trabajo”.
Diez Ahora
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Judiciales
Como afecta la caida de los sistemas informativos del poder judicial a los ciudadanos, explicado por la Dra Paula Braciale
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1 semana agoon
19 marzo, 2023By
Maru Valle
El dia viernes en la edición habitual de Rumbo 23 ( radio XFN.com y canal 41 TDA television abierta libre y gratuita) la Dra Paula Braciale estuvo en comunicación con la Dra Mariela Valle y el martillero Bernardo Giles.
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Judiciales
No fue lawfare: mentiras y trampas en el juicio de Vialidad que condenó a Cristina
Published
2 semanas agoon
12 marzo, 2023By
Maru Valle
Abogados que ocultaron tramos de documentos oficiales en que basaron las defensas porque lo omitido hundía a sus clientes. O que le enrostraron a la Fiscalía haber lanzado afirmaciones que en realidad nunca lanzó para confundir al tribunal o a la opinión pública. O que denunciaron la violación del derecho de defensa por no haber sido notificados sobre la incorporación de una prueba al expediente cuando sí fueron notificados. O varios peritos de parte y testigos que orillaron el falso testimonio con afirmaciones sesgadas. O empleados de Vialidad que… la lista continúa.
El Tribunal Oral Federal que condenó a la vicepresidenta Cristina Kirchner en la “causa Vialidad” reflejó en el fallo que difundió este jueves múltiples episodios en los que las defensas intentaron jugadas, como mínimo, polémicas. Tanto, que el tribunal le notificó lo ocurrido al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal para que “fiscalice las temerarias intervenciones profesionales” y, acaso, aplique sanciones disciplinarias.
Esas “temerarias intervenciones” de los abogados reflejaron un contraste notorio entre las acusaciones de lawfare y lo que salió a la luz, con evidencias concretas, durante las audiencias del juicio oral, según surge de la sentencia de 1616 páginas que rubricaron los magistrados Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.
De hecho, el tribunal remarcó a lo largo del fallo que algunas defensas incurrieron repetidas veces en una “actitud estratégica de elegir los presupuestos de la acusación para luego poder defenderse de dichos extremos inexistentes”, lo que calificó como “una verdadera y despiadada lucha contra los molinos de viento”. ¿Por qué? Porque para algunas defensas, según el estimó el tribunal, lo más importante no se dirimía en las audiencias del juicio, sino en “la instalación de una narrativa en el plano extraprocesal”. Es decir, la difusión de un relato ante la opinión pública a través de los medios de comunicación y propaganda afines.
La lectura del fallo aporta numerosos ejemplos. Entre ellos, cuando los defensores de Cristina Kirchner, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, remarcaron que no había mensajes directos entre la entonces Presidenta y su secretario de Obras Públicas, José López, y esgrimieron esa ausencia como una prueba irrefutable de la inocencia de su defendida. “¿Esperaban que la Presidenta de la Nación chateara personalmente con López?”, se preguntó el tribunal. “¿Quién más que la entonces Presidenta, a través de su asistente personal, podría ordenarle a un Secretario de Estado que se hiciese presente en la quinta de Olivos o en Casa de Gobierno a una hora determinada?”, plantearon Gorini, Giménez Uriburu y Basso, para luego indicar que esa jugada defensiva era “realmente llamativa” y “manifiestamente endeble”.
El letrado de Lázaro Báez, Juan Martín Villanueva, fue, sin embargo, el que protagonizó más episodios cuestionablesc como cuando sostuvo que su cliente había sido un empleado bancario que ascendió en el escalafón hasta convertirse en el máximo ejecutivo del Banco de Santa Cruz, y le enrostró al fiscal Diego Luciani haber dicho que era mero “cajero” bancario.
Pero eso era falso. Luciani jamás lo dijo, aclaró el tribunal. “Si alguien utilizó ese término fue la propia defensa de Báez, la que puso ese concepto en boca de los Fiscales para luego poder cuestionarlo y probar un pretenso yerro tanto en el plano procesal como en el mediático”. Y más allá de eso, el tribunal le recordó que lo esencial del debate pasó por otro lado: ¿tenía Báez experiencia en la obra pública? Y allí tropezó su defensa: “El intento de la defensa técnica de Báez de presentarlo como un avezado directivo de una empresa constructora es directamente una farsa”, concluyeron los magistrados. Una y otra vez, empero, Báez y sus letrados incurrieron en “falsedades” o “falacias”, según el tribunal. Por ejemplo, cuando quisieron sostener que Austral Construcciones se constituyó en abril de 2003 y acusaron a los fiscales de “falsear” el acta constitutiva porque “no les servía la verdad”, lo que también levantó y difundió la maquinaria de difusión cercana al kirchnerismo. Pero en realidad, según verificó el tribunal, la Fiscalía tenía la razón, apoyado en un documento que así lo demostró y que conocían todas las partes. “Nos enfrentamos, una vez más, frente a un artilugio defensista cimentado en una nueva falsedad”, estimó el tribunal.
La diferencia entre el relato y las evidencias también quedó expuesta cuando se analizó cómo fue el proceso de recálculo en las obras otorgadas a Báez. La defensa invocó un informe que aportó la Dirección Nacional de Vialidad que calificó como “una prueba central” que demostraba “dos mentiras” de la Fiscalía y cuya solidez era “incontrovertible”. Pero, ¿qué pasó? Según el tribunal, la defensa incurrió en un “berenjenal comparativo” que lo llevó a esbozar conclusiones erróneas o, peor, “opuestas” a las reales.
“La treta”
Lo mismo, aclaró el tribunal, ocurrió cuando se analizaron la ampliación del plazo o las redeterminaciones de precios en las obras, entre otros ejes. “Una vez más, las defensas escogieron ellas mismas los ejes sobre los que ejercer su defensa, y en ese afán realizaron estruendosas y simbióticas alegaciones sobre la licitud del procedimiento, el acierto en los cálculos y el sacrificio económico que resultaba su aplicación para las empresas”, destacaron los magistrados, cuando en realidad lo nuclear pasaba por otro lado. “El yerro en el que caen las defensas […] se encuentra íntimamente vinculado al escandaloso sistema de aprobación de las ampliaciones de plazos y modificaciones de obras (por su automaticidad, inmotivación, falta de acreditación, justificación, control y fundamento, etc.) que lo antecedió, pues ahí residía la treta”.
Lejos de amilanarse, sin embargo, las defensas redoblaron la apuesta. También buscaron relativizar la importancia de que Báez tuviera tanta preponderancia en el reparto de la obra pública en Santa Cruz. Para eso plantearon que en cada provincia suele haber una constructora con mayor peso porque, por ejemplo, está localizada allí, con sus maquinarias y personal, lo que buscó probar el letrado de Báez con un documento que, según alertó el tribunal, “no cuenta con la totalidad del universo de obras financiadas y/o ejecutadas por la Dirección Nacional de Vialidad en el período en cuestión”.
El tribunal requirió entonces más información oficial y lo que obtuvo, lejos de beneficiar a los acusados, los complicó aún más. “La comparación completa y fundamentada en datos es apabullante”, destacaron Gorini, Giménez Uriburu y Basso, que se apoyaron en datos “objetivos y verificables” para evaluar la distribución de sus negocios, y deploraron lo que calificaron como “pseudos conocimientos especiales” que invocaron los letrados y que fueron levantados por los medios de comunicación más afines al Frente de Todos.
Testigos y peritos de parte
En otros tramos de la sentencia, el tribunal también criticó la actuación de varios testigos y peritos propuestos por las defensas. Entre ellas, una ingeniera designada como perito por la defensa de la actual vicepresidenta, Adriana Alperovich, quien para apoyar a quien la había contratado llegó a utilizar “bibliografía estudiantil guatemalteca, peruana y colombiana, sin precisar sus antecedentes, calificación y rigurosidad técnica”. Eran tesis de grado.
Eso no fue todo. “Sobrepasando los límites de la tarea pericial que le fuera encomendada”, Alperovich “omitió deliberadamente su abordaje completo y recurrió a normas, dictámenes y antecedentes que no resultan ni remotamente aplicables al caso”, indicó el tribunal, hasta ofrecer “una versión exculpatoria que no resiste el menor análisis técnico”. Pero su relevancia en los tribunales fue lo de menos. Su testimonio fue ensalzado por la defensa y levantado por los medios de comunicación afines como “la única que hizo un estudio serio” y “quien de manera fundada descartó la acusación de sobreprecio. En la misma línea, varios testigos quedaron bajo la lupa, como Daniel Semino o Laura Hindie, que durante el juicio intentó relativizar lo que ella misma, como jefa de Legales del Distrito 23° de Vialidad, había sostenido apenas nueve meses después de ocurridos los hechos. ¿Qué pasó en el medio? Que asumió como diputada por el Frente de Todos. Para el tribunal, su giro resultó una “calculada y casi frívola mutación” que la llevó a modificar “su percepción de los hechos de manera infantil y con un sentido de la oportunidad asombroso”. Pero en las usinas de propaganda fue presentada como “una testigo fundamental”.
Como el de Hindie, los defensores y medios afines al kirchnerismo también propalaron el testimonio de Justo Pastor Romero, un auditor de Vialidad Nacional que al declarar durante el juicio oral “escondió en su fundamentación un error de base” conceptual, según el tribunal, y lanzó “temerarias interpretaciones” sobre un informe, “totalmente opuestas a las aclaraciones que realizaron sus hacedores en relación a sus alcances”. Y otra vez se repitió la dinámica: los magistrados desconfiaron de su credibilidad, al punto de indicar que les pareció que estaba “constantemente repitiendo un libreto”. ¿Y los medios de propaganda oficialistas? Lo definieron como “otro testigo demoledor”.
Columnas y notificaciones
Sin embargo, el tribunal estimó que no sólo ciertos testigos parecieron seguir un libreto propio. También la defensa de Báez editó el contenido de los “reporte por certificación de obra” que expuso durante el juicio. “Para empezar, [el material] se trata de una muestra parcializada del informe en cuestión”, alertaron los magistrados, que lo compararon con el informe completo. “Como puede verse de una simple comparación, 6 columnas han sido suprimidas del documento en ciernes”.
Pero si el uso de información parcial o manipulada durante un juicio resulta cuestionable, casi todas las defensas incurrieron en otro error, decisivo en el resultado final del proceso. Ocurrió cuando se incorporó a la “causa Vialidad” evidencias de otra investigación, la 12.441/2008. Es decir, el contenido de los teléfonos de José López; en particular, los mensajes que el exsecretario de Obras Públicas cruzó con los secretarios privados de Cristina Kirchner, Máximo Kirchner, Báez y su alfil en Austral Construcciones, Julio Mendoza.
La tormenta se desató cuando el fiscal Luciani usó esos mensajes en su alegato de manera intensiva. Las defensas clamaron que se violaba el principio de defensa en juicio de sus clientes y que jamás habían sido notificados sobre el eventual uso de ese material, lo que amplificaron sus canales habituales de difusión y propaganda, donde se afirmó que era “una prueba introducida silenciosamente en el juicio”, sin que las partes pudieran objetar su inclusión.
La realidad fue, otra vez, distinta. Así lo expuso el tribunal en su sentencia: “Las alegaciones introducidas por algunas defensas en torno a la supuesta sorpresa que habría significado para esas partes el hecho de conocer el contenido de esa prueba recién durante el alegato de clausura fiscal resultan completamente inadmisible”. ¿Por qué? Porque la Fiscalía pidió incorporar ese material al expediente mucho antes del inicio del juicio, todas las partes fueron notificadas de su interés e invitadas a compulsar ese material, que quedó a disposición de todos desde noviembre de 2017, tanto en la sede del tribunal como en forma digital.
Dicho de otro modo: las defensas sí fueron notificadas sobre el eventual uso de los teléfonos de López como prueba, pero no reaccionaron. Para el tribunal, la conclusión es tan clara como tajante: “Independientemente de si se trató de una decisión deliberada o una negligencia en el ejercicio del ministerio de la defensa, lo que de ninguna manera puede permitirse es atribuir ni vincular esa supuesta sorpresa con el comportamiento procesal que ha tenido este tribunal”.
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SE AGILIZA LA VACUNACION EN EL MATERNO INFANTIL.

BASQUET VISION N° 1583

El video del momento en que un policía dispara y mata a la veterana de la Fuerza Aérea que irrumpió en el Capitolio

Basquet Visión Programa 1580
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