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La causa por el memorándum con Irán pasa a la sala de Casación que sobreseyó a Cristina Kirchner en dólar futuro

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La vicepresidenta reclama la nulidad de todo el expediente por las reuniones que mantuvieron dos magistrados con el ex presidente Mauricio Macri. Mañana la querella intentará apartar al fiscal Marcelo Colombo

Cristina Kirchner
Cristina Kirchner

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal decidió desprenderse de la causa por el Memorándum con Irán y hacer el pase a la Sala I de ese fuero. Precisamente, la actuación de dos jueces –Mariano Borinsky y Gustavo Hornos- era uno de los cuestionamientos que planteó Cristina Kirchner para pedir la nulidad de todo el expediente luego de que se conocieran las reuniones mantenidas por esos jueces con el entonces presidente Mauricio Macri.

La Sala I de Casación, donde tramitaba originalmente la denuncia de Nisman, está integrada por los jueces Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña. Son los mismos jueces que intervienen en dos causas claves: cuadernos y dólar futuro. Por dos votos a uno, en cuadernos validaron las declaraciones de los arrepentidos. Por unanimidad, tras una audiencia que tuvo como protagonista a Cristina Kirchner, los jueces resolvieron cerrar la causa dólar futuro en base a un peritaje que aseguró que no había existido perjuicio contra el Estado.

Aunque aún está pendiente un recurso ante la Corte Suprema por parte de la fiscalía, Cristina Kirchner da por cerrado el capítulo dólar futuro. Y ahora su defensa va por el caso Memorándum. A la espera de la demorada declaración de Ronald Noble, el ex titular de Interpol que siempre desmintió que hubieran estado en jaque las alertas rojas sobre los iraníes prófugos y acusados de la voladura de la mutual judía, la defensa redobló los pedidos de nulidad tras la difusión de las reuniones que dos jueces de Casación habían mantenido con el entonces presidente Macri.

“En atención a lo informado, en virtud de su intervención primigenia en estos actuados, remítase la causa a la Sala I de esta Cámara Federal de Casación Penal, previo paso por la Oficina de Sorteos de esta Cámara a sus efectos (cfr. art. 42, inciso 3° in fine, del CPPN). Notifíquese a las partes mediante cédula electrónica. Sirva la presente te atenta nota de envío”, dice la nota que firmó el juez Javier Carbajo, integrante de la Sala IV a donde llegó a fines de 2018 vía concurso. Antes había sido el secretario de la Cámara de Casación.

Alberto Nisman (Reuters)Alberto Nisman (Reuters)

Carbajo recibió el informe del prosecretario de Casación diciendo: “De la compulsa del sistema de gestión judicial lex 100 surge que la causa CFP 14305/2015 se encuentra acumulada con la causa CFP 777/2015. De las actuaciones que surgen del citado sistema se desprende que la causa CFP 14305/2015 fue asignada a esta Sala IV por sorteo del día 31/10/2016 a las 12:21 hs. y que la causa CFP 777/2015 fue asignada a la Sala I de esta Cámara Federal de Casación Penal, por sorteo del día 17/04/2015 a las 10:24 hs”.

La causa 777/2015 es la que se abrió con la denuncia de Nisman y fue desestimada por el juez Daniel Rafecas. La causa 14305/2015 se abrió poco después y quedó radicada en el juzgado de Claudio Bonadio. Allí fueron denunciados Cristina Kirchner, el ex canciller Héctor Timerman y los diputados y senadores que aprobaron el Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán. A ella se agregó un audio que aportaron miembros de la AMIA en torno a una conversación mantenida con Timerman.

La causa investiga “un plan criminal con entidad suficiente para que los ciudadanos iraníes identificados como responsables de la voladura de la AMIA pudieran sustraerse de la acción de la justicia -mediante el otorgamiento a Interpol de herramientas suficientes para que las notificaciones de índice rojo que pesaban respecto de los ciudadanos iraníes perdieran virtualidad- y para liberarlos de toda responsabilidad penal por dichos hechos -mediante la creación de una Comisión de la Verdad- y a través de esta, introducir una hipótesis alternativa”.

En diciembre de 2016, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un recurso presentado por la DAIA y dispuso la reapertura de la causa AMIA. Esa decisión fue votada por la jueza Ana María Figueroa y por dos jueces que actuaban como subrogantes de esa sala: Borinsky y Hornos, que reportaban en la Sala IV.

El 31 de mayo de 2017, las dos causas quedaron unificadas en el juzgado de Bonadio. Cuando Cristina Kirchner se presentó en la indagatoria sostuvo que la actuación del juez “era ilegal”. “El Expte. CFP 14305/2015 duplica la persecución penal por los mismos hechos que son objeto de este otro trámite, en violación del principio y garantía del ne bis in ídem, y no puede por lo tanto, tener ninguna consecuencia jurídica valida”, sostuvo.

Los jueces Ana Maria Figueroa Daniel Petrone y Diego Barroetavena, que integran la Sala I de CasaciónLos jueces Ana Maria Figueroa Daniel Petrone y Diego Barroetavena, que integran la Sala I de Casación

El planteo fue rechazado. El juzgado de Bonadio, en diciembre de 2017, motorizó los procesamientos con prisiones preventivas para la entonces ex presidenta, el ex canciller y el ex secretario legal y técnico Carlos Zannini -hoy procurador del Tesoro-, entre otros. El caso pasó al Tribunal Oral 8 en marzo de 2018, cuando se ordenaron las libertades de la mayoría de los implicados.

Al unificarse el expediente en la causa de Bonadio, la revisión de todas las decisiones tomadas en la causa se realizó en la Sala IV. Sin embargo, ahora, el caso fue girado a la Sala 1. Precisamente, la intervención de los jueces Hornos y Borinsky en la causa Memorándum es uno de los focos del reclamo de nulidad que planteó la defensa de Cristina Kirchner. La Sala IV hoy está integrada por Carbajo, Borinsky y Ángela Ledesma. Hornos es el presidente de Casación.

“Resulta imprescindible que las prácticas escandalosas que aquí han sido denunciadas (encuentros de magistrados con el Presidente de la Nación cuando al propio tiempo intervienen en causas en las que el gobierno explicita su interés) tengan como consecuencia inevitable una sanción procesal que determine la invalidez de todo lo actuado por tales jueces. Ello, sin perjuicio de las demás consecuencias penales y disciplinarias que el caso amerita”, dijo la defensa de la vicepresidenta cuando pidió la audiencia para reclamar la nulidad de la causa.

El Tribunal Oral Federal 8 ordenó la realización de una audiencia pública, aún sin fecha, para oír los planteos de las partes y decidir si corresponde avanzar hacia el debate oral o dejar en la nada la causa que se inició con la denuncia de Alberto Nisman. “No resulta razonable, entonces, poner en funcionamiento el despliegue que implica un debate de esas características y de la trascendencia ya explicitada, sin despejar previamente el escenario que ha quedado planteado y que podría, al menos de manera conjetural, frustrar o invalidar, la decisión a la que se arribe”, resaltaron sobre el pedido de nulidad de las defensas.

 Fiscal Marcelo Colombo Fiscal Marcelo Colombo

A raíz de haber hecho lugar a la audiencia, los dos familiares de las víctimas de AMIA que están presentados como querellantes recusaron a los miembros del TOF y también al fiscal Marcelo Colombo, que había dado su aval a la realización de la audiencia pedida por las defensas. “Generan un razonable temor o sospecha de parcialidad”, dijeron. Zannini les respondió que los familiares temen que “se convalide la verdad” porque “la triste realidad es que hace más de seis años que esta causa se sostiene sobre los inventos más disparatados y peores maniobras ilegales”.

Los jueces Gabriela López Iñíguez, José Michilini y Daniel Obligado rechazaron sus respectivas recusaciones. Y fijaron la audiencia para que se debata el pedido de apartamiento del fiscal solicitado por la querella, en un trámite que se transmitirá vía Youtube. La cita es mañana a las 9:30

Después de eso, el TOF definirá si lo aparta o lo deja. Y si lo deja, el próximo paso será fijar la fecha para la audiencia pública en donde las defensas de CFK, Zannini y el resto de los acusados, como Oscar Parrilli, Juan Martín Menna o Andrés Larroque, reclamarán el cierre del expediente.

Patricia Blanco

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Caso Maldonado: la Justicia sobreseyó a los gendarmes investigados por la muerte del artesano

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El juez federal de de Rawson, Guillermo Gustavo Lleral, sobreseyó a los cuatro gendarmes involucrados en la investigación por la desaparición durante 78 días y la posterior muerte del joven Santiago Maldonado, ocurrida el 1 de agosto de 2017 en Cushamen, Chubut, durante el desalojo de un corte de la ruta 40 por la comunidad mapuche de la zona.

En un fallo emitido este viernes, Lleral firmó el sobreseimiento total y definitivo de Emmanuel Echazú, oficial de la Gendarmería Nacional, en relación con el delito de desaparición forzada de persona. Y en un giro adicional, también liberó de culpa y cargo a los agentes Juan Pablo María Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Iván Ferreyra, todos de Gendarmería, en relación a varios delitos, incluyendo daño, abuso de autoridad y omisión de los deberes de funcionario público.

Tras el análisis de las pruebas el magistrado concluyó que no existen elementos que califiquen las acciones de los integrantes de la Gendarmería como delitos tipificados por la ley penal del país. Según su análisis, las acciones de la Gendarmería, incluyendo a los imputados Echazú, Escola, Ocampo y Ferreyra, estuvieron siempre ajustadas a la ley y que en aquel episodio actuaron por órdenes de la justicia, específicamente por el juez federal de Esquel, Guido Otranto, que luego fue corrido de la causa. Según Lleral ninguno de los agentes involucrados incumplió, inobservó ni abusó de sus deberes.

“La verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por última vez. Allí, él, sólo, sin que nadie lo notara, se hundió, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman había evitado caer cuando se propuso cruzar el río luego de animar a Santiago a realizarlo. En ese lugar, murió ahogado, sin que nadie pudiera advertirlo, sin que nadie pudiera socorrerlo. Ni los gendarmes que los perseguían en medio del operativo, ni los miembros de la comunidad a la que Santiago fue a apoyar en sus reclamos”, escribió el juez en su fallo, publicado a horas de unas nuevas elecciones nacionales. Lo mismo había hecho en 2017 con el informe preliminar de la autopsia: el cuerpo de Maldonado apareció el 17 de octubre de ese año, las elecciones eran el 23 y el informe forense se reportó 48 horas antes.

Santiago Maldonado tenía 27 años, desapareció el 1 de agosto de 2017 y su cuerpo fue hallado el 17 de octubre en el río ChubutSantiago Maldonado tenía 27 años, desapareció el 1 de agosto de 2017 y su cuerpo fue hallado el 17 de octubre en el río Chubut

Basándose en las pruebas “colectadas y analizadas meticulosamente”, el Tribunal determinó que no se pudo identificar ninguna conducta humana típica ni antijurídica atribuible a cualquier miembro de la Gendarmería Nacional. Además, se descartó la posibilidad de que los mencionados gendarmes o cualquier otro efectivo que participó en el procedimiento policial pudiera ser acusado de abandono de persona en relación con Maldonado: no se encontraron pruebas que respaldaran tal acusación.

En un fallo de 344 páginas, Lleral concluyó que no existen conductas humanas que puedan ser consideradas como ilícitos penales en los eventos ocurridos el 31 de julio y 1 de agosto de 2017. Como resultado, se determinó que los hechos investigados no constituyen delito y, por lo tanto, se ordenó el sobreseimiento total y definitivo de los imputados.

En ese sentido, el magistrado describió las circunstancias en las que, según su investigación, murió Maldonado: “La desesperación, la adrenalina y la excitación naturalmente provocadas por la huída; la profundidad del pozo, el espeso ramaje y raíces cruzadas en el fondo; el agua fría, helada, humedeció su ropa y su calzado hasta llegar a su cuerpo. Esa sumatoria de incidencias contribuyó a que se hundiera y a que le fuera imposible flotar, a que ni siquiera pudiera emerger para tomar alguna bocanada de oxígeno. Por la confluencia de esas simples y naturales realidades, inevitables en ese preciso y fatídico instante de soledad, sus funciones vitales esenciales se paralizaron”.

Lleral explicó que allí, sumergido en las aguas heladas del Chubut, quedó durante 78 días el cuerpo sin vida de Santiago. “Allí quedó su cuerpo atrapado, enganchado en el ramaje subacuático denso, que lo mantuvo inerte y oculto durante el tiempo necesario para que, luego de su descomposición natural interna, superara la presión y la fría temperatura del agua, hasta que se produjeran los cambios de clima”, escribió en el fallo.

Así empezó el operativo de Gendarmería del 1º de agosto de 2017 sobre la ruta 40 en la zona de CushamenAsí empezó el operativo de Gendarmería del 1º de agosto de 2017 sobre la ruta 40 en la zona de Cushamen

Según el juez, Maldonado se hundió solo en un remanso del río y también emergió de la misma forma. “En ese sitio, una rama de los mismos sauces donde quedó atrapado, ofició de sostén, lo contuvo hasta que se lo avistara y finalmente, se lo retirara”, describió.

Lleral consideró que en torno a la muerte del joven artesano hubo una “especulación espuria”. Con pretensiones filosóficas, el juez subrogante del Tribunal 2 de Rawson escribió: “El ser humano no puede detener su mente y su fantasía cuando la sencillez lo alcanza. Negarse a ver la realidad es materializar lo absurdo y vivir en la mentira. En el mejor de los casos, es abrazar una quimera”.

Por eso para el magistrado “nadie forzó la desaparición de Santiago Andrés Maldonado”. En su sentencia indicó que “nadie resultó señalado, por la prueba que se colectó, como autor de aquella hipótesis delictiva. Nadie fue penalmente responsable de su muerte. Que los acontecimientos en el presente expediente se han sucedido tal como se acaba de reseñar. Así se ha podido dar con la verdad, el objetivo con el que se asumió el desafío de esta causa y que, pese a todo, nunca se perdió de vista, por más dolorosa y difícil de descubrir que ella fuera”.

Para el juez Lleral, ningún gendarme fue responsable de la muerte de MaldonadoPara el juez Lleral, ningún gendarme fue responsable de la muerte de Maldonado

En síntesis, para Lleral no existió delito: ni desaparición forzada, ni homicidio ni abandono de persona. Y en ese sentido, dispuso el cierre del expediente: “Al no advertirse la existencia de ninguna acción humana penalmente relevante que guarde estricta relación con esos sucesos, y con motivo de los Sobreseimientos Totales y Definitivos (SIC) que se ordenan, debo disponer el cierre concluyente y el consecuente archivo”.

Tras conocer la noticia, Sergio Maldonado —hermano de Santiago— publicó un breve hilo en Twitter. “¡Hoy queda demostrado que no hay justicia en Argentina! Desde un principio se garantizó la impunidad al verdadero poder”, indicó el hombre. “Se acaba de confirmar el pacto de impunidad para Patricia Bullrich y la Gendarmería nacional”, enfatizó en otro posteo y completó “Santiago siempre presente”.

Santiago Maldonado vivía en El Bolsón, donde hacía tatuajes y vendía artesanías. Con el afán de apoyar la causa de los mapuches en la zona de Cushamen y pedir la liberación del lonko Facundo Jones Huala, y a través de una mujer mapuche que él conocía, se acercó para apoyar el corte de ruta que comenzó el 31 de julio.

El juez Lleral ordenó el cierre de la causa tras no encontrar pruebas de ningún delito alrededor de la muerte de MaldonadoEl juez Lleral ordenó el cierre de la causa tras no encontrar pruebas de ningún delito alrededor de la muerte de Maldonado

Durante la madrugada del día siguiente, varios escuadrones de Gendarmería iniciaron un desalojo contra los ocho hombres (siete de la comunidad mapuche más Maldonado) que cortaban la ruta. Los manifestantes abandonaron el camino apenas empezó a avanzar la tropa de Gendarmería. Saltaron la tranquera y se metieron en lo que ellos denominan su “territorio sagrado”.

Aunque la ruta ya estaba desalojada, Gendarmería entró a las tierras y comenzó una persecución a estos hombres, quienes corrieron hasta cruzar a nado el río Chubut. Todos sobrevivieron menos el joven tatuador.

Santiago estuvo desaparecido 78 días hasta que fue hallado el 17 de octubre después de que hubieran rastrillado en todo ese tiempo tres veces la zona, algo que para la familia Maldonado y su abogada Verónica Heredia, siempre fue un motivo de sospecha.

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Atentado a Cristina Kirchner: la jueza descartó vínculos políticos y envió a juicio a los tres acusados

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La jueza federal María Eugenia Capuchetti dispuso este lunes la elevación a juicio parcial de la causa por el intento de asesinato de Cristina Kirchner ocurrido el 1 de septiembre pasado, por el que están detenidos Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte, señalados como coautores de la tentativa de homicidio, y Nicolás Carrizo, supuesto jefe de ambos en la venta de copos de azúcar, acusado como partícipe secundario.

La jueza lo resolvió horas después de que el abogado Gastón Marano, defensor de Carrizo, avalara la elevación a juicio y antes de que Carlos Telledín, flamante abogado de Uliarte, pudiera hacer cualquier presentación en el expediente que pudiera demorar su elevación a debate oral.

Telleldín, que estuvo preso y luego fue absuelto por el caso AMIA, se hizo cargo de la defensa de Uliarte el viernes último después de que su anterior abogado, el defensor oficial Gustavo Kollman, avalara la elevación del caso a juicio oral y público.

“En función de todo lo analizado, y toda vez que las defensas de Sabag Montiel, Uliarte y Carrizo no se opusieron a la elevación a juicio ni dedujeron excepciones, declárese clausurada parcialmente la instrucción de la presente causa con relación a los nombrados y elévese al Tribunal Oral Federal que por sorteo resulte desinsaculado”, sostuvo la jueza Capuchetti en la resolución a la que accedió la agencia Télam.

atentado cfk

Esta mañana, la defensa del detenido Gabriel Carrizo, procesado como partícipe secundario del intento de asesinato de la vicepresidenta, aceptó que la causa sea enviada a juicio ante la “privación de libertad” del acusado.

“Constreñido por la condición de privación de libertad de mi asistido que me impone procurar que no se demore el trámite de la causa con planteos dilatorios, solicito de V.S. se sirva disponer la clausura de esta etapa procesal y elevar el presente sumario a juicio oral a la máxima brevedad posible”, sostuvo el defensor Gastón Marano.

El abogado respondió así a la jueza del caso, María Eugenia Capuchetti, quien pidió opinión a las defensas de los tres detenidos por el intento de asesinato del 1 de septiembre pasado, Fernando Sabag Montiel, Brenda Uliarte y Carrizo.

Las defensas oficiales de los dos primeros ya habían respondido de manera afirmativa la semana pasada. Después de ello, Uliarte cambió de abogado y designó a un defensor particular, Carlos Telleldín.

 

Atentado a CFK: cómo sigue la causa

Con la respuesta de la defensa de Carrizo, el tercer detenido en la causa, la jueza concluyó la ronda de consultas y quedó en condiciones de resolver si da por cerrada esta parte de la investigación vinculada a los autores materiales del hecho y la envía a sorteo de un tribunal oral.

La fiscalía a cargo de Carlos Rívolo pidió la elevación parcial del caso a juicio al considerar que los tres están detenidos y que siga la investigación en pos de dilucidar si hubo autores intelectuales.

La querella de la Vicepresidenta, por su parte, reclamó más medidas de prueba antes de que el caso sea juzgado en relación a la posible participación del diputado del PRO Gerardo Milman o integrantes de la agrupación Revolución Federal. Sin embargo, aclaró de manera subsidiaria que si se envía a juicio un tramo de la causa, participará como parte acusadora.

Al responder a Capuchetti, la defensa de Carrizo advirtió que acepta el envío a juicio sin que ello “implique conformidad con la forma en que se ha requerido” y “en particular en lo tocante a la manera en que lo ha instrumentado la querella”.

También aclaró que el pedido de envío a juicio no implica “tampoco renuncia a interponer las excepciones y nulidades que en derecho correspondan, ni tampoco la renuncia a la producción de las pruebas útiles y solicitadas por esta parte pero no producidas en esta etapa”.

Carrizo es el líder del grupo de supuestos vendedores de copos de nieve para el que trabajaban los coautores del intento de magnicidio, el autor material del disparo Sabag Montiel y su novia Uliarte.

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Se viene el IV Congreso de la Magistratura y la Función Judicial

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Mar del Plata será sede del IV Congreso de la Magistratura y la Función Judicial que se llevará a cabo los días 15 y 16 de junio.

A 40 años de la recuperación de la democracia, el plenario se llevará a cabo en el Hotel Presidente Perón, de Tucumán 2662, bajo la denominación “Justicia y sociedad, luces y sombras de un poder del primer Estado Argentino”.

Comprometieron su presencia los ministros de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, la Vicegobernadora de la provincia de Buenos Aires, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos de Buenos Aires, el procurador General de la Corte, Autoridades de la Federación de la Magistratura y Función Judicial, el intendente Montenegro, autoridades de los Colegios de Magistrados y Funcionarios de todos los Departamentos judiciales bonaerenses y más de 500 jueces y funcionarios de la Provincia.

Este Congreso es organizado por el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires (CMFBSAS)

 

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