Judiciales
La causa por el memorándum con Irán pasa a la sala de Casación que sobreseyó a Cristina Kirchner en dólar futuro
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2 años agoon
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Ruben Muñoz
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La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal decidió desprenderse de la causa por el Memorándum con Irán y hacer el pase a la Sala I de ese fuero. Precisamente, la actuación de dos jueces –Mariano Borinsky y Gustavo Hornos- era uno de los cuestionamientos que planteó Cristina Kirchner para pedir la nulidad de todo el expediente luego de que se conocieran las reuniones mantenidas por esos jueces con el entonces presidente Mauricio Macri.
La Sala I de Casación, donde tramitaba originalmente la denuncia de Nisman, está integrada por los jueces Ana María Figueroa, Daniel Petrone y Diego Barroetaveña. Son los mismos jueces que intervienen en dos causas claves: cuadernos y dólar futuro. Por dos votos a uno, en cuadernos validaron las declaraciones de los arrepentidos. Por unanimidad, tras una audiencia que tuvo como protagonista a Cristina Kirchner, los jueces resolvieron cerrar la causa dólar futuro en base a un peritaje que aseguró que no había existido perjuicio contra el Estado.
Aunque aún está pendiente un recurso ante la Corte Suprema por parte de la fiscalía, Cristina Kirchner da por cerrado el capítulo dólar futuro. Y ahora su defensa va por el caso Memorándum. A la espera de la demorada declaración de Ronald Noble, el ex titular de Interpol que siempre desmintió que hubieran estado en jaque las alertas rojas sobre los iraníes prófugos y acusados de la voladura de la mutual judía, la defensa redobló los pedidos de nulidad tras la difusión de las reuniones que dos jueces de Casación habían mantenido con el entonces presidente Macri.
“En atención a lo informado, en virtud de su intervención primigenia en estos actuados, remítase la causa a la Sala I de esta Cámara Federal de Casación Penal, previo paso por la Oficina de Sorteos de esta Cámara a sus efectos (cfr. art. 42, inciso 3° in fine, del CPPN). Notifíquese a las partes mediante cédula electrónica. Sirva la presente te atenta nota de envío”, dice la nota que firmó el juez Javier Carbajo, integrante de la Sala IV a donde llegó a fines de 2018 vía concurso. Antes había sido el secretario de la Cámara de Casación.
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Carbajo recibió el informe del prosecretario de Casación diciendo: “De la compulsa del sistema de gestión judicial lex 100 surge que la causa CFP 14305/2015 se encuentra acumulada con la causa CFP 777/2015. De las actuaciones que surgen del citado sistema se desprende que la causa CFP 14305/2015 fue asignada a esta Sala IV por sorteo del día 31/10/2016 a las 12:21 hs. y que la causa CFP 777/2015 fue asignada a la Sala I de esta Cámara Federal de Casación Penal, por sorteo del día 17/04/2015 a las 10:24 hs”.
La causa 777/2015 es la que se abrió con la denuncia de Nisman y fue desestimada por el juez Daniel Rafecas. La causa 14305/2015 se abrió poco después y quedó radicada en el juzgado de Claudio Bonadio. Allí fueron denunciados Cristina Kirchner, el ex canciller Héctor Timerman y los diputados y senadores que aprobaron el Memorándum de Entendimiento entre Argentina e Irán. A ella se agregó un audio que aportaron miembros de la AMIA en torno a una conversación mantenida con Timerman.
La causa investiga “un plan criminal con entidad suficiente para que los ciudadanos iraníes identificados como responsables de la voladura de la AMIA pudieran sustraerse de la acción de la justicia -mediante el otorgamiento a Interpol de herramientas suficientes para que las notificaciones de índice rojo que pesaban respecto de los ciudadanos iraníes perdieran virtualidad- y para liberarlos de toda responsabilidad penal por dichos hechos -mediante la creación de una Comisión de la Verdad- y a través de esta, introducir una hipótesis alternativa”.
En diciembre de 2016, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un recurso presentado por la DAIA y dispuso la reapertura de la causa AMIA. Esa decisión fue votada por la jueza Ana María Figueroa y por dos jueces que actuaban como subrogantes de esa sala: Borinsky y Hornos, que reportaban en la Sala IV.
El 31 de mayo de 2017, las dos causas quedaron unificadas en el juzgado de Bonadio. Cuando Cristina Kirchner se presentó en la indagatoria sostuvo que la actuación del juez “era ilegal”. “El Expte. CFP 14305/2015 duplica la persecución penal por los mismos hechos que son objeto de este otro trámite, en violación del principio y garantía del ne bis in ídem, y no puede por lo tanto, tener ninguna consecuencia jurídica valida”, sostuvo.
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El planteo fue rechazado. El juzgado de Bonadio, en diciembre de 2017, motorizó los procesamientos con prisiones preventivas para la entonces ex presidenta, el ex canciller y el ex secretario legal y técnico Carlos Zannini -hoy procurador del Tesoro-, entre otros. El caso pasó al Tribunal Oral 8 en marzo de 2018, cuando se ordenaron las libertades de la mayoría de los implicados.
Al unificarse el expediente en la causa de Bonadio, la revisión de todas las decisiones tomadas en la causa se realizó en la Sala IV. Sin embargo, ahora, el caso fue girado a la Sala 1. Precisamente, la intervención de los jueces Hornos y Borinsky en la causa Memorándum es uno de los focos del reclamo de nulidad que planteó la defensa de Cristina Kirchner. La Sala IV hoy está integrada por Carbajo, Borinsky y Ángela Ledesma. Hornos es el presidente de Casación.
“Resulta imprescindible que las prácticas escandalosas que aquí han sido denunciadas (encuentros de magistrados con el Presidente de la Nación cuando al propio tiempo intervienen en causas en las que el gobierno explicita su interés) tengan como consecuencia inevitable una sanción procesal que determine la invalidez de todo lo actuado por tales jueces. Ello, sin perjuicio de las demás consecuencias penales y disciplinarias que el caso amerita”, dijo la defensa de la vicepresidenta cuando pidió la audiencia para reclamar la nulidad de la causa.
El Tribunal Oral Federal 8 ordenó la realización de una audiencia pública, aún sin fecha, para oír los planteos de las partes y decidir si corresponde avanzar hacia el debate oral o dejar en la nada la causa que se inició con la denuncia de Alberto Nisman. “No resulta razonable, entonces, poner en funcionamiento el despliegue que implica un debate de esas características y de la trascendencia ya explicitada, sin despejar previamente el escenario que ha quedado planteado y que podría, al menos de manera conjetural, frustrar o invalidar, la decisión a la que se arribe”, resaltaron sobre el pedido de nulidad de las defensas.
A raíz de haber hecho lugar a la audiencia, los dos familiares de las víctimas de AMIA que están presentados como querellantes recusaron a los miembros del TOF y también al fiscal Marcelo Colombo, que había dado su aval a la realización de la audiencia pedida por las defensas. “Generan un razonable temor o sospecha de parcialidad”, dijeron. Zannini les respondió que los familiares temen que “se convalide la verdad” porque “la triste realidad es que hace más de seis años que esta causa se sostiene sobre los inventos más disparatados y peores maniobras ilegales”.
Los jueces Gabriela López Iñíguez, José Michilini y Daniel Obligado rechazaron sus respectivas recusaciones. Y fijaron la audiencia para que se debata el pedido de apartamiento del fiscal solicitado por la querella, en un trámite que se transmitirá vía Youtube. La cita es mañana a las 9:30
Después de eso, el TOF definirá si lo aparta o lo deja. Y si lo deja, el próximo paso será fijar la fecha para la audiencia pública en donde las defensas de CFK, Zannini y el resto de los acusados, como Oscar Parrilli, Juan Martín Menna o Andrés Larroque, reclamarán el cierre del expediente.

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Judiciales
El MTE se retiró del campo en El Marquesado de forma “pacífica”
Published
3 días agoon
25 marzo, 2023By
Maru Valle
Después de varias horas de tensión y momentos de violencia, los integrantes del Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE) se retiraron del campo ubicado en el barrio El Marquesado de Mar del Plata.
Más allá de los reclamos de los vecinos, de la postura del gobierno local y de las expresiones de políticos en redes sociales, desde el Movimiento hicieron hincapié en la legitimidad para explotar los terrenos de Playa Escondida, al sur de Mar del Plata.
“En esas tierras, cedidas por la Agencia de Administración de Bienes del Estado (Aabe) a la ONG Tercer Tiempo, se llevará adelante un Proyecto de Producción Agroecológica donde trabajarán productores rurales del cordón frutihortícola de la ciudad, proyecto que permitirá el abastecimiento local con alimentos de calidad. Se trata de la concreción de una propuesta histórica para dichas tierras, pensado con la construcción del Complejo Turístico Chapadmalal”, habían declarado mediante un comunicado en la tarde del sábado.
“Están trabajando profesionales de la Universidad Nacional de Mar del Plata y del Conicet con todos los estudios de suelo correspondientes y necesarios. Es el equipo que evaluará la viabilidad de cada sector del predio según las funciones que permitan las tierras”, extendieron.
El proyecto se suma a otras iniciativas en Argentina, que buscan afianzar la agricultura familiar, resolviendo las dificultades del acceso a la tierra para muchas personas que actualmente trabajan en condiciones de arrendamientos costosos y precarios”, afirmaron.
“Se promueven nuevas formas de producir en armonía con el medio ambiente; cuidando la salud de quienes producen y consumen, para que la población acceda a alimentos sanos y a precios justos”, comentaron luego.
“Actualmente hicimos posesión del predio y su custodia, como lo marca el convenio firmado el 16 de febrero del corriente año y por el cual nos apersonamos. No se instalará ningún asentamiento, sino que allí vivirán quienes trabajen la tierra”, aseguraron.
Frente al conflicto que ocurren en El Marquesado donde los vecinos amanecieron con la presencia de 40 personas con “pecheras del MTE” liderado por Grabois en el marco del proyecto para ceder 140 hectáreas a más de 100 familias, explotar las tierras y realizar viviendas sociales el intendente de General Pueyrredon, Guillermo Montenegro, se expresó mediante redes sociales.
En la misma línea, los residentes del lugar cortaron la ruta 11 para pedir visibilizar y reclamar lo sucedido: “Entraron con 40 personas del MTE y están queriendo desalojar al hombre que vive en el campo”. Asimismo, afirmó uno de los vecinos :”No tenemos cloacas, ni gas. Si hacen pozos ciegos se pueden contaminar las napas. Tenemos claro como terminan los proyectos sociales lo vimos a lo largo del país. Ninguno de los vecinos estamos a favor, nosotros compramos nuestros terrenos con años de trabajo”.
Diez Ahora
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Judiciales
Como afecta la caida de los sistemas informativos del poder judicial a los ciudadanos, explicado por la Dra Paula Braciale
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1 semana agoon
19 marzo, 2023By
Maru Valle
El dia viernes en la edición habitual de Rumbo 23 ( radio XFN.com y canal 41 TDA television abierta libre y gratuita) la Dra Paula Braciale estuvo en comunicación con la Dra Mariela Valle y el martillero Bernardo Giles.
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Judiciales
No fue lawfare: mentiras y trampas en el juicio de Vialidad que condenó a Cristina
Published
2 semanas agoon
12 marzo, 2023By
Maru Valle
Abogados que ocultaron tramos de documentos oficiales en que basaron las defensas porque lo omitido hundía a sus clientes. O que le enrostraron a la Fiscalía haber lanzado afirmaciones que en realidad nunca lanzó para confundir al tribunal o a la opinión pública. O que denunciaron la violación del derecho de defensa por no haber sido notificados sobre la incorporación de una prueba al expediente cuando sí fueron notificados. O varios peritos de parte y testigos que orillaron el falso testimonio con afirmaciones sesgadas. O empleados de Vialidad que… la lista continúa.
El Tribunal Oral Federal que condenó a la vicepresidenta Cristina Kirchner en la “causa Vialidad” reflejó en el fallo que difundió este jueves múltiples episodios en los que las defensas intentaron jugadas, como mínimo, polémicas. Tanto, que el tribunal le notificó lo ocurrido al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal para que “fiscalice las temerarias intervenciones profesionales” y, acaso, aplique sanciones disciplinarias.
Esas “temerarias intervenciones” de los abogados reflejaron un contraste notorio entre las acusaciones de lawfare y lo que salió a la luz, con evidencias concretas, durante las audiencias del juicio oral, según surge de la sentencia de 1616 páginas que rubricaron los magistrados Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.
De hecho, el tribunal remarcó a lo largo del fallo que algunas defensas incurrieron repetidas veces en una “actitud estratégica de elegir los presupuestos de la acusación para luego poder defenderse de dichos extremos inexistentes”, lo que calificó como “una verdadera y despiadada lucha contra los molinos de viento”. ¿Por qué? Porque para algunas defensas, según el estimó el tribunal, lo más importante no se dirimía en las audiencias del juicio, sino en “la instalación de una narrativa en el plano extraprocesal”. Es decir, la difusión de un relato ante la opinión pública a través de los medios de comunicación y propaganda afines.
La lectura del fallo aporta numerosos ejemplos. Entre ellos, cuando los defensores de Cristina Kirchner, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, remarcaron que no había mensajes directos entre la entonces Presidenta y su secretario de Obras Públicas, José López, y esgrimieron esa ausencia como una prueba irrefutable de la inocencia de su defendida. “¿Esperaban que la Presidenta de la Nación chateara personalmente con López?”, se preguntó el tribunal. “¿Quién más que la entonces Presidenta, a través de su asistente personal, podría ordenarle a un Secretario de Estado que se hiciese presente en la quinta de Olivos o en Casa de Gobierno a una hora determinada?”, plantearon Gorini, Giménez Uriburu y Basso, para luego indicar que esa jugada defensiva era “realmente llamativa” y “manifiestamente endeble”.
El letrado de Lázaro Báez, Juan Martín Villanueva, fue, sin embargo, el que protagonizó más episodios cuestionablesc como cuando sostuvo que su cliente había sido un empleado bancario que ascendió en el escalafón hasta convertirse en el máximo ejecutivo del Banco de Santa Cruz, y le enrostró al fiscal Diego Luciani haber dicho que era mero “cajero” bancario.
Pero eso era falso. Luciani jamás lo dijo, aclaró el tribunal. “Si alguien utilizó ese término fue la propia defensa de Báez, la que puso ese concepto en boca de los Fiscales para luego poder cuestionarlo y probar un pretenso yerro tanto en el plano procesal como en el mediático”. Y más allá de eso, el tribunal le recordó que lo esencial del debate pasó por otro lado: ¿tenía Báez experiencia en la obra pública? Y allí tropezó su defensa: “El intento de la defensa técnica de Báez de presentarlo como un avezado directivo de una empresa constructora es directamente una farsa”, concluyeron los magistrados. Una y otra vez, empero, Báez y sus letrados incurrieron en “falsedades” o “falacias”, según el tribunal. Por ejemplo, cuando quisieron sostener que Austral Construcciones se constituyó en abril de 2003 y acusaron a los fiscales de “falsear” el acta constitutiva porque “no les servía la verdad”, lo que también levantó y difundió la maquinaria de difusión cercana al kirchnerismo. Pero en realidad, según verificó el tribunal, la Fiscalía tenía la razón, apoyado en un documento que así lo demostró y que conocían todas las partes. “Nos enfrentamos, una vez más, frente a un artilugio defensista cimentado en una nueva falsedad”, estimó el tribunal.
La diferencia entre el relato y las evidencias también quedó expuesta cuando se analizó cómo fue el proceso de recálculo en las obras otorgadas a Báez. La defensa invocó un informe que aportó la Dirección Nacional de Vialidad que calificó como “una prueba central” que demostraba “dos mentiras” de la Fiscalía y cuya solidez era “incontrovertible”. Pero, ¿qué pasó? Según el tribunal, la defensa incurrió en un “berenjenal comparativo” que lo llevó a esbozar conclusiones erróneas o, peor, “opuestas” a las reales.
“La treta”
Lo mismo, aclaró el tribunal, ocurrió cuando se analizaron la ampliación del plazo o las redeterminaciones de precios en las obras, entre otros ejes. “Una vez más, las defensas escogieron ellas mismas los ejes sobre los que ejercer su defensa, y en ese afán realizaron estruendosas y simbióticas alegaciones sobre la licitud del procedimiento, el acierto en los cálculos y el sacrificio económico que resultaba su aplicación para las empresas”, destacaron los magistrados, cuando en realidad lo nuclear pasaba por otro lado. “El yerro en el que caen las defensas […] se encuentra íntimamente vinculado al escandaloso sistema de aprobación de las ampliaciones de plazos y modificaciones de obras (por su automaticidad, inmotivación, falta de acreditación, justificación, control y fundamento, etc.) que lo antecedió, pues ahí residía la treta”.
Lejos de amilanarse, sin embargo, las defensas redoblaron la apuesta. También buscaron relativizar la importancia de que Báez tuviera tanta preponderancia en el reparto de la obra pública en Santa Cruz. Para eso plantearon que en cada provincia suele haber una constructora con mayor peso porque, por ejemplo, está localizada allí, con sus maquinarias y personal, lo que buscó probar el letrado de Báez con un documento que, según alertó el tribunal, “no cuenta con la totalidad del universo de obras financiadas y/o ejecutadas por la Dirección Nacional de Vialidad en el período en cuestión”.
El tribunal requirió entonces más información oficial y lo que obtuvo, lejos de beneficiar a los acusados, los complicó aún más. “La comparación completa y fundamentada en datos es apabullante”, destacaron Gorini, Giménez Uriburu y Basso, que se apoyaron en datos “objetivos y verificables” para evaluar la distribución de sus negocios, y deploraron lo que calificaron como “pseudos conocimientos especiales” que invocaron los letrados y que fueron levantados por los medios de comunicación más afines al Frente de Todos.
Testigos y peritos de parte
En otros tramos de la sentencia, el tribunal también criticó la actuación de varios testigos y peritos propuestos por las defensas. Entre ellas, una ingeniera designada como perito por la defensa de la actual vicepresidenta, Adriana Alperovich, quien para apoyar a quien la había contratado llegó a utilizar “bibliografía estudiantil guatemalteca, peruana y colombiana, sin precisar sus antecedentes, calificación y rigurosidad técnica”. Eran tesis de grado.
Eso no fue todo. “Sobrepasando los límites de la tarea pericial que le fuera encomendada”, Alperovich “omitió deliberadamente su abordaje completo y recurrió a normas, dictámenes y antecedentes que no resultan ni remotamente aplicables al caso”, indicó el tribunal, hasta ofrecer “una versión exculpatoria que no resiste el menor análisis técnico”. Pero su relevancia en los tribunales fue lo de menos. Su testimonio fue ensalzado por la defensa y levantado por los medios de comunicación afines como “la única que hizo un estudio serio” y “quien de manera fundada descartó la acusación de sobreprecio. En la misma línea, varios testigos quedaron bajo la lupa, como Daniel Semino o Laura Hindie, que durante el juicio intentó relativizar lo que ella misma, como jefa de Legales del Distrito 23° de Vialidad, había sostenido apenas nueve meses después de ocurridos los hechos. ¿Qué pasó en el medio? Que asumió como diputada por el Frente de Todos. Para el tribunal, su giro resultó una “calculada y casi frívola mutación” que la llevó a modificar “su percepción de los hechos de manera infantil y con un sentido de la oportunidad asombroso”. Pero en las usinas de propaganda fue presentada como “una testigo fundamental”.
Como el de Hindie, los defensores y medios afines al kirchnerismo también propalaron el testimonio de Justo Pastor Romero, un auditor de Vialidad Nacional que al declarar durante el juicio oral “escondió en su fundamentación un error de base” conceptual, según el tribunal, y lanzó “temerarias interpretaciones” sobre un informe, “totalmente opuestas a las aclaraciones que realizaron sus hacedores en relación a sus alcances”. Y otra vez se repitió la dinámica: los magistrados desconfiaron de su credibilidad, al punto de indicar que les pareció que estaba “constantemente repitiendo un libreto”. ¿Y los medios de propaganda oficialistas? Lo definieron como “otro testigo demoledor”.
Columnas y notificaciones
Sin embargo, el tribunal estimó que no sólo ciertos testigos parecieron seguir un libreto propio. También la defensa de Báez editó el contenido de los “reporte por certificación de obra” que expuso durante el juicio. “Para empezar, [el material] se trata de una muestra parcializada del informe en cuestión”, alertaron los magistrados, que lo compararon con el informe completo. “Como puede verse de una simple comparación, 6 columnas han sido suprimidas del documento en ciernes”.
Pero si el uso de información parcial o manipulada durante un juicio resulta cuestionable, casi todas las defensas incurrieron en otro error, decisivo en el resultado final del proceso. Ocurrió cuando se incorporó a la “causa Vialidad” evidencias de otra investigación, la 12.441/2008. Es decir, el contenido de los teléfonos de José López; en particular, los mensajes que el exsecretario de Obras Públicas cruzó con los secretarios privados de Cristina Kirchner, Máximo Kirchner, Báez y su alfil en Austral Construcciones, Julio Mendoza.
La tormenta se desató cuando el fiscal Luciani usó esos mensajes en su alegato de manera intensiva. Las defensas clamaron que se violaba el principio de defensa en juicio de sus clientes y que jamás habían sido notificados sobre el eventual uso de ese material, lo que amplificaron sus canales habituales de difusión y propaganda, donde se afirmó que era “una prueba introducida silenciosamente en el juicio”, sin que las partes pudieran objetar su inclusión.
La realidad fue, otra vez, distinta. Así lo expuso el tribunal en su sentencia: “Las alegaciones introducidas por algunas defensas en torno a la supuesta sorpresa que habría significado para esas partes el hecho de conocer el contenido de esa prueba recién durante el alegato de clausura fiscal resultan completamente inadmisible”. ¿Por qué? Porque la Fiscalía pidió incorporar ese material al expediente mucho antes del inicio del juicio, todas las partes fueron notificadas de su interés e invitadas a compulsar ese material, que quedó a disposición de todos desde noviembre de 2017, tanto en la sede del tribunal como en forma digital.
Dicho de otro modo: las defensas sí fueron notificadas sobre el eventual uso de los teléfonos de López como prueba, pero no reaccionaron. Para el tribunal, la conclusión es tan clara como tajante: “Independientemente de si se trató de una decisión deliberada o una negligencia en el ejercicio del ministerio de la defensa, lo que de ninguna manera puede permitirse es atribuir ni vincular esa supuesta sorpresa con el comportamiento procesal que ha tenido este tribunal”.
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