La disposición establece que «las actividades autorizadas deberán desarrollarse dando cumplimiento al Protocolo General para la Actividad Teatral y Música en Vivo con Público, aprobado por la autoridad sanitaria»
El Gobierno nacional exceptuó del aislamiento obligatorio en el marco de la pandemia por coronavirus a las personas afectadas a las actividades relativas al desarrollo de «artes escénicas con y sin asistencia de espectadores», con lo cual podrán retornar la actividad teatral. suspendida en marzo con el inicio de la cuarentena.
«Exceptúase del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y de la prohibición de circular a las personas que se encuentren en los departamentos o aglomerados alcanzados por el artículo 9º del Decreto 875/20 (aislamiento obligatorio) y que estén afectadas a las actividades relativas al desarrollo de artes escénicas con y sin asistencia de espectadores», dice la decisión administrativa 2045, publicada en el Boletín Oficial.
La norma lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Salud, Gines González García.
La disposición establece que «las actividades autorizadas deberán desarrollarse dando cumplimiento al Protocolo General para la Actividad Teatral y Música en Vivo con Público, aprobado por la autoridad sanitaria» y especifica que «cada Provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán dictar las reglamentaciones necesarias para el desarrollo de la actividad».
Para acceder a las entradas, se buscará priorizar la venta de las mismas a través de sistemas digitales.
En los casos donde se expendan de manera presencial, se colocarán marcaciones en el piso y se deberá mantener una distancia de dos metros ente las personas destinadas a la atención al público, como así también entre éstas y los clientes.
Seguramente el público encontrará barreras físicas de protección en varias salas esta temporada.
Al ingresar al espacio, los asistentes del público deberán mostrar la declaración jurada de salud vigente mediante formulario online, la aplicación Cuidar o sistemas equivalentes. En simultáneo, se comprometerán a no concurrir en caso de sospecha y/o diagnóstico de Covid-19 o contacto con alguna persona que haya dado positivo.
Será una condición de admisión, ingreso y permanencia en el espacio cumplir con el uso obligatorio de tapabocas/barbijo en forma permanente, y con las medidas de control y prevención dispuestas en las instalaciones.
La circulación dentro de los espacios culturales deberá respetar el distanciamiento social de dos metros y la organización de las personas según la capacidad establecida por la autoridad jurisdiccional.
Por otro lado, al entrar a una sala, suele entregarse un “programa” con información del espectáculo y el espacio teatral. Esta vez, se recomienda que el mismo se brinde en forma digital para evitar la utilización y manipulación de papel.
Una vez dentro del teatro, se deberá respetar la distancia mínima de 2 metros entre el frente del escenario y la primera fila de ubicación del público.
El desarrollo de la actividad escénica con público será con aforo limitado. Inicialmente no podrá superar el 50% de la capacidad. El porcentaje podría variar de acuerdo a la evolución de la situación epidemiológica de cada jurisdicción.
La distancia entre butacas ocupadas deberá ser de 1,5 metros. En cada fila, por cada butaca ocupada o butacas ocupadas por “la burbuja social” deberán dejarse dos butacas fijas libres a los lados de la fila.
No se permitirá el desplazamiento de público durante el espectáculo. Deberá permanecer en los lugares asignados, excepto para el uso de sanitario.
La mayor cantidad de los cuidados sanitarios se aplicará detrás de escena, en la preproducción de los espectáculos, por lo que al momento de iniciare la función, todo el personal técnico y los artistas deberán haber seguido los puntos establecidos en el protocolo.
La guía de recomendaciones sugiere “armar equipos mínimos” de trabajo para garantizar que se mantenga el distanciamiento social. También insta a priorizar todas las reuniones previas en forma virtual.
Directores, directoras y artistas mayores de 60 años o que tengan algunos de los factores de riesgo asociados a mayor mortalidad por COVID-19, en caso de estar de acuerdo, deberán firmar su conformidad para ser parte de la actividad.
Los horarios de apertura de los espacios para el trabajo en preproducción, producción y ensayos serán a partir de las 12, evitando las horas pico. Se propiciarán los horarios de entrada y salida escalonados.
El personal de la sala, al igual que los artistas, deberán lavarse frecuentemente las manos, extremar la higiene y sanitización de sus pertenencias, cuidar el distanciamiento y utilizar barbijo y máscara facial o tapaboca “de manera permanente, salvo en momentos de preparación individual en camarines y/o actuación en el escenario”.
Los camarines podrán ser compartidos siempre que se respete la distancia mínima establecida o ampliando el horario de citación previa a cada ensayo, función o grabación, para establecer turnos. Se permitirá una persona cada 2,25 metros cuadrados y todos deberán usar tapabocas.
Se incrementará la frecuencia de limpieza y desinfección de los espacios de permanencia y tránsito (sala, recepción, pasillos y baños).
En los baños, se deberá proveer de jabón (preferentemente con dispenser) y toallas descartables, con cestos para depósito de residuos. Se recomienda desactivar secadores de manos por aire (atento que representan un gran riesgo de contagio).
El protocolo establece la importancia de ventilar todos los espacios antes y después de cada actividad. Aclara que en caso de ventilación forzada, deberá asegurarse la limpieza, desinfección y el control con la mayor frecuencia posible de filtros, conductos y toberas.
El público tendrá el rostro cubierto por sus tapabocas. Hasta el momento previo a de ingresar en escena, los artistas también deberán usarlo.
El protocolo insta a incorporar el uso de alcohol en gel en escena, sobre todo luego de manipular objetos y en caso de existir cruces o contactos fugaces).
Una vez terminado el espectáculo, se requerirá la limpieza y desinfección total del espacio, sala o teatro previo al comienzo de la nueva función
Para ello, en el caso de realizarse más de una función por día, la entrada y salida del público entre funciones deberá realizarse con un tiempo prudencial de alternancia, que no podrá ser menor a 45 minutos.
Deportes
En tanto, a través de la Decisión Administrativa 2044 se exceptuó del cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio a los deportistas y a las personas afectadas a la organización de competencias de motociclismo deportivo.
También, por decisión administrativa 2037, se exceptuaron en la Ciudad de Buenos Aires los deportes grupales e individuales al aire libre, talleres de formación cultural y reuniones al aire libre en domicilios privados.
Por ultimo, por medio de la Decisión Administrativa 2053, se exceptuó de las prohibiciones dispuestas a la provincia de Santa Fe en el desarrollo de deportes grupales; a la provincia del Neuquén, en actividades religiosas en iglesias, templos y lugares de culto; y a la de La Rioja en el desarrollo de deportes grupales.
FUENTE : LIBRE EXPRESION