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MDP : EL ÚLTIMO ESLABÓN DE LA CAUSA HOOFT TAMBIÉN FUE RESUELTO

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n fallo de la Cámara federal de Mar del Plata corta el último cabo suelto de una historia de quince años de persecución al Dr. Pedro F. Hooft y pone a cada quien en su lugar.

 

El 27/2/2018 la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y en forma unánime los jueces la integraban entonces, resolvieron dejar firme la absolución dictada en el juicio político seguido contra el imputado Pedro Comelio Federico Hooft por supuestos incumplimientos en sus funciones durante los años del Proceso de Reorganización Nacional y complicidad con el secuestro y desaparición de personas.

Durante muchos años, en medio del silencio de otros jueces que también se desempeñaban en aquellos años y sin que se presentara prueba concreta contra el magistrado señalado, un agotador ciclo persecutorio que pasó por todas las instancias -incluido un juicio político que adquirió notoriedad por lo direccionado de muchas de sus etapas- condicionó la vida de un hombre cuyo prestigio era unánime entre los marplatenses. Encuestas de la década del 80 y principios de la del 90 dan cuenta que Pedro Hooft era el hombre público más conocido y respetado de Mar del Plata.

Y en ello mucho tuvo que ver su valiente lucha contra la corrupción policial y su coraje frente a violentos atentados sufridos en su propio domicilio buscando algo imposible de conseguir con este hombre adusto, callado y acostumbrado a involucrarse personalmente en las causas más delicadas y peligrosas.

Frente a la unanimidad de las instancias superiores acerca de su inocencia en aquellos delitos de lesa humanidad imputados, la acusación la emprendió contra el fallo absolutorio del Dr. Martín Bava quien tras las resoluciones de alzada pareció comprender que sus primeras convicciones en la causa había sido erróneas y tal vez influenciadas por la salvaje campaña mediática que desde diferentes sectores ideológicos y organizaciones defensoras de los derechos humanos se había lanzado contra Hooft.

Pero ahora el fallo de la Cámara Federal de Mar del Plata, que cierra la última instancia legal que quedaba abierta en esta inagotable impostura armada contra el magistrado marplatense, concluye al analizar el comportamiento del propio Bava que «el cambio de postura no responde a arbitrariedad alguna, sino a la más elemental razonabilidad, debido al acaecimiento crucial y ya definitivo de una circunstancia legal superior (NdR: todos los fallos de instancias superiores incluido y sobre todo el de la Corte) y por demás justificada que ninguna instancia judicial debería soslayar, por imperio de la cosa
juzgada…»

Llama especialmente la atención que ) Por otra parte, cabe señalar que pese a estar debidamente notificados de la audiencia fijada, los Dres. Manuel Alejandro Marañón y Cesar Raúl Sivo, durante años persistentes acusadores del Dr. Hooft no solo en los estrados tribunalicios sino en cuanto medio de difusión o tribuna tuviesen a su alcance, no presentaron las motivaciones en las que se funda su recurso. 

-Un poco de historia-

En el fallo de primera instancia, confirmado ahora por la Cámara, el juez Bava da cuenta del testimonio vertido por el Dr. Rubén Junco, quien en julio de 1977 se desempeñaba como Vicepresidente Primero del Consejo Directivo del Colegio de Abogados de Mar del Plata. El testigo, al ser consultado por las funciones del poder judicial durante la «Noche de las Corbatas», señaló que «…en ese momento el Poder Judicial tenía limitadísimas las funciones, solamente podía librar oficios a los organismos Militares de quién dependían las Fuerzas Policiales, tales como la Base Naval, el Ejército y la Fuerza Aérea; sin perjuicio que también lo hacían a la Unidad Regional de Policía para que informen sobre cada uno de los detenido o desaparecidos…».

Por otra parte, manifestó que el Presidente del Colegio de Abogados local tenía contacto permanente con el Dr. Pedro Federico Hooft y señala que el titular del Juzgado Penal n° 3 del Departamento Judicial de Mar del Plata «…nos ofreció toda su colaboración, pese a que ellos conocían a sus limitadas competencias, que su colaboración consistió específicamente en ofrecernos todos los habeas corpus que pudieran tramitar en su Juzgado para que sean examinadas por el representante que designara el Consejo Directivo, para que el colegio se informara de como habían actuado los profesionales él y nos dijo también que podíamos llamado a sus teléfonos particulares a cualquier hora que fuera necesario…».

A su turno  María Cristina Martín, quien también prestó funciones en la mesa de entradas del
juzgado en que se desempeñaba como titular Pedro Hooft explayándose sobre el trámite particular
que se le daba a los habeas corpus y señala que «…cuando eran muy importantes los despachaba el secretario, o el oficial primero, siempre con consulta. Porque el Dr. Hooft personalmente hacía la visita a las seccionales. El día anterior se les preparaba todos los partes de la seccional donde iba a ir. Él iba con el secretario, el oficial primero y controlaban si se estaba trabajando en los sumarios. Es decir, trabajaba perfectamente»

La deponente, detalla que el titular del Juzgado atendía personalmente a todo aquel que fuere a consultar por el trámite de los mismos.

Y así en muchos otros casos, algunos de notoriedad pública y otros que pasaron a engrosar las historias de un tiempo negro en los que no todos los jueces se atrevieron a avanzar como lo hizo el Dr. Pedro Federico Hooft, lo que lleva al cuestionado magistrado Bava a concluir que «resulta difícil de imaginar de qué modo podría no asignársele capacidad imperativa al fallo del jury de enjuiciamiento resuelto en fecha 28 de abril de 2014, y la posterior convalidación realizada por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y la Corte Suprema de Justicia de la Nación» dejando en claro que todas las instancias superiores de la justicia argentina coincidieron en la inocencia del juez marplatense.

-Punto final para una historia que no debió ser-

Por ello no cabe tener en cuenta lo planteado por los apelantes en orden a lo que ellos creen o interpretan como un  cambio de criterio y los supuestas contradicciones en la que ha incurrido el juez Bava a lo largo de la instrucción de la presente. Este proceso penal -convertido por momentos en una verdadera cacería de brujas ideológica, jurídica y mediática-  lleva en curso más de 15 años, siendo que durante el tiempo reseñado se han sucedido una multiplicidad de eventos que han motivado a la adopción de medidas o decisiones que pueden implicar una revisión de lo decidido con anterioridad. Máxime cuando, reiteramos, no hubo instancia superior que no marcase la inocencia de Hooft en los delitos que livianamente le fueron endilgados.

Por todo ello los Dres. Santiago Martín y Dr. Alejandro O. Tazza, integrantes de la Cámara Federal del Departamento Judicial de Mar del Plata, confirman la resolución de fecha 11 de diciembre de 2020 mediante la cual el juez de grado Martín Bava resuelve sobreseer en la presente causa a Pedro Cornelio Federico Hoof.

Tras quince años de escarnio, acusaciones falsas y una persecución judicial que por momentos tornó en ejemplo de lo que no debe ser la administración del derecho, la presunción de inocencia y la serena expresión de la legalidad sumada a la legitimidad, y reivindicado por todas las instancias de la pirámide jurídica argentina además de la aún más importante que supone la convicción de la opinión pública, un magistrado que supo dar ejemplo de coraje y compromiso con la sociedad que lo sentó en su estrado puede, al fin, decir al mundo de su inocencia y su pundonor.

Algo que no todos sus acusadores podrán repetir en el futuro….

 

El fallo completo de la Cámara Federal}

POR ADRIAN FREIJO

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Caso Maldonado: la Justicia sobreseyó a los gendarmes investigados por la muerte del artesano

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El juez federal de de Rawson, Guillermo Gustavo Lleral, sobreseyó a los cuatro gendarmes involucrados en la investigación por la desaparición durante 78 días y la posterior muerte del joven Santiago Maldonado, ocurrida el 1 de agosto de 2017 en Cushamen, Chubut, durante el desalojo de un corte de la ruta 40 por la comunidad mapuche de la zona.

En un fallo emitido este viernes, Lleral firmó el sobreseimiento total y definitivo de Emmanuel Echazú, oficial de la Gendarmería Nacional, en relación con el delito de desaparición forzada de persona. Y en un giro adicional, también liberó de culpa y cargo a los agentes Juan Pablo María Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Iván Ferreyra, todos de Gendarmería, en relación a varios delitos, incluyendo daño, abuso de autoridad y omisión de los deberes de funcionario público.

Tras el análisis de las pruebas el magistrado concluyó que no existen elementos que califiquen las acciones de los integrantes de la Gendarmería como delitos tipificados por la ley penal del país. Según su análisis, las acciones de la Gendarmería, incluyendo a los imputados Echazú, Escola, Ocampo y Ferreyra, estuvieron siempre ajustadas a la ley y que en aquel episodio actuaron por órdenes de la justicia, específicamente por el juez federal de Esquel, Guido Otranto, que luego fue corrido de la causa. Según Lleral ninguno de los agentes involucrados incumplió, inobservó ni abusó de sus deberes.

“La verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el lugar donde lo vieron por última vez. Allí, él, sólo, sin que nadie lo notara, se hundió, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman había evitado caer cuando se propuso cruzar el río luego de animar a Santiago a realizarlo. En ese lugar, murió ahogado, sin que nadie pudiera advertirlo, sin que nadie pudiera socorrerlo. Ni los gendarmes que los perseguían en medio del operativo, ni los miembros de la comunidad a la que Santiago fue a apoyar en sus reclamos”, escribió el juez en su fallo, publicado a horas de unas nuevas elecciones nacionales. Lo mismo había hecho en 2017 con el informe preliminar de la autopsia: el cuerpo de Maldonado apareció el 17 de octubre de ese año, las elecciones eran el 23 y el informe forense se reportó 48 horas antes.

Santiago Maldonado tenía 27 años, desapareció el 1 de agosto de 2017 y su cuerpo fue hallado el 17 de octubre en el río ChubutSantiago Maldonado tenía 27 años, desapareció el 1 de agosto de 2017 y su cuerpo fue hallado el 17 de octubre en el río Chubut

Basándose en las pruebas “colectadas y analizadas meticulosamente”, el Tribunal determinó que no se pudo identificar ninguna conducta humana típica ni antijurídica atribuible a cualquier miembro de la Gendarmería Nacional. Además, se descartó la posibilidad de que los mencionados gendarmes o cualquier otro efectivo que participó en el procedimiento policial pudiera ser acusado de abandono de persona en relación con Maldonado: no se encontraron pruebas que respaldaran tal acusación.

En un fallo de 344 páginas, Lleral concluyó que no existen conductas humanas que puedan ser consideradas como ilícitos penales en los eventos ocurridos el 31 de julio y 1 de agosto de 2017. Como resultado, se determinó que los hechos investigados no constituyen delito y, por lo tanto, se ordenó el sobreseimiento total y definitivo de los imputados.

En ese sentido, el magistrado describió las circunstancias en las que, según su investigación, murió Maldonado: “La desesperación, la adrenalina y la excitación naturalmente provocadas por la huída; la profundidad del pozo, el espeso ramaje y raíces cruzadas en el fondo; el agua fría, helada, humedeció su ropa y su calzado hasta llegar a su cuerpo. Esa sumatoria de incidencias contribuyó a que se hundiera y a que le fuera imposible flotar, a que ni siquiera pudiera emerger para tomar alguna bocanada de oxígeno. Por la confluencia de esas simples y naturales realidades, inevitables en ese preciso y fatídico instante de soledad, sus funciones vitales esenciales se paralizaron”.

Lleral explicó que allí, sumergido en las aguas heladas del Chubut, quedó durante 78 días el cuerpo sin vida de Santiago. “Allí quedó su cuerpo atrapado, enganchado en el ramaje subacuático denso, que lo mantuvo inerte y oculto durante el tiempo necesario para que, luego de su descomposición natural interna, superara la presión y la fría temperatura del agua, hasta que se produjeran los cambios de clima”, escribió en el fallo.

Así empezó el operativo de Gendarmería del 1º de agosto de 2017 sobre la ruta 40 en la zona de CushamenAsí empezó el operativo de Gendarmería del 1º de agosto de 2017 sobre la ruta 40 en la zona de Cushamen

Según el juez, Maldonado se hundió solo en un remanso del río y también emergió de la misma forma. “En ese sitio, una rama de los mismos sauces donde quedó atrapado, ofició de sostén, lo contuvo hasta que se lo avistara y finalmente, se lo retirara”, describió.

Lleral consideró que en torno a la muerte del joven artesano hubo una “especulación espuria”. Con pretensiones filosóficas, el juez subrogante del Tribunal 2 de Rawson escribió: “El ser humano no puede detener su mente y su fantasía cuando la sencillez lo alcanza. Negarse a ver la realidad es materializar lo absurdo y vivir en la mentira. En el mejor de los casos, es abrazar una quimera”.

Por eso para el magistrado “nadie forzó la desaparición de Santiago Andrés Maldonado”. En su sentencia indicó que “nadie resultó señalado, por la prueba que se colectó, como autor de aquella hipótesis delictiva. Nadie fue penalmente responsable de su muerte. Que los acontecimientos en el presente expediente se han sucedido tal como se acaba de reseñar. Así se ha podido dar con la verdad, el objetivo con el que se asumió el desafío de esta causa y que, pese a todo, nunca se perdió de vista, por más dolorosa y difícil de descubrir que ella fuera”.

Para el juez Lleral, ningún gendarme fue responsable de la muerte de MaldonadoPara el juez Lleral, ningún gendarme fue responsable de la muerte de Maldonado

En síntesis, para Lleral no existió delito: ni desaparición forzada, ni homicidio ni abandono de persona. Y en ese sentido, dispuso el cierre del expediente: “Al no advertirse la existencia de ninguna acción humana penalmente relevante que guarde estricta relación con esos sucesos, y con motivo de los Sobreseimientos Totales y Definitivos (SIC) que se ordenan, debo disponer el cierre concluyente y el consecuente archivo”.

Tras conocer la noticia, Sergio Maldonado —hermano de Santiago— publicó un breve hilo en Twitter. “¡Hoy queda demostrado que no hay justicia en Argentina! Desde un principio se garantizó la impunidad al verdadero poder”, indicó el hombre. “Se acaba de confirmar el pacto de impunidad para Patricia Bullrich y la Gendarmería nacional”, enfatizó en otro posteo y completó “Santiago siempre presente”.

Santiago Maldonado vivía en El Bolsón, donde hacía tatuajes y vendía artesanías. Con el afán de apoyar la causa de los mapuches en la zona de Cushamen y pedir la liberación del lonko Facundo Jones Huala, y a través de una mujer mapuche que él conocía, se acercó para apoyar el corte de ruta que comenzó el 31 de julio.

El juez Lleral ordenó el cierre de la causa tras no encontrar pruebas de ningún delito alrededor de la muerte de MaldonadoEl juez Lleral ordenó el cierre de la causa tras no encontrar pruebas de ningún delito alrededor de la muerte de Maldonado

Durante la madrugada del día siguiente, varios escuadrones de Gendarmería iniciaron un desalojo contra los ocho hombres (siete de la comunidad mapuche más Maldonado) que cortaban la ruta. Los manifestantes abandonaron el camino apenas empezó a avanzar la tropa de Gendarmería. Saltaron la tranquera y se metieron en lo que ellos denominan su “territorio sagrado”.

Aunque la ruta ya estaba desalojada, Gendarmería entró a las tierras y comenzó una persecución a estos hombres, quienes corrieron hasta cruzar a nado el río Chubut. Todos sobrevivieron menos el joven tatuador.

Santiago estuvo desaparecido 78 días hasta que fue hallado el 17 de octubre después de que hubieran rastrillado en todo ese tiempo tres veces la zona, algo que para la familia Maldonado y su abogada Verónica Heredia, siempre fue un motivo de sospecha.

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Atentado a Cristina Kirchner: la jueza descartó vínculos políticos y envió a juicio a los tres acusados

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La jueza federal María Eugenia Capuchetti dispuso este lunes la elevación a juicio parcial de la causa por el intento de asesinato de Cristina Kirchner ocurrido el 1 de septiembre pasado, por el que están detenidos Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte, señalados como coautores de la tentativa de homicidio, y Nicolás Carrizo, supuesto jefe de ambos en la venta de copos de azúcar, acusado como partícipe secundario.

La jueza lo resolvió horas después de que el abogado Gastón Marano, defensor de Carrizo, avalara la elevación a juicio y antes de que Carlos Telledín, flamante abogado de Uliarte, pudiera hacer cualquier presentación en el expediente que pudiera demorar su elevación a debate oral.

Telleldín, que estuvo preso y luego fue absuelto por el caso AMIA, se hizo cargo de la defensa de Uliarte el viernes último después de que su anterior abogado, el defensor oficial Gustavo Kollman, avalara la elevación del caso a juicio oral y público.

“En función de todo lo analizado, y toda vez que las defensas de Sabag Montiel, Uliarte y Carrizo no se opusieron a la elevación a juicio ni dedujeron excepciones, declárese clausurada parcialmente la instrucción de la presente causa con relación a los nombrados y elévese al Tribunal Oral Federal que por sorteo resulte desinsaculado”, sostuvo la jueza Capuchetti en la resolución a la que accedió la agencia Télam.

atentado cfk

Esta mañana, la defensa del detenido Gabriel Carrizo, procesado como partícipe secundario del intento de asesinato de la vicepresidenta, aceptó que la causa sea enviada a juicio ante la “privación de libertad” del acusado.

“Constreñido por la condición de privación de libertad de mi asistido que me impone procurar que no se demore el trámite de la causa con planteos dilatorios, solicito de V.S. se sirva disponer la clausura de esta etapa procesal y elevar el presente sumario a juicio oral a la máxima brevedad posible”, sostuvo el defensor Gastón Marano.

El abogado respondió así a la jueza del caso, María Eugenia Capuchetti, quien pidió opinión a las defensas de los tres detenidos por el intento de asesinato del 1 de septiembre pasado, Fernando Sabag Montiel, Brenda Uliarte y Carrizo.

Las defensas oficiales de los dos primeros ya habían respondido de manera afirmativa la semana pasada. Después de ello, Uliarte cambió de abogado y designó a un defensor particular, Carlos Telleldín.

 

Atentado a CFK: cómo sigue la causa

Con la respuesta de la defensa de Carrizo, el tercer detenido en la causa, la jueza concluyó la ronda de consultas y quedó en condiciones de resolver si da por cerrada esta parte de la investigación vinculada a los autores materiales del hecho y la envía a sorteo de un tribunal oral.

La fiscalía a cargo de Carlos Rívolo pidió la elevación parcial del caso a juicio al considerar que los tres están detenidos y que siga la investigación en pos de dilucidar si hubo autores intelectuales.

La querella de la Vicepresidenta, por su parte, reclamó más medidas de prueba antes de que el caso sea juzgado en relación a la posible participación del diputado del PRO Gerardo Milman o integrantes de la agrupación Revolución Federal. Sin embargo, aclaró de manera subsidiaria que si se envía a juicio un tramo de la causa, participará como parte acusadora.

Al responder a Capuchetti, la defensa de Carrizo advirtió que acepta el envío a juicio sin que ello “implique conformidad con la forma en que se ha requerido” y “en particular en lo tocante a la manera en que lo ha instrumentado la querella”.

También aclaró que el pedido de envío a juicio no implica “tampoco renuncia a interponer las excepciones y nulidades que en derecho correspondan, ni tampoco la renuncia a la producción de las pruebas útiles y solicitadas por esta parte pero no producidas en esta etapa”.

Carrizo es el líder del grupo de supuestos vendedores de copos de nieve para el que trabajaban los coautores del intento de magnicidio, el autor material del disparo Sabag Montiel y su novia Uliarte.

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Se viene el IV Congreso de la Magistratura y la Función Judicial

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Mar del Plata será sede del IV Congreso de la Magistratura y la Función Judicial que se llevará a cabo los días 15 y 16 de junio.

A 40 años de la recuperación de la democracia, el plenario se llevará a cabo en el Hotel Presidente Perón, de Tucumán 2662, bajo la denominación “Justicia y sociedad, luces y sombras de un poder del primer Estado Argentino”.

Comprometieron su presencia los ministros de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, la Vicegobernadora de la provincia de Buenos Aires, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos de Buenos Aires, el procurador General de la Corte, Autoridades de la Federación de la Magistratura y Función Judicial, el intendente Montenegro, autoridades de los Colegios de Magistrados y Funcionarios de todos los Departamentos judiciales bonaerenses y más de 500 jueces y funcionarios de la Provincia.

Este Congreso es organizado por el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires (CMFBSAS)

 

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