Judiciales
UN PERITAJE IGNORADO PRUEBA EL “RECICLAJE” DE FONDOS DESDE EMPRESAS DE BÁEZ A CUENTAS DE LOS KIRCHNER
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1 año agoon
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Ruben Muñoz
Es el corazón de la apelación del sobreseimiento contra Cristina Kirchner y sus hijos por lavado de dinero; son 21 transferencias en 9 meses que evidencian una “trazabilidad del dinero espejada”, dicen los peritos
El corazón de la apelación para permitir la reapertura de la causa contra Cistina Kirchner y sus hijos Máximo y Florencia por lavado de dinero en Hotesur y los Sauces es un peritaje contable ignorado por los jueces que sobreseyeron a la vicepresidenta y su familia. El estudio muestra como el mismo día, en 21 ocasiones, el dinero que recibió Lázaro Báez de la obra pública con sobreprecios, terminaba en las cuentas de los Kirchner, luego de pasar por Valle Mitre, la gerenciadora de los hoteles presidenciales.
Según pudo saber LA NACION, esta es la llave del recurso que presentará el fiscal Diego Velasco entre mañana y el martes para conseguir que se haga el juicio oral y público contra la vicepresidenta y sus hijos Máximo y Florencia. Entre el 16 de octubre de 2012 y el 5 de junio de 2013 ingresaron a las cuentas de Hotesur y de los Kirchner $6.565.324, aunque los fiscales advirtieron que el dinero lavado es solo un mínimo porcentaje de la operación peritada.
Allí se ve con claridad la calesita que hizo el dinero que recibió Lázaro Báez por las obras públicas para ingresar desde su empresa Austral Construcciones, para ser girado luego a Valle Mitre y desde allí depositados en cuentas de Hotesur, en concepto de canon de alquiler. Un rulo que permitía el blanqueo de dinero que llegaba como una especie de retorno y era extraído en efectivo por la familia presidencial, constataron los peritos contadores.
El “reciclaje” de fondos, como lo denomina el auto de elevación a juicio del caso, sobre la base de este peritaje- no tenido en cuenta por los jueces Daniel Obligado y Adrián Grunberg a la hora de sobreseer a Cristina Kirchner- permite seguir la “trazabilidad del dinero que aparece espejada”. Es decir que “la plata ingresa desde Austral Construcciones en Valle Mitre y coincide con exactitud con los montos del alquiler de los hoteles de los ex presidentes, sale de las cuentas de Valle Mitre para el pago del canon a Hotesur, Los Sauces y llega a las cuentas personales de la familia Kirchner”.
Esta información, que es el centro de la argumentación del fiscal Velasco, ya la habían consignado en su auto de elevación a juicio los fiscales Gerardo Pollicita e Ignacio Mahiques, que consignaron el dinero era extraído en efectivo por los Kirchner, aún después de la muerte de Néstor Kirchner en 2010, en forma de créditos para ellos o sus empresas.
Pero esta tarea se hizo con una particularidad: así como se buscó borrar con liquid paper de los libros de Hotesur que Néstor Kirchner era accionista -indicaron los fiscales-, “aquí se buscó ocultar en los estados contables (que debían presentarse ante los organismos de control) a la ex mandataria [Cristina Kirchner] retirando los fondos que, luego del proceso de reciclaje, habían sido trasladados a la firma Hotesur”.
Así, luego de la muerte del ex presidente, entre el 1 de noviembre de 2010 y 31 de octubre de 2013, el crédito a favor de los Kirchner creció hasta llegar a los $9.756.118,27 en las cuentas personales de los socios y un préstamo de $950.000 a la firma Los Sauces, también propiedad de la ex familia presidencial.
Los peritos analizaron la vida de Hotesur y la dividieron en cuatro etapas. La tercera es la más interesante pues en ese período entre 2008 y 2013, Valle Mitre comienza a canalizarle un flujo de dinero fijo a Hotesur. Al inicio de la tercera etapa se producen dos acontecimientos que marcan un hito en la estrategia de negocios de la firma:
– El 7 de noviembre de 2008 se firma el boleto de compraventa de acciones de Hotesur, en donde Osvaldo José Sanfelice adquiere el paquete accionario en comisión de Néstor Kirchner.
– El 10 de noviembre de 2008 se firma el contrato de cesión de explotación comercial y activos de Hotesur con Valle Mitre.
En esta tercera etapa, donde los accionistas son los integrantes de la familia Kirchner y la explotación del hotel se encuentra a cargo de Valle Mitre, la obtención de ganancias se encuentra por encima del millón y medio de pesos anuales para Hotesur, y por encima de la rentabilidad promedio obtenida en períodos anteriores y posteriores. Y en esa etapa es donde se evidencia “el desorbitante monto pactado como canon”, constató el peritaje.
Los peritos concluyeron que una cuenta corriente del Banco de la Nación era la que recibía fondos de Austral Construcciones, para luego pagar los alquileres contratados con Hotesur, Los Sauces y Nestor Kirchner. “Lo expuesto no solo demuestra la desproporción en el canon abonado por la empresa Valle Mitre, sino que además corrobora que esos fondos provenían en espejo de las contratistas de obra pública vial y que incluso comenzaron a canalizarse en forma previa a la suscripción de la cesión y tan solo un día después de la compra del Hotel Alto Calafate, lo que demuestra que todo ello fue diseñado para intentar darle cierta apariencia de legalidad al proceso de reciclaje que se instrumentaba”, señala el auto de elevación a juicio ignorado por los camaristas que sobreseyeron.
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El fiscal advirtió que en su hipótesis el dinero blanqueado con la maniobra no es proporcional al recibido por los empresarios beneficiados por los Kirchner con sus negocios, sino que es la suma que fue posible blanquear.
Un cuadro que acompaña el trabajo de los peritos muestra que entre el 16 de octubre de 2012 y el 5 de junio de 2013 se registraron 21 transferencias en las que hubo un ingreso de fondos de Austral Construcciones en Valle Mitre y el mismo día se da el egreso de fondos hacia Cristina Kirchner, Los Sauces y Hotesur.
La cuenta de lo ingresado desde Austral a Valle Mitre en esos cuatro meses da 6.610.000 pesos y lo sacado de Valle Mitre hacia los Kirchner da 6.565.000. Se trata de un cuadro de doble registro que da una suma de casi cero. En el sobreseimiento firmado por Grünberg y Obligado no se hace mención a este peritaje, ni tampoco a la firma Valle Mitre.
No todos los pagos estaban registrados, como había afirmado la defensa de Cristina Kirchner. Los documentos legales y comerciales de la firma Valle Mitre no estaban disponibles y los resultados del peritaje elaborado por peritos de partes y de la fiscalía coincidieron, según dijeron fuentes judiciales a este medio, en que no había elementos certeros para explicar la ausencia de esos papeles. Esta conclusión surgió de un adelanto del peritaje, que ya recibió la justicia hace tres meses, y que pronto, tal vez en marzo, será incorporado íntegramente al caso.
Además de involucrarse con la cuestión de fondo y hacer una valoración de la prueba que hay en los expedientes, Velasco también tiene intenciones de refutar el argumento de que se debió aplicar la ley más benigna, según supo LA NACION. Los jueces habían dicho en el fallo que cuando comenzaron a cometerse los hechos investigados, en 2008, regía una ley que no penaba el autolavado. El autolavado fue considerado delito recién en 2011. El argumento es que se trata de un delito continuo que no se detuvo, como lo evidencian la transferencias posteriores.
El peritaje sobre el flujo de fondos de Hotesur señaló que “a partir de la adquisición del paquete accionario en noviembre de 2008 y a lo largo de toda la relación contractual con la empresa de Lázaro Báez, la ex familia presidencial extrajo dinero de Hotesur por más de 10 millones de pesos en concepto de créditos a nombre de sus integrantes o de préstamos a favor de la empresa Los Sauces”. Esta misma mecánica perduró durante los años posteriores a la muerte del ex presidente, en tanto los accionistas -Cristina Fernández y sus dos hijos Máximo o Florencia Kirchner-continuaron retirando dinero de Hotesur, aunque con una diferencia: en los estados contables no se especificó el destinatario de los fondos, sino que se limitaba a señalar que se trataba de cuentas particulares de los socios.
En Hotesur, los socios retiraban dinero como de una caja. “Cuando los socios intervienen en los movimientos financieros en forma prácticamente habitual, la sociedad se convierte en un mero vehículo de transferencia de fondos desde las operaciones que ella realiza hacia las personas físicas que actúan en calidad de socios”, dijeron los peritos. “La persona jurídica Hotesur y su contabilidad se terminan confundiendo con la de los accionistas de la empresa (personas físicas), pues la práctica de ingresar y retirar dinero en forma habitual en una sociedad, como si fuera una caja, evidencia una unidad tal que quienes se encargan del gobierno también lo hacen de la administración, y sus créditos personales conforman, según sostuvieron los peritos contadores, la mayor parte del activo de la empresa”.
El fiscal trabaja contra reloj. El plazo para recurrir el sobreseimiento dictado por Grunberg, y Obligado, con la disidencia de la jueza Adriana Palliotti, se vence esta semana que comienza en las dos primeras horas del martes de atención al público en los tribunales. Además de la fiscalía puede apelar sobreseimiento el otro acusador público en el juicio, que es la Unidad de Información Financiera (UIF), que pidió el sobreseimiento de la vicepresidenta, por lo que se descuenta que dejará pasar el plazo sin presentar nada.
Una vez que la fiscalía recurra, el Tribunal Oral Federal N° 5 debe decidir si concede ese recurso para que lo analice la Cámara de Casación Penal, el máximo tribunal por debajo de la Corte. El Tribunal Oral Federal N° 5 tiene otra integración ahora, porque Grunberg -que era suplente- se fue y asumió en su lugar Fernando Canero. Los jueces deben decidir si le abre la puerta para que el recurso siga su camino de revisión o si por el contrario se la cierra y el fiscal debe ir en queja. Lo más habitual es que estos recursos se concedan.
Los jueces que deberán revisar con estos argumentos el sobreseimiento de Cristina Kirchner son los que integran la Sala I de la Cámara de Casación Penal, Diego Barroetaveña, Daniel Petrone y Ana María Figueroa. Los dos primeros son más técnicos y con tradición tribunalicia, mientras que Figueroa que no oculta sus simpatías por el kirchnerismo y es promotora de las denuncias contra el gobierno de Mauricio Macri por presionar a los jueces.
El caso, una vez que llegue a la Casación, tendrá un trámite largo: primero se le notificará al fiscal de Casación ante esta sala que es Mario Villar, que tiene tres días para decidir si sostiene el recurso de su colega Velazco.
Villar va a sostener la apelación y reforzar con renovados bríos la acusación. A partir de ese momento correrá un plazo que se denomina “de oficina” donde las partes pueden revisar los argumentos y el caso. Al cabo de eso, el tribunal debe convocar a una audiencia donde los fiscales sostendrán su acusación y los defensores las refutarán. Esa audiencia puede ser oral y pública o se puede reemplazar por la presentación de un resumen escrito. Los plazos no dan para que esta audiencia se fije en este año, por lo que se descuenta que se realizará recién en 2022 una vez que termine la feria judicial de verano, avanzado febrero.
Luego de esa audiencia, el tribunal estará en condiciones de decidir si confirma el sobreseimiento de Cristina Kirchner y sus hijos o si por el contrario ordena realizar el juicio oral y público.
FUENTE : LA NACION
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Judiciales
El MTE se retiró del campo en El Marquesado de forma “pacífica”
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3 días agoon
25 marzo, 2023By
Maru Valle
Después de varias horas de tensión y momentos de violencia, los integrantes del Movimiento de Trabajadores Excluidos (MTE) se retiraron del campo ubicado en el barrio El Marquesado de Mar del Plata.
Más allá de los reclamos de los vecinos, de la postura del gobierno local y de las expresiones de políticos en redes sociales, desde el Movimiento hicieron hincapié en la legitimidad para explotar los terrenos de Playa Escondida, al sur de Mar del Plata.
“En esas tierras, cedidas por la Agencia de Administración de Bienes del Estado (Aabe) a la ONG Tercer Tiempo, se llevará adelante un Proyecto de Producción Agroecológica donde trabajarán productores rurales del cordón frutihortícola de la ciudad, proyecto que permitirá el abastecimiento local con alimentos de calidad. Se trata de la concreción de una propuesta histórica para dichas tierras, pensado con la construcción del Complejo Turístico Chapadmalal”, habían declarado mediante un comunicado en la tarde del sábado.
“Están trabajando profesionales de la Universidad Nacional de Mar del Plata y del Conicet con todos los estudios de suelo correspondientes y necesarios. Es el equipo que evaluará la viabilidad de cada sector del predio según las funciones que permitan las tierras”, extendieron.
El proyecto se suma a otras iniciativas en Argentina, que buscan afianzar la agricultura familiar, resolviendo las dificultades del acceso a la tierra para muchas personas que actualmente trabajan en condiciones de arrendamientos costosos y precarios”, afirmaron.
“Se promueven nuevas formas de producir en armonía con el medio ambiente; cuidando la salud de quienes producen y consumen, para que la población acceda a alimentos sanos y a precios justos”, comentaron luego.
“Actualmente hicimos posesión del predio y su custodia, como lo marca el convenio firmado el 16 de febrero del corriente año y por el cual nos apersonamos. No se instalará ningún asentamiento, sino que allí vivirán quienes trabajen la tierra”, aseguraron.
Frente al conflicto que ocurren en El Marquesado donde los vecinos amanecieron con la presencia de 40 personas con “pecheras del MTE” liderado por Grabois en el marco del proyecto para ceder 140 hectáreas a más de 100 familias, explotar las tierras y realizar viviendas sociales el intendente de General Pueyrredon, Guillermo Montenegro, se expresó mediante redes sociales.
En la misma línea, los residentes del lugar cortaron la ruta 11 para pedir visibilizar y reclamar lo sucedido: “Entraron con 40 personas del MTE y están queriendo desalojar al hombre que vive en el campo”. Asimismo, afirmó uno de los vecinos :”No tenemos cloacas, ni gas. Si hacen pozos ciegos se pueden contaminar las napas. Tenemos claro como terminan los proyectos sociales lo vimos a lo largo del país. Ninguno de los vecinos estamos a favor, nosotros compramos nuestros terrenos con años de trabajo”.
Diez Ahora
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Judiciales
Como afecta la caida de los sistemas informativos del poder judicial a los ciudadanos, explicado por la Dra Paula Braciale
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1 semana agoon
19 marzo, 2023By
Maru Valle
El dia viernes en la edición habitual de Rumbo 23 ( radio XFN.com y canal 41 TDA television abierta libre y gratuita) la Dra Paula Braciale estuvo en comunicación con la Dra Mariela Valle y el martillero Bernardo Giles.
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Judiciales
No fue lawfare: mentiras y trampas en el juicio de Vialidad que condenó a Cristina
Published
2 semanas agoon
12 marzo, 2023By
Maru Valle
Abogados que ocultaron tramos de documentos oficiales en que basaron las defensas porque lo omitido hundía a sus clientes. O que le enrostraron a la Fiscalía haber lanzado afirmaciones que en realidad nunca lanzó para confundir al tribunal o a la opinión pública. O que denunciaron la violación del derecho de defensa por no haber sido notificados sobre la incorporación de una prueba al expediente cuando sí fueron notificados. O varios peritos de parte y testigos que orillaron el falso testimonio con afirmaciones sesgadas. O empleados de Vialidad que… la lista continúa.
El Tribunal Oral Federal que condenó a la vicepresidenta Cristina Kirchner en la “causa Vialidad” reflejó en el fallo que difundió este jueves múltiples episodios en los que las defensas intentaron jugadas, como mínimo, polémicas. Tanto, que el tribunal le notificó lo ocurrido al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal para que “fiscalice las temerarias intervenciones profesionales” y, acaso, aplique sanciones disciplinarias.
Esas “temerarias intervenciones” de los abogados reflejaron un contraste notorio entre las acusaciones de lawfare y lo que salió a la luz, con evidencias concretas, durante las audiencias del juicio oral, según surge de la sentencia de 1616 páginas que rubricaron los magistrados Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.
De hecho, el tribunal remarcó a lo largo del fallo que algunas defensas incurrieron repetidas veces en una “actitud estratégica de elegir los presupuestos de la acusación para luego poder defenderse de dichos extremos inexistentes”, lo que calificó como “una verdadera y despiadada lucha contra los molinos de viento”. ¿Por qué? Porque para algunas defensas, según el estimó el tribunal, lo más importante no se dirimía en las audiencias del juicio, sino en “la instalación de una narrativa en el plano extraprocesal”. Es decir, la difusión de un relato ante la opinión pública a través de los medios de comunicación y propaganda afines.
La lectura del fallo aporta numerosos ejemplos. Entre ellos, cuando los defensores de Cristina Kirchner, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, remarcaron que no había mensajes directos entre la entonces Presidenta y su secretario de Obras Públicas, José López, y esgrimieron esa ausencia como una prueba irrefutable de la inocencia de su defendida. “¿Esperaban que la Presidenta de la Nación chateara personalmente con López?”, se preguntó el tribunal. “¿Quién más que la entonces Presidenta, a través de su asistente personal, podría ordenarle a un Secretario de Estado que se hiciese presente en la quinta de Olivos o en Casa de Gobierno a una hora determinada?”, plantearon Gorini, Giménez Uriburu y Basso, para luego indicar que esa jugada defensiva era “realmente llamativa” y “manifiestamente endeble”.
El letrado de Lázaro Báez, Juan Martín Villanueva, fue, sin embargo, el que protagonizó más episodios cuestionablesc como cuando sostuvo que su cliente había sido un empleado bancario que ascendió en el escalafón hasta convertirse en el máximo ejecutivo del Banco de Santa Cruz, y le enrostró al fiscal Diego Luciani haber dicho que era mero “cajero” bancario.
Pero eso era falso. Luciani jamás lo dijo, aclaró el tribunal. “Si alguien utilizó ese término fue la propia defensa de Báez, la que puso ese concepto en boca de los Fiscales para luego poder cuestionarlo y probar un pretenso yerro tanto en el plano procesal como en el mediático”. Y más allá de eso, el tribunal le recordó que lo esencial del debate pasó por otro lado: ¿tenía Báez experiencia en la obra pública? Y allí tropezó su defensa: “El intento de la defensa técnica de Báez de presentarlo como un avezado directivo de una empresa constructora es directamente una farsa”, concluyeron los magistrados. Una y otra vez, empero, Báez y sus letrados incurrieron en “falsedades” o “falacias”, según el tribunal. Por ejemplo, cuando quisieron sostener que Austral Construcciones se constituyó en abril de 2003 y acusaron a los fiscales de “falsear” el acta constitutiva porque “no les servía la verdad”, lo que también levantó y difundió la maquinaria de difusión cercana al kirchnerismo. Pero en realidad, según verificó el tribunal, la Fiscalía tenía la razón, apoyado en un documento que así lo demostró y que conocían todas las partes. “Nos enfrentamos, una vez más, frente a un artilugio defensista cimentado en una nueva falsedad”, estimó el tribunal.
La diferencia entre el relato y las evidencias también quedó expuesta cuando se analizó cómo fue el proceso de recálculo en las obras otorgadas a Báez. La defensa invocó un informe que aportó la Dirección Nacional de Vialidad que calificó como “una prueba central” que demostraba “dos mentiras” de la Fiscalía y cuya solidez era “incontrovertible”. Pero, ¿qué pasó? Según el tribunal, la defensa incurrió en un “berenjenal comparativo” que lo llevó a esbozar conclusiones erróneas o, peor, “opuestas” a las reales.
“La treta”
Lo mismo, aclaró el tribunal, ocurrió cuando se analizaron la ampliación del plazo o las redeterminaciones de precios en las obras, entre otros ejes. “Una vez más, las defensas escogieron ellas mismas los ejes sobre los que ejercer su defensa, y en ese afán realizaron estruendosas y simbióticas alegaciones sobre la licitud del procedimiento, el acierto en los cálculos y el sacrificio económico que resultaba su aplicación para las empresas”, destacaron los magistrados, cuando en realidad lo nuclear pasaba por otro lado. “El yerro en el que caen las defensas […] se encuentra íntimamente vinculado al escandaloso sistema de aprobación de las ampliaciones de plazos y modificaciones de obras (por su automaticidad, inmotivación, falta de acreditación, justificación, control y fundamento, etc.) que lo antecedió, pues ahí residía la treta”.
Lejos de amilanarse, sin embargo, las defensas redoblaron la apuesta. También buscaron relativizar la importancia de que Báez tuviera tanta preponderancia en el reparto de la obra pública en Santa Cruz. Para eso plantearon que en cada provincia suele haber una constructora con mayor peso porque, por ejemplo, está localizada allí, con sus maquinarias y personal, lo que buscó probar el letrado de Báez con un documento que, según alertó el tribunal, “no cuenta con la totalidad del universo de obras financiadas y/o ejecutadas por la Dirección Nacional de Vialidad en el período en cuestión”.
El tribunal requirió entonces más información oficial y lo que obtuvo, lejos de beneficiar a los acusados, los complicó aún más. “La comparación completa y fundamentada en datos es apabullante”, destacaron Gorini, Giménez Uriburu y Basso, que se apoyaron en datos “objetivos y verificables” para evaluar la distribución de sus negocios, y deploraron lo que calificaron como “pseudos conocimientos especiales” que invocaron los letrados y que fueron levantados por los medios de comunicación más afines al Frente de Todos.
Testigos y peritos de parte
En otros tramos de la sentencia, el tribunal también criticó la actuación de varios testigos y peritos propuestos por las defensas. Entre ellas, una ingeniera designada como perito por la defensa de la actual vicepresidenta, Adriana Alperovich, quien para apoyar a quien la había contratado llegó a utilizar “bibliografía estudiantil guatemalteca, peruana y colombiana, sin precisar sus antecedentes, calificación y rigurosidad técnica”. Eran tesis de grado.
Eso no fue todo. “Sobrepasando los límites de la tarea pericial que le fuera encomendada”, Alperovich “omitió deliberadamente su abordaje completo y recurrió a normas, dictámenes y antecedentes que no resultan ni remotamente aplicables al caso”, indicó el tribunal, hasta ofrecer “una versión exculpatoria que no resiste el menor análisis técnico”. Pero su relevancia en los tribunales fue lo de menos. Su testimonio fue ensalzado por la defensa y levantado por los medios de comunicación afines como “la única que hizo un estudio serio” y “quien de manera fundada descartó la acusación de sobreprecio. En la misma línea, varios testigos quedaron bajo la lupa, como Daniel Semino o Laura Hindie, que durante el juicio intentó relativizar lo que ella misma, como jefa de Legales del Distrito 23° de Vialidad, había sostenido apenas nueve meses después de ocurridos los hechos. ¿Qué pasó en el medio? Que asumió como diputada por el Frente de Todos. Para el tribunal, su giro resultó una “calculada y casi frívola mutación” que la llevó a modificar “su percepción de los hechos de manera infantil y con un sentido de la oportunidad asombroso”. Pero en las usinas de propaganda fue presentada como “una testigo fundamental”.
Como el de Hindie, los defensores y medios afines al kirchnerismo también propalaron el testimonio de Justo Pastor Romero, un auditor de Vialidad Nacional que al declarar durante el juicio oral “escondió en su fundamentación un error de base” conceptual, según el tribunal, y lanzó “temerarias interpretaciones” sobre un informe, “totalmente opuestas a las aclaraciones que realizaron sus hacedores en relación a sus alcances”. Y otra vez se repitió la dinámica: los magistrados desconfiaron de su credibilidad, al punto de indicar que les pareció que estaba “constantemente repitiendo un libreto”. ¿Y los medios de propaganda oficialistas? Lo definieron como “otro testigo demoledor”.
Columnas y notificaciones
Sin embargo, el tribunal estimó que no sólo ciertos testigos parecieron seguir un libreto propio. También la defensa de Báez editó el contenido de los “reporte por certificación de obra” que expuso durante el juicio. “Para empezar, [el material] se trata de una muestra parcializada del informe en cuestión”, alertaron los magistrados, que lo compararon con el informe completo. “Como puede verse de una simple comparación, 6 columnas han sido suprimidas del documento en ciernes”.
Pero si el uso de información parcial o manipulada durante un juicio resulta cuestionable, casi todas las defensas incurrieron en otro error, decisivo en el resultado final del proceso. Ocurrió cuando se incorporó a la “causa Vialidad” evidencias de otra investigación, la 12.441/2008. Es decir, el contenido de los teléfonos de José López; en particular, los mensajes que el exsecretario de Obras Públicas cruzó con los secretarios privados de Cristina Kirchner, Máximo Kirchner, Báez y su alfil en Austral Construcciones, Julio Mendoza.
La tormenta se desató cuando el fiscal Luciani usó esos mensajes en su alegato de manera intensiva. Las defensas clamaron que se violaba el principio de defensa en juicio de sus clientes y que jamás habían sido notificados sobre el eventual uso de ese material, lo que amplificaron sus canales habituales de difusión y propaganda, donde se afirmó que era “una prueba introducida silenciosamente en el juicio”, sin que las partes pudieran objetar su inclusión.
La realidad fue, otra vez, distinta. Así lo expuso el tribunal en su sentencia: “Las alegaciones introducidas por algunas defensas en torno a la supuesta sorpresa que habría significado para esas partes el hecho de conocer el contenido de esa prueba recién durante el alegato de clausura fiscal resultan completamente inadmisible”. ¿Por qué? Porque la Fiscalía pidió incorporar ese material al expediente mucho antes del inicio del juicio, todas las partes fueron notificadas de su interés e invitadas a compulsar ese material, que quedó a disposición de todos desde noviembre de 2017, tanto en la sede del tribunal como en forma digital.
Dicho de otro modo: las defensas sí fueron notificadas sobre el eventual uso de los teléfonos de López como prueba, pero no reaccionaron. Para el tribunal, la conclusión es tan clara como tajante: “Independientemente de si se trató de una decisión deliberada o una negligencia en el ejercicio del ministerio de la defensa, lo que de ninguna manera puede permitirse es atribuir ni vincular esa supuesta sorpresa con el comportamiento procesal que ha tenido este tribunal”.
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